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Abogados para obtener nacionalidad. Ley de Nietos

Abogados para obtener nacionalidad. Ley de Nietos

En LETRADOX ABOGADOS le asesoramos para obtener la residencia o nacionalidad en España así como para cualquier cuestión en el ámbito de inmigración o extranjería. Contáctenos en el email info@letradox.es o pida su cita para comenzar a la mayor brevedad.

 

LA LEY DE NIETOS (MEMORIA DEMOCRÁTICA): PLAZO Y REQUISITOS
1.
CONTEXTO Y OBJETIVOS

La Ley de Nietos, parte de la Ley de Memoria Democrática, tiene como objetivo reparar el daño histórico causado a los descendientes de españoles exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. Esta ley reconoce el derecho a recuperar la nacionalidad española para los nietos de aquellos que la perdieron debido a la represión política e ideológica del régimen franquista.

La normativa amplía el acceso a la nacionalidad, corrigiendo las limitaciones de la Ley de Memoria Histórica de 2007, que sólo beneficiaba a los hijos de exiliados y no ofrecía suficientes opciones para los descendientes de segunda generación.

2.
PLAZO

El derecho de opción a la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática debe ejercerse en un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la ley, el 21 de octubre de 2022, con la prórroga vigente hasta el 22 de octubre de 2025. Esto significa que los descendientes de exiliados deben presentar su solicitud antes de esta fecha, pues de lo contrario se produciría la perdida del derecho, salvo nuevas prórrogas.

3.
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD

La nacionalidad que se adquiere bajo la Ley de Nietos es de origen sobrevenida, lo que significa que se es considerado español de origen desde el momento en que se concede la nacionalidad, pero sin efecto retroactivo desde el nacimiento. Esto la distingue de la nacionalidad derivativa otorgada por el Código Civil, que no confiere los mismos derechos plenos ni facilita la transmisión a los descendientes.
3.1 Perfil de los beneficiarios

A diferencia de la Ley de Memoria Histórica de 2007, se establece un marco más inclusivo y flexible para acceder a la nacionalidad española:

Supuesto 1A: Nacidos fuera de España con padre, madre, abuelo o abuela que sean o hayan sido originariamente españoles.

Supuesto 1B: Nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española debido al exilio.

Supuesto 2: Nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con un extranjero antes de la Constitución de 1978.

Supuesto 3: Hijos e hijas de quienes obtuvieron la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007) o la Ley de Memoria Democrática.

Supuesto 4: Hijos de españoles de origen que pueden volver a adquirir la nacionalidad de origen si antes la obtuvieron de forma derivativa bajo el Código Civil.

Supuesto 5: Los descendientes que optaron por la nacionalidad española mediante cauces comunes antes de la entrada en vigor de la Ley de Memoria Histórica de 2007, rectificando situaciones en las que su nacionalidad no fue de origen.

3.2 Requisitos comunes

Independientemente del caso específico, todos los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales establecidos por el Código Civil para el derecho de opción, que son:
1)
Ser mayor de 14 años.
2)
Tener capacidad para prestar un juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas.
3)
Inscribir la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil correspondiente.
Además, no es necesario renunciar a la nacionalidad anterior, lo que permite al solicitante mantener la doble nacionalidad.

 

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Reforma de la Ley de Extranjería. LETRADOX Abogados

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LETRADOX Abogados

C/ Hermosilla 144, 1ºE Madrid

Tlfs. 912980061 / 645958948     info@letradox.es 

 

El reglamento de extranjería es un conjunto de normas que desarrolla, complementa y regula los aspectos más importantes y prácticos de la Ley de extranjería (LO 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Su función principal es detallar cómo se aplican los preceptos legales en materia de extranjería en España.

¿Cuál es su finalidad?

Regular los procedimientos administrativos relacionados con
la entrada
permanencia
residencia
trabajo
y salida de extranjeros en territorio español.

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Asimismo, establece unos requisitos y procedimientos específicos para poder obtener permisos, visados y autorizaciones.
El reglamento actual está recogido en el RD 557/2011 de 20 de abril, que desarrolla la Ley mencionada antes.
¿Qué ámbitos regula?
● Visados y entradas al territorio español (requisitos y condiciones para diferentes tipos
de visados)
● Residencia y trabajo (permisos temporales, de larga duración y excepciones)
● Reagrupación familiar (condiciones y procedimientos para que los extranjeros
residentes puedan traer a sus familiares)
● Estancia por estudios o investigación
● Protección contra la irregularidad (se establecen medidas para evitar la permanencia
irregular y los procedimientos de regularización, como el arraigo entre otros)
● Expulsión y sanciones administrativas (criterios, procedimientos y garantías en casos
de infracciones de la normativa)

El martes 19 de noviembre, el Gobierno aprobó en el Congreso de Ministros una nueva reforma del Reglamento, que introduce modificaciones clave en el proceso de regularización de inmigrantes en situación irregular en España. Concretamente, simplifica los requisitos exigidos a los extranjeros para obtener permisos de residencia y trabajo, y regulariza de manera excepcional a los solicitantes de asilo cuya petición de protección internacional haya sido denegada y vivan sin papeles actualmente en España.

 

Reforma de la Ley de Extranjería. LETRADOX Abogados.

 

¿Cuáles son las novedades?

En primer lugar, el nuevo reglamento permitirá (durante 1 año) que los solicitantes a los que les hayan denegado la protección de asilo tengan una vía específica para obtener sus papeles.
De este modo, se les exigirá llevar al menos 6 meses en situación irregular cuando entre en vigor el reglamento.

 

“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

 

¿Quiere saber si ud puede acogerse a algunas de las medidas de la nueva reforma, más amplia y permisiva?

Reserve su cita con los abogados para tener derecho a poder tratar su caso y responder a todas sus cuestiones, y en su caso, hacer la tramitación pertinente.

Los letrados del despacho disponen del certificado de representante para poder hacer sus tramites con mayor agilidad y con todas las garantías y con el mejor asesoramiento jurídico. Le esperamos.

 

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