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Calificación concurso de acreedores

CONCURSO EXPRESS. SEGUNDA OPORTUNIDAD. ABOGADOS

CONCURSO EXPRESS. SEGUNDA OPORTUNIDAD. ABOGADOS

 

EL CONCURSO DE ACREEDORES EXPRESS Y LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

 

Acuerdo de Acreedores Express

La crisis económica ocasionada por la pandemia ha llevado a un elevado número de empresarios (PYMES y autónomos)  a una situación de falta de liquidez y elevados gastos, lo cual dificulta el pago de deudas frente a terceros, así como afrontar los gastos que un procedimiento de concurso de acreedores pueda generar (honorarios, costas, etc.).

Para solventar esta problemática, el Texto Refundido de la Ley Concursal (en adelante, “TRLC”), recoge en sus artículos 470 y siguientes, la figura del concurso de acreedores express. Mediante la misma, el juez de oficio, una vez declarado el concurso, podrá acordar en el mismo auto  la conclusión del procedimiento, siempre que aprecie que la masa activa no es suficiente para cubrir los gastos del procedimiento, ni sea previsible  el ejercicio de acciones de reintegración o de responsabilidad de terceros (e.g. acreedores) ni se califique el concurso como culpable.

Para poder concluir el concurso en el mismo auto de su declaración, el juez debe evidenciar la insuficiencia de masa activa tras revisar la documentación aportada. Como documentos a presentar, el  deudor debe de entregar junto con la  solicitud de declaración de concurso, una memoria de historia económica y jurídica del deudor, inventario de bienes y derechos, una relación de acreedores y otra de acreedores. En el supuesto de que el deudor estuviera obligado legalmente a llevar la contabilidad, o bien si el deudor estuviera obligado a comunicar o remitir estados financieros intermedios a autoridades supervisoras o fuese un grupo de empresas, se deberá atender a las especialidades del artículo  8 TRLC

Como consecuencia del auto de declaración de concurso express no se nombrará Administrador Concursal ni se liquidarán los bienes. Seguidamente, se publicará el auto en el Boletín oficial del Estado y en el Registro Concursal, y una vez firme, se inscribirá el Auto en el Registro Mercantil, extinguiéndose así la sociedad. No obstante, como indica el artículo 471 TRLC, cualquier persona con interés legítimo podrá interponer un recurso de apelación frente al auto de conclusión del concurso.

 

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SEGUNDA OPORTUNIDAD

Además, las personas físicas cuenta con la figura de la segunda oportunidad. Mediante la misma, una vez declarado el concurso de acreedores, si se determina que el deudor actúa de buena fe, podrá exonerar  parte de su deuda. Actualmente, se encuentra regulada en los artículo 486 y ss. del TRLC.

Según dicha regulación, se considerará deudor de buena fe, cuando el concurso no se declare culpable. Sin embargo, se concederá la exoneración del pasivo si el concurso deviniese culpable por retraso de la solicitud de declaración de concurso, atendiendo siempre a las circunstancias de dicho retraso.

Asimismo, se requiere que el deudor no haya sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración de concurso. Si existiese un procedimiento penal pendiente, el juez del concurso debe suspender su decisión hasta que la sentencia penal sea firme.

Como presupuesto objetivo, el deudor de buena  debe haber satisfecho en su integridad los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados, y si reuniese los requisitos exigidos, haber celebrado (o intentado) un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. En caso de poseer los requisitos para la celebración de un acuerdo extrajudicial, pero esta no se haya efectuado (o intentado), además de los créditos antes mencionados, el deudor deberá satisfacer un 25% de los créditos concursales ordinarios.

Si una vez verificada la concurrencia de los anteriores requisitos por parte del Juez, y no existiese oposición por parte de la Administración Concursal, ni por parte de los Acreedores, se concederá la exoneración del pasivo insatisfecho  en la resolución que declare la conclusión del pasivo.

No obstante, en el plazo de 5 años desde la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, cualquier acreedor podrá solicitar la revocación de la misma, si se constata la ocultación por parte del deudor de bienes , ingresos o derechos, salvos los inembargables en observancia de la Ley de Enjuiciamiento Civil o LEC.

Si su empresa se encuentra en situación de insolvencia y desea solicitar la declaración de concurso de acreedores. O si es Autónomo y cumple los requisitos para el ejercicio de la segunda oportunidad:

en LETRADOX ®ABOGAGOS le asesoramos antes de la solicitud del concurso.

También durante el desarrollo del mismo, analizando todos los posibles escenarios y riesgos del procedimiento.

Y solucionando su caso.

Tenemos experiencia acreditada.

LETRADOX S.L.P. ABOGADOS

info@letradox.es

Tlfs. 912980061 / 645958948

En toda España

 

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ABSTRACT

An important amount of companies are ran out of liquidity due to the current economic crisis.

This lack of solvency makes difficult the payment of third parties debts, as well as the payments related to the bankruptcy procedure.

As a response to this problem, the Insolvency Act regulated the express bankruptcy procedure.

If the Court appreciate a lack of enough assets or liquidity in compare with the liabilities.

It may held the conclusion of bankruptcy procedure.

Additionally, if the debtor is a natural person in good faith: who has made the ordinary payments (plus the 25%, if the debtor has not concluded an extrajudicial agreement when he or she holds the requirements demanded). He or she will be able to asking for a partly exoneration of his or hers liabilities.

 

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En toda España

 

Abogados para defensa expropiación inmuebles. BALEARES. LETRADOX

Abogados para defensa expropiación inmuebles. BALEARES. LETRADOX

 

Abogados expropiación BALEARES

 

La expropiación de inmuebles por parte del Gobierno de Baleares es susceptible de recurso.

Por ello, desde LETRADOX Abogados recomendamos a los propietarios de las viviendas, fondos de inversión y de más empresas afectadas, a que contacten lo antes posible para poder actuar en tiempo y forma.

El artículo 33 de la Constitución Española determina que.

1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

 

El derecho a la propiedad privada es un derecho constitucional, y la medida tomada por los dirigentes de las Islas Baleares es susceptible de ser recurrida ante los Tribunales de Justicia en defensa de los derechos de los propietarios. Además, puede suponer un peligroso precedente para la inseguridad jurídica, impropio de un Estado social y democrático de Derecho como España. Esta medida puede ser contraria la Constitución.

Los poderes públicos disponen de mecanismos para la puesta a disposición de la población vulnerable de viviendas de protección; sin tener que acordar estas drásticas medidas.

Nuestro despacho de abogados, especialista en asuntos inmobiliarios y con experiencia avalada en la materia, puede ayudar a su empresa y es recomendable hacerlo lo antes posible.

Adjuntamos dos vídeos, en español y en inglés , en donde la letrada Mercedes de Parada, abogada nºcol. 118218 ICAM,  resume algunos de los aspectos inmobiliarios en los que destaca nuestro despacho.

Versión en español:

https://www.youtube.com/watch?v=k93gJj5DmYg

English version:

https://www.youtube.com/watch?v=rG5-nhWpAJM

Como abogados expertos en urbanismo e inversiones inmobiliarias animamos a actuar a los perjudicados.

Tenemos experiencia en asuntos jurídicos administrativos en vía administrativa y contenciosa.

Pónganse en contacto con nosotros ara articular la mejor defensa de sus intereses.

 

Abogados expropiación BALEARES

The expropriation of real estate by the Government of the Balearic Islands is subject to appeal.

Therefore, from LETRADOX Abogados we recommend that the owners of homes, investment funds and other affected companies, to contact as soon as possible to be able to act in a timely manner.

Article 33 of the Spanish Constitution determines that. 1. The right to private property and inheritance is recognized. 2. The social function of these rights will delimit their content, in accordance with the laws. 3. No one may be deprived of their property and rights except for justified cause of public utility or social interest, through the corresponding compensation and in accordance with the provisions of the law.

The right to private property is a constitutional right, and the measure taken by the leaders of the Balearic Islands is capable of being appealed before the Courts of Justice in defense of the rights of the owners. It can also be a dangerous precedent for legal uncertainty, inappropriate for a social and democratic state of law like Spain. This measure may be contrary to the Constitution.

The public authorities have mechanisms for making protection housing available to the vulnerable population; without having to agree to these drastic measures.

Our law firm, a specialist in real estate matters and with proven experience in the matter, can help your company and it is advisable to do so as soon as possible.

We attach two videos, in Spanish and English, where attorney Mercedes de Parada, member of the Madrid Bar Association, nº 118218  summarizes some of the real estate aspects in which our office stands out.

Versión en español:

https://www.youtube.com/watch?v=k93gJj5DmYg

English version:

https://www.youtube.com/watch?v=rG5-nhWpAJM

As expert lawyers in urban planning and real estate investments, we encourage the injured to act.

We have experience in administrative legal matters in administrative and contentious proceedings.

Get in touch with us to articulate the best defense of your interests.

LETRADOX® ABOGADOS S.L.P. 

C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid

C/ Mayor nº26, 2ºB Oficina Ínsula. Alcalá de Henares

León – Zaragoza – Murcia – Alicante – Galicia- Dubai – Abu Dhabi

Delegación Especial Baleares: asuntos expropiación viviendas

 Tlf: 912980061 / Mvl: (+34) 645958948

Fax: 912980061 / Dpto. At. Cliente: info@letradox.es

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Defensa, asesoramiento, formación e información.

¡Únete a la comunidad  LETRADOX®!

 

Abogados expropiación BALEARES

Inversiones árabes en España. LETRADOX® Abogados

Inversiones árabes en España.

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Ver Vídeo: 

Inversiones árabes en España.  LETRADOX® Abogados

 

En LETRADOX® Abogados le ofrecemos todo el asesoramiento jurídico necesario para sus inversiones en Europa y España, tanto si es en el ámbito inmobiliario, financiero, tecnológico, como en otros.

Somos su partner de confianza para realizar sinergias de empresas españolas, árabes y de otras nacionalidades para llevar todos los asuntos legales.

Are you looking for a Spanish lawyer? At Letradox we can provide you with all legal services necessary to support your investment in Europe as well as in Spain, whether it is in financial, real estate or any others, we are your trusted partner to approach any of the Spanish companies and manage all the legal affairs.

مرحباً بك عزيزي المشاهد و عزيزتي المشاهدة أينما كنتم معكم رباب من لترادوكس. هل ترغب الحصول على الإقامة الذهبية في إسبانيا؟ في لترادوكس نقدم لك ولكي جميع الاستشارات القانونية اللازمة لاسثماراتك في أوربا وإسبانيا. سواء كانت في المجالات العقارية او المالية او التجنولوجية او غيرها من الاستثمارات ، يمكنك اعتبارنا شريكك في إسبانيا للتفاوض والتواصل مع الشركات الاسبانية والعربية وغيرها من الشركات لتخليص جميع الشؤون القانونية. للحصول على المزيد من المعلومات لاتتردد بالتواصل معنا نتمنى أن نسمع منك و منكي قريباً

Adjuntamos varios portfolios a continuación.

En el primero de ello, Hacer negocios en España, hacemos un repaso de los principales atractivos que ofrece nuestro país.

En el segundo de ellos, tratamos sobre la golden visa y cómo adquirir inversiones inmobiliarias en España. La información se encuentra disponible en español, inglés y árabe.

We attach several portfolios below.

In the first of these, Doing business in Spain, we review the main attractions that our country offers. In the second of them, we discuss the golden visa and how to acquire real estate investments in Spain. The information is available in Spanish, English and Arabic.

 

DOING BUSINESS IN SPAIN

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GOLDEN VISA

REAL ESTATE

 

Guía para adquirir vivienda en España

Guide to buy a home in Spain

 

 

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Nuestro despacho de abogados ha publicado en la revista del ICEX.

(El Instituto de Comercio Exterior (ICEX) es un organismo público español que se encarga de promocionar a las empresas españolas a nivel internacional, mejorar su competitividad y captar inversiones extranjeras hacia España.).

Our law firm has published in the ICEX magazine.

The Foreign Trade Institute (ICEX) is a Spanish public body in charge of promoting Spanish companies internationally, improving their competitiveness, and attracting foreign investment to Spain.

LINK AL ARTÍCULO.

 

 

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