LA SUBASTA DE PARTICIPACIONES SOCIALES. ABOGADOS

LA SUBASTA DE PARTICIPACIONES SOCIALES. ABOGADOS

Abogados expertos en cuestiones mercantiles, civiles y fiscales

 

LETRADOX ABOGADOS

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Si está en un proceso de subasta de participaciones sociales o necesita asesoramiento sobre esta cuestión mercantil, en LETRADOX Abogados somos abogados expertos y le podemos ayudar al igual que hemos realizado con cientos de clientes en toda España.

A continuación le exponemos algunas cuestiones de interés:

LA SUBASTA DE PATICIPACIONES SOCIALES DEL ARTÍCULO 109 DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL
1.
CONTEXTO Y MARCO LEGAL

En las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), las participaciones sociales representan partes del capital social que otorgan derechos y obligaciones a los socios. A diferencia de las acciones en una sociedad anónima, las participaciones sociales no son libremente transmisibles ni cotizan en mercados públicos. Su transmisión está regulada estrictamente por la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para garantizar el control y la estabilidad dentro de la sociedad.

El artículo 109 de la LSC regula la subasta de participaciones sociales en situaciones de embargo, ejecución judicial o extrajudicial, o liquidación forzosa. Este artículo otorga a los socios un derecho de adquisición preferente, permitiéndoles adquirir las participaciones antes que terceros ajenos a la sociedad, lo que preserva el carácter cerrado de las SRL.

Este derecho es un mecanismo de protección establecido por la LSC, evitando la entrada de terceros no deseados en la sociedad y garantizando que los socios actuales mantengan el control interno. La norma refuerza la restricción a la libre transmisibilidad de las participaciones, que es una característica distintiva de las SRL frente a otras sociedades, como las anónimas, donde las acciones son más fácilmente transferibles.
2.
PROCESO DE SUBASTA DE PARTICIPACIONES SOCIALES

1. Inicio del proceso de subasta

Cuando una participación social de una SRL es embargada o se va a ejecutar judicialmente, se decide venderla mediante subasta pública u otra forma de venta forzosa. Esto tiene como objetivo que el acreedor pueda cobrar la deuda. En este punto, el juez o la autoridad administrativa que supervisa la venta inicia formalmente el proceso de subasta.

2. Notificación a la sociedad y a los socios

Antes de la subasta, la sociedad y los socios deben ser notificados de que va a llevarse a cabo una venta forzosa de las participaciones. Esta notificación permite a los socios estar informados y, si lo desean, prepararse para ejercer su derecho de adquisición preferente.

3. Celebración de la subasta

La subasta se celebra y terceros pueden pujar por las participaciones embargadas. Sin embargo, la adjudicación no se realiza de inmediato tras la subasta.

4. Suspensión de la adjudicación

Aquí es donde entra en juego lo que menciona el apartado 2 del artículo 109. Después de que se celebra la subasta, pero antes de adjudicar las participaciones al mejor postor, la adjudicación queda en suspenso. El juez o la autoridad administrativa envía a la sociedad un testimonio literal del acta de subasta, es decir, un documento que recoge el resultado de la subasta.
En ese momento, la sociedad tiene que trasladar ese testimonio a los socios en un plazo de cinco días, para que ellos tengan la oportunidad de ejercer su derecho de adquisición preferente.

5. Derecho de adquisición preferente

En este momento, los socios pueden ejercer su derecho de adquisición preferente.

 

Si quiere asesoramiento e información sobre el embargo y subasta de participaciones sociales contacte con nosotros:

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Abogados para obtener nacionalidad. Ley de Nietos

Abogados para obtener nacionalidad. Ley de Nietos

En LETRADOX ABOGADOS le asesoramos para obtener la residencia o nacionalidad en España así como para cualquier cuestión en el ámbito de inmigración o extranjería. Contáctenos en el email info@letradox.es o pida su cita para comenzar a la mayor brevedad.

 

LA LEY DE NIETOS (MEMORIA DEMOCRÁTICA): PLAZO Y REQUISITOS
1.
CONTEXTO Y OBJETIVOS

La Ley de Nietos, parte de la Ley de Memoria Democrática, tiene como objetivo reparar el daño histórico causado a los descendientes de españoles exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. Esta ley reconoce el derecho a recuperar la nacionalidad española para los nietos de aquellos que la perdieron debido a la represión política e ideológica del régimen franquista.

La normativa amplía el acceso a la nacionalidad, corrigiendo las limitaciones de la Ley de Memoria Histórica de 2007, que sólo beneficiaba a los hijos de exiliados y no ofrecía suficientes opciones para los descendientes de segunda generación.

2.
PLAZO

El derecho de opción a la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática debe ejercerse en un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la ley, el 21 de octubre de 2022, con la prórroga vigente hasta el 22 de octubre de 2025. Esto significa que los descendientes de exiliados deben presentar su solicitud antes de esta fecha, pues de lo contrario se produciría la perdida del derecho, salvo nuevas prórrogas.

3.
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD

La nacionalidad que se adquiere bajo la Ley de Nietos es de origen sobrevenida, lo que significa que se es considerado español de origen desde el momento en que se concede la nacionalidad, pero sin efecto retroactivo desde el nacimiento. Esto la distingue de la nacionalidad derivativa otorgada por el Código Civil, que no confiere los mismos derechos plenos ni facilita la transmisión a los descendientes.
3.1 Perfil de los beneficiarios

A diferencia de la Ley de Memoria Histórica de 2007, se establece un marco más inclusivo y flexible para acceder a la nacionalidad española:
•
Supuesto 1A: Nacidos fuera de España con padre, madre, abuelo o abuela que sean o hayan sido originariamente españoles.
•
Supuesto 1B: Nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española debido al exilio.

Supuesto 2: Nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con un extranjero antes de la Constitución de 1978.
•
Supuesto 3: Hijos e hijas de quienes obtuvieron la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007) o la Ley de Memoria Democrática.
•
Supuesto 4: Hijos de españoles de origen que pueden volver a adquirir la nacionalidad de origen si antes la obtuvieron de forma derivativa bajo el Código Civil.
•
Supuesto 5: Los descendientes que optaron por la nacionalidad española mediante cauces comunes antes de la entrada en vigor de la Ley de Memoria Histórica de 2007, rectificando situaciones en las que su nacionalidad no fue de origen.

3.2 Requisitos comunes

Independientemente del caso específico, todos los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales establecidos por el Código Civil para el derecho de opción, que son:
1)
Ser mayor de 14 años.
2)
Tener capacidad para prestar un juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas.
3)
Inscribir la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil correspondiente.
Además, no es necesario renunciar a la nacionalidad anterior, lo que permite al solicitante mantener la doble nacionalidad.

 

En LETRADOX ABOGADOS le asesoramos para obtener la residencia o nacionalidad en España así como para cualquier cuestión en el ámbito de inmigración o extranjería.

Contáctenos en el email info@letradox.es o pida su cita para comenzar a la mayor brevedad.

Reclamación de Hacienda a Empresas y Autónomos. LETRADOX Abogados

Reclamación de Hacienda a Empresas y Autónomos. LETRADOX Abogados

 

Hacienda ha iniciado una campaña para revisar las ayudas o subvenciones dadas a autónomos en la pandemia y valorar s proceden. Si ud ha recibido una de dichas comunicaciones o parecida, contáctenos en nuestros datos de contacto para informarle de cómo proceder.

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LOS PROBLEMAS CON LA AYUDA POR LA PANDEMIA A LOS AUTÓNOMOS QUE, AHORA, HACIENDA ESTÁ SOLICITANDO DEVOLUCIÓN

1. INTRODUCCIÓN

Durante la pandemia de COVID-19, el gobierno español implementó una serie de ayudas urgentes para los autónomos, que se vieron gravemente afectados por las restricciones y el cierre de negocios.

Estas ayudas incluían prestaciones por cese de actividad, apoyos directos y aplazamientos fiscales, con el objetivo de paliar la drástica caída de ingresos y evitar el cierre definitivo de empresas.

En la actualidad, la Agencia Tributaria ha comenzado a revisar las ayudas concedidas, solicitando la devolución de aquellas que no cumplieron los requisitos establecidos, lo que ha generado conflictos económicos y legales para muchos autónomos.

2. CONTEXTO Y MARCO LEGAL

Las ayudas fueron reguladas principalmente por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y otras normativas relacionadas.

Estas disposiciones establecían los requisitos para acceder a las ayudas y las obligaciones de los solicitantes respecto a la veracidad de la información presentada.

Para acceder a las ayudas, los autónomos debían demostrar una reducción significativa de ingresos o el cese de su actividad. Debido a la urgencia, las solicitudes se gestionaron rápidamente, lo que generó problemas posteriores.

Uno de los principales problemas fue la falta de claridad en los requisitos, lo que provocó que muchos autónomos malinterpretaran las condiciones y, en consecuencia, enfrentaran reclamaciones de devolución por parte de Hacienda.

 

3. PROBLEMAS LEGALES CON LAS DEVOLUCIONES SOLICITADAS

Problema 1: Concesión automática de ayudas sin una verificación adecuada

Durante la pandemia, las ayudas fueron concedidas de forma automática o con verificaciones mínimas para agilizar el proceso.

Esto permitió que muchas ayudas fueran otorgadas sin una revisión exhaustiva de los requisitos.

Sin embargo, ahora Hacienda está reclamando la devolución de aquellas ayudas que considera que no debieron haberse concedido.

Problema 2: Cambios en los criterios de elegibilidad después de conceder las ayudas

En algunos casos, los requisitos para recibir las ayudas fueron modificados o aclarados a posteriori, lo que ha generado confusión entre los beneficiarios. Muchos autónomos que inicialmente cumplían con los criterios han descubierto posteriormente que ya no cumplen con los nuevos requisitos, lo que ha llevado a Hacienda a solicitar la devolución de las ayudas.

Problema 3: Dificultades para demostrar la caída de ingresos

Uno de los principales requisitos para acceder a las ayudas era demostrar una caída significativa de los ingresos. Sin embargo, muchos autónomos han encontrado dificultades a la hora de justificar esta reducción, especialmente aquellos que no tienen una contabilidad formal o que han tenido ingresos irregulares a lo largo del año.

Problema 4: Falta de información clara y errores en las solicitudes

La falta de información precisa sobre los requisitos para acceder a las ayudas fue un problema recurrente durante la pandemia. Muchos autónomos presentaron solicitudes con errores debido a la falta de claridad en las directrices proporcionadas por la administración, lo que ha resultado en la concesión indebida de ayudas.

OPCIONES DE DEFENSA LEGAL PARA LOS AUTÓNOMOS FRENTE A LAS RECLAMACIONES DE DEVOLUCIÓN

 

Si ud ha recibido una de dichas comunicaciones o parecida, contáctenos en nuestros datos de contacto para informarle de cómo proceder.

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NORMATIVA LEGAL UTILIZADA, entre otra normativa:
•
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo
•
Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre)
•
Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre
•
Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo

Genealogistas gallegos. Xenealoxistas galegos

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Madrid y Viveiro (Lugo)

 

Si quiere conocer sus antepasados, por curiosidad, o para obtener las pruebas que le permitan el ingreso a órdenes, en Letradox Abogados contamos con un equipo de genealogistas para ese trabajo.

Con gran experiencia y preparación.

Funciones principales
  • Reconstruir árboles genealógicos: Conecta a las personas con sus antepasados mediante documentos oficiales. 

  • Buscar herederos (Genealogía sucesoria): Localiza a familiares legítimos de una persona fallecida sin testamento o sin herederos aparentes para repartir una herencia. 

  • Consultar archivos históricos: Revisa registros civiles, parroquiales, notariales, militares y lápidas en cementerios que no siempre están en internet. 

  • Verificar datos: Comprueba que la información familiar sea real y redacta informes detallados o libros de historia familiar.

Contacte con nosotros en nuestro teléfono y email de contacto. Tlf. 645958948, email: info@letradox.es  Madrid y Viveiro (Lugo)

 

Xa sexa por curiosidade ou para obter as probas necesarias para o ingreso nunha orde, en Letradox Abogados contamos cun equipo de xenealoxistas preparados para realizar este traballo.

 

Posúen unha ampla experiencia e competencia profesional.

 

Servizos principais:

Reconstrución de árbores xenealóxicas: Relacionar persoas cos seus antepasados ​​mediante documentos oficiais.

Busca de herdeiros (xenealoxía sucesoria): Localizar familiares lexítimos dunha persoa falecida que non deixou testamento nin herdeiros aparentes, co fin de repartir a herdanza.

Consulta de arquivos históricos: Revisión de rexistros civís, parroquiais, notariais e militares, así como de lápidas en cemiterios; fontes que non sempre están dispoñibles en liña.

 

Verificación de datos: Confirmar a exactitude da información familiar e elaborar informes detallados ou libros de historia familiar.

 

 

Contacte connosco por teléfono ou correo electrónico. Tel.: 645958948 | Correo electrónico: info@letradox.es | Sedes: Madrid e Viveiro (Lugo)

 

 

¿Por qué elegir Letradox Abogados para estas cuestiones? En este vídeo se lo explicamos:

MEJORES ABOGADOS CERCA DE MI. LETRADOX

Abogados ofrecimiento acciones penales IA

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Ofrecimiento de acciones penales: qué es y por qué es importante contar con un abogado

El ofrecimiento de acciones penales es una actuación fundamental dentro del procedimiento penal, mediante la cual se informa a la víctima o perjudicado por un delito de sus derechos y de las posibilidades que tiene para intervenir en el proceso.

Cuando una persona ha sido víctima de un delito, no basta con denunciar los hechos. Es importante conocer qué derechos puede ejercer, cómo participar en el procedimiento penal y de qué manera puede reclamar los daños y perjuicios sufridos.

¿Qué derechos tiene la víctima tras el ofrecimiento de acciones?

El ofrecimiento de acciones permite que la persona perjudicada conozca, entre otros, su derecho a intervenir en el procedimiento penal y, cuando corresponda, personarse como acusación particular.

La víctima puede tener la posibilidad de solicitar diligencias de investigación, proponer pruebas, intervenir en las diferentes fases del procedimiento y reclamar la responsabilidad civil derivada del delito, incluyendo las indemnizaciones que puedan corresponder por los daños y perjuicios ocasionados.

Por ello, recibir el ofrecimiento de acciones no debería considerarse un simple trámite. Puede ser el momento en el que la víctima conozca las herramientas legales disponibles para defender sus derechos.

¿Por qué es recomendable contar con un abogado penalista?

La intervención de un abogado especializado en Derecho Penal permite analizar desde el principio la situación concreta y determinar qué actuaciones pueden resultar necesarias para proteger los intereses de la víctima.

El abogado puede encargarse, entre otras cuestiones, de:

  • Estudiar los hechos y su posible relevancia penal.
  • Valorar la conveniencia de ejercer la acusación particular.
  • Solicitar diligencias de investigación y proponer pruebas.
  • Realizar un seguimiento de la investigación judicial.
  • Reclamar los daños y perjuicios derivados del delito.
  • Impugnar resoluciones que puedan perjudicar a la víctima cuando proceda.
  • Intervenir durante la fase de instrucción y, en su caso, en el juicio oral.
  • Controlar los plazos y las actuaciones procesales necesarias.

Defensa jurídica de la víctima durante todo el procedimiento penal

El ofrecimiento de acciones penales es, por tanto, una garantía para que la víctima conozca sus derechos, pero ejercerlos adecuadamente puede requerir conocimientos especializados de procedimiento penal.

Contar desde el principio con un abogado penalista permite valorar la estrategia procesal más adecuada, proteger los derechos de la víctima y reclamar, cuando proceda, tanto la responsabilidad penal como la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

Si has sido víctima de un delito y has recibido un ofrecimiento de acciones, es recomendable analizar tu situación jurídica antes de tomar decisiones procesales que puedan afectar a tu posterior intervención en el procedimiento.

 

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Abogados especialistas Comunidades de Propietarios

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En Letradox Abogados colaboramos con las principales administraciones de fincas de Madrid y la Comunidad de Madrid llevando todos los asuntos legales más frecuentes en Comunidades de propiedades.

Si Usted también tiene algún conflicto con algunas de estas cuestiones, estamos a su disposición:

1. Reclamación de cuotas e impagos (Proceso Monitorio)
2. Regulación y veto de Viviendas de Uso Turístico (VUT)
3. Impugnación de acuerdos de la junta de propietarios
4. Gestión de obras de accesibilidad y rehabilitación energética
5. Acoso inmobiliario, actividades molestas y «okupación»
6. Redacción y modificación de Estatutos y Reglamentos Internos
7. Reclamación por defectos constructivos y vicios ocultos
8. CUMPLIMIENTO de la Protección de Datos (RGPD) y Videovigilancia
9. Conflictos con contratos de proveedores y mantenimientos
10. Reclamaciones a compañías de seguros (Siniestralidad)

 

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Impuesto a las grandes fortunas. LETRADOX Abogados

Impuesto a las grandes fortunas. LETRADOX Abogados

En LETRADOX llevamos el asesoramiento jurídico de grandes patrimonios desde hace más de 10 años.

Es por ello que para todos nuestros clientes, esta noticia les puede ser de interés. Sin perjuicio del asesoramiento particular que resulta necesario en cada caso, a continuación reseñamos algunas de las novedades del ITSGF.

Para tratar su caso, le esperamos en:

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Impuesto a las grandes fortunas. LETRADOX Abogados

 

El ITSGF es un tributo de carácter directo, de naturaleza personal y complementario del
Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía
superior a 3.000.000 de euros. Es un impuesto periódico, ya que su hecho imponible se
reitera en el tiempo y es progresivo, puesto que su tipo de gravamen aumenta a medida que
aumenta el nivel de patrimonio

Es un impuesto estatal complementario al Impuesto sobre el Patrimonio, introducido por la
ley 38/2022, de 27 de diciembre, se encuentra regulado en el artículo 3 de dicha ley. Este
impuesto tiene una duración prevista de dos años, aplicándose en los dos primeros ejercicios
fiscales posteriores a su entrada en vigor. No obstante, incluye una cláusula de revisión que
permitirá evaluar sus resultados al término de ese período y decidir si debe mantenerse o
eliminarse.

Posee dos finalidades, una recaudatoria, con el objetivo de pedir a quienes se encuentran en
una situación de mayor capacidad económica, como una muestra de solidaridad de las
grandes fortunas.

La segunda es la armonizadora, cuyo fin es disminuir las diferencias en el gravamen del
patrimonio de las distintas CC.AA., sobre todo para evitar que la carga fiscal de los
contribuyentes que residen en Comunidades Autónomas que han eliminado total o
parcialmente el Impuesto sobre el Patrimonio no sea significativamente diferente de la de
aquellos que residen en Comunidades Autónomas donde no se han aplicado reducciones a
este impuesto.

El Ámbito de aplicación, el impuesto va dirigido a personas físicas con un patrimonio
superior a 3 millones de euros, entre el 1 y 31 de julio de 2023 se empezó a aplicar a todos
los contribuyentes que tuvieran un patrimonio como el mencionado anteriormente, cuando
el resultado de la declaración les hubiera dado como resultado a pagar.
Además los primeros 700.000 euros de patrimonio están bonificados para quienes tributen
por obligación personal.

Las personas físicas que tributan por obligación real en este impuesto son aquellas que no
tienen su residencia habitual en España, según los criterios del IRPF. Estas personas deben
tributar por los bienes y derechos que posean, siempre que estén ubicados en España, puedan
ejercerse en el territorio español o deban cumplirse allí. En este caso, el ITSGF solo se aplica
a esos bienes o derechos específicos.

El impuesto se aplica en todo el territorio español, respetando los regímenes fiscales
especiales del Concierto Económico en el País Vasco y del Convenio Económico en Navarra,
así como lo establecido en los tratados o convenios internacionales incorporados al
ordenamiento jurídico nacional. Asimismo, se establece de forma explícita que este impuesto
no podrá ser transferido a las comunidades autónomas.
También cabe resaltar que las comunidades autónomas no gestionan este nuevo impuesto, los
contribuyentes del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas solo pagarán

impuestos sobre la parte de su patrimonio que no haya sido previamente grabada por su
Comunidad Autónoma.

Por lo que se refiere a la compatibilidad con el Impuesto sobre el Patrimonio,
pueden ser deducibles del nuevo impuesto las cuotas pagadas por el Impuesto sobre el
Patrimonio para evitar doble imposición.

 

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Es por ello que para todos nuestros clientes, esta noticia les puede ser de interés. Sin perjuicio del asesoramiento particular que resulta necesario en cada caso, a continuación reseñamos algunas de las novedades del ITSGF.

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Abogados expertos en fiscalidad planes pensiones 2025. LETRADOX

Abogados expertos en fiscalidad planes pensiones 2025. LETRADOX

Si va a rescatar su plan de pensión o tiene dudas sobre la fiscalidad en 2025 de los planes de pensiones, en este artículo le informamos de ello. Además, le recordamos que estamos a su disposición en LETRADOX Abogados

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como venimos haciendo con cientos de clientes con casos como el suyo que hemos resuelto con éxito.

 

CAMBIOS EN LOS PLANES DE PENSIONES DE JUBILACIÓN PARA 2025

 

EDAD DE JUBILACIÓN

 

La edad legal de jubilación se incrementará progresivamente:

  • 66 años y 8 meses para quienes no hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses.
  • 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más.

También habrá ajustes en la jubilación anticipada, elevando la edad mínima en consonancia con la legal.

INCREMENTO EN LAS COTIZACIONES

 

Se promoverá un aumento del período de cotización necesario para obtener una pensión completa. En 2025, se exigirá haber cotizado 37 años (en lugar de los 36 años y 6 meses actuales).

Esta medida busca equilibrar la relación entre cotizaciones y prestaciones debido al envejecimiento de la población.

 

REVALORIZACIÓN DE PENSIONES

 

Las pensiones contributivas se revalorizarán en un 2,8% para 2025, en línea con el Índice de Precios al Consumo (IPC) proyectado.

Para los pensionistas con ingresos bajos, el complemento a mínimos también subirá, beneficiando especialmente a quienes reciben pensiones más bajas.

 

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PLANES DE PENSIONES DE EMPLEO

 

El gobierno fomentará la creación de planes de pensiones de empleo simplificados y de promoción pública, destinados especialmente a trabajadores autónomos y empleados en empresas que no ofrecen planes privados (con ello se busca aumentar la penetración de estos planes, que históricamente han tenido baja acogida en España).

 

INCENTIVOS PARA LA JUBILACIÓN DEMORADA

 

Los incentivos para retrasar la jubilación más allá de la edad legal continuarán:

  • Incremento del 4% anual en la pensión por cada año adicional cotizado.
  • Alternativamente, los trabajadores podrán optar por un pago único que varía en función de los años cotizados, con cifras que oscilan entre 5.000 y 12.000 euros.

 

 

FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES PRIVADOS

 

Aunque no se han anunciado cambios significativos en la fiscalidad, se espera que el enfoque siga priorizando los planes de pensiones colectivos (de empleo) frente a los individuales.

Los límites de deducción fiscal para las aportaciones privadas se mantienen restringidos, lo que refuerza la estrategia del gobierno de favorecer el ahorro colectivo.

RESCATE DE PLANES DE PENSIONES CON 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD

 

A partir de 2025, una de las novedades fiscales más comentadas será la posibilidad de rescatar planes de pensiones que tengan aportaciones con antigüedad superior a 10 años. Este cambio se enmarca dentro de un supuesto de excepcionalidad de liquidez y promete ser un tema clave en el nuevo ejercicio fiscal.

 

Hace unos años se redujo el límite de aportación anual de 8.000 euros a los 1.500 que están fijados a día de hoy. Además del ahorro que se genera a largo plazo, una de las grandes ventajas de los planes de pensiones es que tienen una deducción del IRPF sobre la declaración de la renta, lo que lógicamente conlleva un beneficio para los contribuyentes de forma anual.

 

 

 

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Abogados coche autónomo, rent a car, renting , autocaravanas

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En LETRADOX Abogados te asesoramos sobre cualquier cuestión jurídica en relación con coche autónomo, rent a car, renting , autocaravanas.

Tanto en la adaptación en España de la normativa, como en reclamaciones entre particulares, empresas o las Administraciones en relación a coche autónomo, rent a car, renting , autocaravanas.

En el año 2019 efectuamos esta entrevista al referente del asfalto desde Letradox Abogados, para nuestra sección de Referentes, te adjuntamos el link :

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Reforma de la Ley de Extranjería. LETRADOX Abogados

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El reglamento de extranjería es un conjunto de normas que desarrolla, complementa y regula los aspectos más importantes y prácticos de la Ley de extranjería (LO 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Su función principal es detallar cómo se aplican los preceptos legales en materia de extranjería en España.

¿Cuál es su finalidad?

Regular los procedimientos administrativos relacionados con
la entrada
permanencia
residencia
trabajo
y salida de extranjeros en territorio español.

Reforma de la Ley de Extranjería. LETRADOX Abogados.

Asimismo, establece unos requisitos y procedimientos específicos para poder obtener permisos, visados y autorizaciones.
El reglamento actual está recogido en el RD 557/2011 de 20 de abril, que desarrolla la Ley mencionada antes.
¿Qué ámbitos regula?
● Visados y entradas al territorio español (requisitos y condiciones para diferentes tipos
de visados)
● Residencia y trabajo (permisos temporales, de larga duración y excepciones)
● Reagrupación familiar (condiciones y procedimientos para que los extranjeros
residentes puedan traer a sus familiares)
● Estancia por estudios o investigación
● Protección contra la irregularidad (se establecen medidas para evitar la permanencia
irregular y los procedimientos de regularización, como el arraigo entre otros)
● Expulsión y sanciones administrativas (criterios, procedimientos y garantías en casos
de infracciones de la normativa)

El martes 19 de noviembre, el Gobierno aprobó en el Congreso de Ministros una nueva reforma del Reglamento, que introduce modificaciones clave en el proceso de regularización de inmigrantes en situación irregular en España. Concretamente, simplifica los requisitos exigidos a los extranjeros para obtener permisos de residencia y trabajo, y regulariza de manera excepcional a los solicitantes de asilo cuya petición de protección internacional haya sido denegada y vivan sin papeles actualmente en España.

 

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¿Cuáles son las novedades?

En primer lugar, el nuevo reglamento permitirá (durante 1 año) que los solicitantes a los que les hayan denegado la protección de asilo tengan una vía específica para obtener sus papeles.
De este modo, se les exigirá llevar al menos 6 meses en situación irregular cuando entre en vigor el reglamento.

 

“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

 

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Reforma de la Ley de Extranjería. LETRADOX Abogados.