¿Qué es la dación en pago y cómo se ejecuta?

 

¿Qué es la dación en pago y cómo se ejecuta?

 

 

 

Abogados en Alcalá de Henares, Madrid, Majadahonda

 

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Cada vez con mayor frecuencia se plantean dudas en relación a la dación en pago. ¿Qué es la dación en pago? ¿Cómo se ejecuta la dación en pago? Etc…
Todas estas dudas vienen originadas por la falta de regulación legal al respecto.

 

El Derecho en numerosas ocasiones, da una respuesta a una necesidad que surge en la sociedad, a posteriori. Es decir, primero la Sociedad cambia, surgen nuevas necesidades y nuevos desafíos, y es posteriormente el Derecho quien da una respuesta legal a ello, quien lo “tipifica” y hace que se plasme por escrito para una mayor seguridad jurídica.
Podríamos decir que en el caso de la dación en pago así ha sido. La sociedad española se ha visto inmersa en una crisis económica que ha originado la necesidad de cambiar los planteamientos existentes en muchas materias, y entre ellas obviamente el Derecho, y concretamente, el Derecho hipotecario, que está íntimamente vinculado a un bien de primera necesidad y protagonista de la crisis: la vivienda.
La dación en pago es la actividad jurídica por medio de la cual el deudor da su vivienda para pagar la deuda contraída previamente.
Para comprender la dación en pago hay que saber en primer lugar qué es y cómo funciona el préstamo hipotecario, ya que, al contrario de lo que popularmente se cree, no es que cada mes “se pague la hipoteca”…sino que se pagan cada una de las mensualidades de un préstamo que, a su vez, está garantizado con una garantía real denominada hipoteca, el cual, tiene como contenido, que, en caso de impago de ese préstamo, se responderá con la propia vivienda.
No podemos detenernos más en analizar el mecanismo jurídico de un préstamo hipotecario. Pero en cualquier caso, sólo conociendo el mismo, se podrá comenzar un análisis más pormenorizado de la dación en pago.
Los requisitos de la dación en pago hay que extraerlos del Código de Buenas Prácticas, el RD 6/2012 de protección de deudores hipotecarios. Entre otra normativa legal relevante y aplicable al caso.
De manera prioritaria se concederá esta medida a quienes acrediten estar en el “umbral de la exclusión” . Situación que se califica atendiendo a una serie de factores, entre ellos, que se encuentren en paro los deudores del préstamo hipotecario.

 

 

La ejecución de esta solución se aplicará discrecionalmente en función de una serie de circunstancias. Medios económicos, sociales, cumplimiento de los requisitos legales, determinar si el Banco que concedió el préstamo hipotecario se acoge a estas medidas y en qué condiciones, cumplimiento de plazos…etc.
Es por ello recomendable que se acuda a un equipo de abogados especialistas en Dación en pago y Derecho Bancario. Para que, mediante el correspondiente poder notarial que se otorgue a favor de ellos por parte del cliente. Puedan así negociar como representantes jurídicos con la entidad financiera y presentar los informes jurídicos preceptivos a lo largo del procedimiento. Y que, finalmente, consigan, el fin último de librar al cliente de la deuda.

 

Le recomendamos el equipo de abogados de LETRADOX (www.letradox.com), cuyo teléfono de información es 645 958 948 y cuyo departamento de atención al cliente le podrá informar sin compromiso en menos de 24 horas, poniéndose en contacto a través de email info@letradox.es. Cuenta con oficinas en toda la Comunidad de Madrid y también existe posibilidad de cobertura nacional, e internacional.

 

 

Mercedes de Parada Rodríguez

 

Abogada y socia del despacho de Letradox
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