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Abogados nueva Ley de Vivienda. 2021. LETRADOX

Abogados nueva Ley de Vivienda. 2021. LETRADOX

C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. CP 28028 Madrid

info@letradox.es

Tlfs: 912980061 / 645958948

 

Informe sobre la Proposición de Ley de garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada

 

Se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales la Proposición de Ley de garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada, presentada por los Grupos Parlamentarios Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Republicano, Plural, Euskal Herria Bildu y Mixto.

La Proposición supone la modificación de un amplio abanico de normas: desde el Código Civil hasta la Ley Concursal, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley Hipotecaria, la Ley General de Consumidores y Usuarios, la Ley reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario o la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Está dirigida a hacer real y efectivo el derecho de toda persona «a una vivienda digna, adecuada y asequible» en todo el territorio español.

Para completar su tramitación, la Cámara tiene que admitir la proposición, tras esto, se seguirían los mismos trámites que para los proyectos de ley.

Las principales medidas planteadas son:

  • Sobre la regulación de los alquileres

– La duración del arrendamiento de vivienda será, como mínimo (a voluntad del arrendatario), de siete años si el arrendador fuera persona física, y de doce años si el arrendador fuese persona jurídica.

Una vez llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, el arrendamiento se prorrogará automáticamente por siete años, o doce años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que la arrendataria notifique con al menos dos meses de antelación su voluntad de no renovarlo o que la arrendadora notifique con al menos cuatro meses de antelación una excepcional necesidad de la vivienda.

– Esta nueva propuesta de ley habilita a declarar zonas tensionadas si se cumplen una serie de características. En los contratos de alquiler de vivienda situada en un área declarada “de mercado tensionado”, la renta pactada no podrá superar:

  1. a) El índice oficial de referencia para el alquiler de una vivienda de características análogas en el mismo entorno urbano.
  2. b) La renta consignada en el último contrato de arrendamiento, vigente en los últimos cinco años, o la media de los contratos en ese periodo, incrementada con el índice de garantía de competitividad (IGC), siempre y cuando este incremento no supere el que se hubiese producido en el IPC, incluidos los gastos fijos por cuenta del arrendatario.

Se declararan zonas tensionadas cuando la carga media del coste de la hipoteca, del alquiler, supere el 30% de los ingresos medios o que en cinco años se acumule un crecimiento de los precios de al menos tres puntos por encima de la tasa interanual del IPC de la comunidad autónoma correspondiente.

 

-Será considerado como arrendamiento de vivienda el arrendamiento de habitaciones dentro de un edificio habitable que satisfaga la necesidad permanente de vivienda de arrendatarios que no dispongan de otra vivienda, cuando tengan acceso, aunque sea compartido, a todos los servicios necesarios para la habitabilidad.

  • Cambios en los desahucios

 

-En cualquier procedimiento de desahucio, antes de ordenar un lanzamiento respecto de un inmueble que constituya domicilio habitual, el juez valorará la procedencia de la medida, y podrá denegarla si el desalojo menoscaba el derecho a la vivienda.

-En supuestos de dación en pago, compensación de deuda o compraventa de vivienda habitual que tenga como causa de la venta la imposibilidad por parte del prestatario de devolver el préstamo hipotecario, el adquirente deberá ofrecer a los afectados, si no tienen alternativa propia de vivienda y están dentro de los parámetros de riesgo de exclusión residencial, una propuesta de alquiler social.

-Se modifica la Ley Concursal para mejorar el derecho a una segunda oportunidad, y así, limitar la responsabilidad al bien hipotecado, e impedir el embargo de la única vivienda de las terceras personas que avalen un préstamo.

  • Medidas para proteger y aumentar el parque público de viviendo social y evitar vivienda vacía

 

-A los tres meses de la entrada en vigor de la ley, ni la vivienda pública ni la vivienda con protección pública podrán destinarse a la venta, y las Administraciones competentes habilitarán los mecanismos necesarios para proceder al cambio de calificación de la vivienda pública del régimen de propiedad al régimen de alquiler social, tanto en el caso de las previstas en el planeamiento a ejecutar como las que ya hayan sido efectivamente construidas.

-Se incrementa la reserva de suelo para vivienda protegida.

-Cesión obligatoria de edificios residenciales de titularidad privada que hayan permanecido sin uso y vacíos, excepcionalmente, durante el plazo de un año, para su incorporación al patrimonio de viviendas públicas en alquiler, y que será gestionado por la Administración Pública de referencia por un plazo mínimo de un año.

-En los supuestos en los que las viviendas objeto de cesión obligatoria estuvieran ocupadas por personas en exclusión residencial, la Administración Pública titular procederá a la regularización de sus ocupantes mediante la formalización de un contrato de alquiler social.

-La obligación de cesión temporal no es menoscabo de poder ejercer el derecho a la expropiación de viviendas que hayan estado más de un año desocupadas, para pasar a formar parte del parque público de viviendas en alquiler.

  • Otras medidas

-Desaparece el régimen fiscal especial de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI). Así, las SOCIMI y sus socios deberán pasar a tributar al régimen general en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley.

-Introducción de Bonos sociales de suministros en caso de vulnerabilidad. En aquellos colectivos vulnerables, se quiere garantizar los suministros de luz y agua con una tarifa social a financiar por las empresas productoras, distribuidoras y comercializadoras.

-Se plantea habilitar a los ayuntamientos a aplicar recargos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en viviendas vacías de los grandes tenedores.

 

Si tiene cualquier duda sobre cómo le puede afectar la nueva regulación, estamos a su disposición:

Abogados nueva Ley de Vivienda. 2021

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Asistimos al evento de Precio de vivienda 2020. Letradox® Abogados

El día 27 de febrero de 2020 tuvo lugar en el Círculo de Bellas Artes de Madrid, el debate sobre dos temas muy actuales y a la orden día. Este mismo versaba sobre la evolución del precio de la vivienda en 2020 y la problemática de su acceso. Además, en él participaron grandes miembros influyentes y conocedores del sector inmobiliario.

El motivo del desarrollo del mismo, tiene su origen en que el precio de la vivienda nos está mostrando cómo está siendo la evolución de este sector. Además, para poder obtener una visión más cualificada, se están llevando a cabo análisis rigurosos para entender con más detalle el mercado de la vivienda.

En su tercera edición, dos temas han sido los protagonistas. Dentro del programa del Encuentro anual de preciosdevivienda.es. se ha conseguido dar respuesta a dos enigmas. En primer lugar, sobre lo que se espera de la evolución de los precios de 2020 y en segundo lugar, sobre el reto del primer acceso.

Es por eso, que Letradox® Abogados, no quiso perderse dicha jornada. Consideramos que el sector de la vivienda está cambiando y que por ello debemos conocer todas y cada una de las novedades.

Así pues, procedemos a hablar sobre dicho encuentro que se desarrolló en dos partes. En la primera parte, moderó la Corresponsal Económica de El Confidencial, Ruth Ugalde. Asimismo, asistieron como invitados los siguientes individuos:
– Ínigo Amiano: Consejero Delegado de KRATA
– Paloma Arnaiz: Secretaría general de la Asociación Española de Análisis de Valor.
– Alejandro Belchí: Analista principal del Instituto de Análisis Inmobiliario, EUROVAL.
– Ferran Font: Director de Estudios, Pisos.com
-Fernado Gutiérrez del Arroyo: Analista del Centro de Información Estadística del Notariado
-Ismael Kardoudi: Director de Estudios y Formación, de FOTOCASA

Durante esta primera parte, se trataron muchas problemáticas interesantes y actuales. Algunas de ellas, fueron el punto de mira del alquiler, así como, la compra de la vivienda. Ahora mismo, la crisis social está en la vivienda (impacto económico, legislación, comparativa con otros países… ).

El 90% de los millenials están solteros, no tienen hijos y, esto explica que vivan solos (con pareja, pero sin hijos) respecto de los “babyboomers”.

Este cambio social junto con la problemática de la despoblación, sueldos, estabilidad laboral, emancipaciones, divorcios, son factores que a largo plazo han modificado a largo plazo la situación de la vivienda.
Es por eso que, los expertos nos hablaron de las posibles medidas para poder dar respuesta a esta situación actual y futura.

Según la opinión mayoritaria de los ponentes, los precios tardan en ajustarse al panorama social. Hay que atender a los baremos que establecen organismos como el Banco de España o el BCE que está pensando en incluir la parte de vivienda a su punto de interés para ajustar la práctica monetaria. Asimismo, han puesto en boca las medidas a las que tienen que tender las políticas de vivienda y la importancia de las colaboraciones público-privada para facilitar los procesos administrativos.

Igualmente, se ha valorado la importancia de asentar las bases legales precisas para dicha situación. Así como, medidas para impulsar la descongestión del panorama actual como agilizar licencias. Es por ello, que será necesario, fomentar la oferta por lo que las Administraciones tienen que juntarse con los promotores públicos para así conseguir que no todas las viviendas sean de titularidad privada.
Es decir, la mayor parte de las viviendas la tienes los particulares (privado) y no hay casi nada público, por lo que hay que buscar medidas de seguridad y fiscalidad en relación al alquiler, oferta y demanda.

Se presentaron algunos datos del incremento del precio del alquiler. La subida general es del 3%, pero, en la práctica, el incremento depende de la zona. Por ejemplo, en Madrid y Barcelona la subida del alquiler es del 30%. Sin embargo, hay otras zonas como Levante o Andalucía cuya subida es mucho menor, del 5% o 10%.

Además, los ponentes de la primera mesa, terminaron con algunas conclusiones claras y precisas. Así pues, establecieron que el panorama actual está en un cambio de ciclo recesivo. Igualmente hay que contribuir con medidas políticas y públicas a que se fomente la activación de la actividad de compraventa de vivienda y de ese modo evitar su paralización. De esta manera, se empezará a generar un sentimiento de confianza que podrá superar el que hubo con la anterior crisis. Además, habrá de tener en consideración el panorama actual sobre cómo podría afectar al mercado la guerra comercial entre EEUU y China, el cambio del Euribor, legislaciones… .

Por otro lado, en el foro del primer acceso (segunda parte del debate), se trataron nuevamente temas relacionados con la situación de los jóvenes en relación a la subida de precios de los alquileres. Dicha imposibilidad, es un serio problema para el desarrollo del sector de la vivienda. A pesar de ello, en Europa, España es uno de los países con menos porcentaje de alquiler, esto también se debe a que la emancipación cada vez es más tardía.

Este debate fue moderado Javier Martín, Editor del Observatorio Inmobiliario y de la Construcción, y del cual participaron los siguientes sujetos:
– Aitana Alguacil, socióloga y trabaja en EAPN ESPAÑA
– Juan Antonio Gómez-Pintado, Presidente de ASPRIMA y Presidente APCEspaña
– Francisco Martín : Director General de Vivienda y Suelo, Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana.
– Javier Rodríguez Heredia. Presidente de la Comisión Residencial, ASIPA
– Carme Trilla. Presidenta, Observatori Metropolità de L’Habitatge de Barcelona.

Las conclusiones obtenidas han sido las siguientes. Por una parte, que ha habido un cambio de tendencia desde la crisis. Antes de ella, había un acceso a la vivienda más propicio debido a que había más créditos hipotecarios que se ofertaban .
Sin embargo, en el panorama social actual todavía no se ha dado una respuesta de información a esta situación ni desde el sector público ni privado. Y como consecuencia de la crisis las ayudas se han acabado. Se habla de la generación más preparada, pero con una condena en relación a que no tienen capacidad para poder emanciparse y eso se debe a la estructura que hay actualmente en el desarrollo del país.

Hay una estructura social que está siendo fallida y habrá que establecer medidas necesarias para solventar este problema. Sea en compra o en alquiler hay que dar soluciones ya que es una cuestión que ocurre en varios países (Francia, Italia… ). No obstante, si estos países han podido apostar por políticas más favorables para los jóvenes, en España se debería llevar a cabo un estudio y análisis para poder ver cómo tenemos que desarrollar estas medidas. Es un problema que no es homogéneo, pero, que por la propia tendencia demográfica se está desarrollando como un problema global que se está reflejando en el alquiler.

Lo que están diciendo los últimos datos es que la tendencia está tendiendo a ser más favorable. Esta situación se corrige para que siga una dirección de estabilidad a pesar, de arrastrar años difíciles. En el año 2019 se ha recuperado cifras que hacía muchos años que no se disponían. Existe una cierta estabilidad de que se está trabajando por un buen camino. Ha habido un incremento del 13% desde el 2018 en el sector de la construcción por lo que ese dato también es propicio para pensar que efectivamente el acceso de la vivienda se está facilitando mucho. En el caso de los desahucios y los lanzamientos, en este año 2019, en el segundo y tercer trimestre han disminuido.

Se ha considerado imprescindible, que desde las Administraciones públicas se impulsen políticas decididas en coordinación con Ayuntamientos y CC.AA. Que se encaucen las acciones con el fin de garantizar el derecho social y constitucional de una vivienda con una colaboración público-privada. Se necesita la cooperación de los organismos públicos y privados. Y que, las medidas que se pongan en marcha sean desde el fruto del diálogo y del consenso y que garanticen el máximo de acuerdos posibles.

No hay que olvidar que la vivienda es un derecho constitucionalmente reconocido y que los ciudadanos tienen. Y por eso, a través de esa ley de vivienda estatal, se persigue que se legisle hacia unas matrices que plasma el marco del derecho social. Esto es uno de los impulsos legislativos.

Desde Letradox® Abogados queremos agradecer a los ponentes que participaron por ofrecernos un plano más amplio y actual de la situación de la vivienda. Si necesita realizar alguna consulta o quiere que llevemos su caso en este sector, le atenderemos de una forma personal y con profesionalidad. Trabajaremos desde el esfuerzo y dedicación para lograr obtener los mejores resultados.

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