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HIPOTECA VERDE. POR LETRADOX ABOGADOS.

La concienciación con el medio ambiente es una realidad creciente. Incluso en ocasiones una necesidad como sociedad, por ello hasta el ámbito hipotecario se cierne sobre ello. Y por ello las hipotecas verdes son una realidad en auge.

La conciencia ambiental, por tanto, se traduce cada vez más en legislación y normas de acorde a esta mentalidad. De aquí nacen las hipotecas verdes.

Estas hipotecas verdes centran su atención, principalmente, en la manera en que consumimos energía. Todos hemos escuchado hablar del certificado de eficiencia energética. Así pues, cuanto mejor sea el resultado de la certificación, más ahorro reflejarán nuestras facturas.

Las hipotecas verdes tienen en cuenta la eficiencia energética de la vivienda para fijar las condiciones del préstamo. De modo que será más beneficioso el préstamo si se cuenta con una buena certificación. Para que esto sea posible lo que se hace es fijar los intereses en relación a la eficiencia energética.

Al margen de su importancia para suscribir hipotecas, que es lo que nos concierne, también es útil en alquileres. Y esto es así porque contar con esta información a la hora de contratar un alquiler permitirá hacernos una idea del gasto en energía necesario.

¿Qué ha hecho posible la aparición y desarrollo de estos créditos?. La principal respuesta es gracias al Plan de Acción sobre Hipotecas Energéticamente Eficientes. Este es un programa que desarrolló la Comisión Europea y en el que colaboran hasta un total de 37 entidades financieras. Estas entidades acumulan prácticamente la mitad de hipotecas firmadas en Europa. Más 23 organizaciones del sector inmobiliario. es decir, un total de 60 organizaciones forman parte.

Por tanto, estas hipotecas verdes buscan favorecer la compra de inmuebles energéticamente eficientes.

Este punto resulta interesante si lo relacionamos con el novedoso concepto de Certificación green. (Certificación verde en español).

Esta etiqueta, este certificado evalúa a los edificios en relación a su sostenibilidad. Esta metodología de edificación constituye una novedad social, cultural y sobre todo económica. Igual que personalmente cada vez hay más vinculación con el medio ambiente, lo hay con la construcción. Se evalúa lugar, calidad, recursos empleados y calidad técnica del inmueble. Esta etiqueta por tanto puede estar muy relacionada con la posibilidad de acceder a una hipoteca verde. 

Green Building Council España ofrece la posibilidad de acceder a esta certificación. Este tendrá reconocimiento a nivel europeo. Figuras homólogas reconocidas a nivel internacional son el BREEDAM Y LEED.

Conocidas estas figuras y volviendo a las hipotecas verdes. Las ventajas e las hipotecas verdes son muchas . En primer lugar, como se deducía en lineas anteriores, los intereses. Los intereses serán más reducidos y por tanto más beneficiosos para aquel que desee adquirir la hipoteca. Si es posible acceder a este tipo de hipotecas significará una mayor sostenibilidad reflejada en ahorro de importes de facturas. Se ha calculado que el ahorro posible de alcanzar ronda los 4.000 euros. De manera que además de reducir intereses su capacidad económica aumentará. En otras palabras, tendrá menos gastos y podrá hacer frente de mejor manera a la hipoteca. Y finalmente, que no menos importante, la protección medioambiental. Actividades a pequeña escalas como esta nos compromete con u deber social de mayor envergadura. 

Al fin y al cabo todo esto se desarrolla con el fin de crear un producto competitivo. Y además se realizan en un tiempo en el que las autoridades se suman a esta concienciación. La concienciación de una sociedad más verde.

Centrando el punto de atención en España. Antes de analizar exclusivamente la repercusión de este producto financiero en nuestro país analizaremos la situación inmobiliaria. 

En el tercer trimestre de 2018 los datos del observatorio de vivienda y suelo ha recogido los siguientes datos.

Se ha incrementado en un 10,3% las transacciones de viviendas escrituradas con respecto al mismo trimestre del año pasado. Es interesante que las transacciones de vivienda usada son diez veces mayores que las relativas a vivienda nueva. El precio de la vivienda libre también ha subido, concretamente un 3,2 % desde el mismo trimestre de 2017. Sin embargo, a disminuido el precio medio del suelo urbano hasta los 155 euros por metro cuadrado, 4,2 % menos.

En relación a los préstamos hipotecarios entregados para la adquisición de vivienda, han incrementado la contratación en un 10,2% con un a media de 125.000 euros por vivienda. La accesibilidad económica para adquirir una vivienda se mantiene al igual que los anteriores años en un incremento continuo desde 2015, hasta los 7,27 años de renta bruta. En conclusión, ese es el tiempo medio que ha de pasar para pagar su hipoteca. El esfuerzo teórico anual sin deducciones es del 32.1% de la renta disponible por hogar.

El índice general de precios de la vivienda, dato ofrecido por el Instituto Nacional de Estadística, refleja que desde 2014 el precio de la vivienda comenzó a subir y recuperarse progresivamente hasta que ha alcanzado, en el tercer trimestre de 2018, el valor de 120,5. Se recuperan así los índices de hace 6 años

Y hablando concretamente sobre contratos de hipoteca decir que.: La evolución de la relación entre el principal del préstamo y el valor de tasación del inmueble en porcentaje se sitúa en este tercer trimestre en el 65.9%. Es decir, ese es el valor de la casa que el crédito hipotecario tiende a cubrir de media. Y la cantidad de créditos que superan el 80% de tasación del inmueble ha ido en aumento correlativamente desde 2013 que sufrió una caída. Actualmente se cubre ese porcentaje en el 15.5% de los créditos que se han suscrito.

Conocidos estos datos del observatorio de vivienda y suelo toca centrarse en las hipotecas verdes. Porque aunque bien es cierto que están disponibles en nuestro país aún tienen una presencia tímida. Los promotores sin embargo no podrán obviarlo y así por ejemplos en muchos hoteles ya es una realidad. Al final será una manera de desarrollo del suelo y la zona. Y simultáneamente las leyes se irán haciendo eco de esta novedad a regular. Además, la nueva ley hipotecaria no parece que vaya a regular el registro de todo esto de manera muy clara.

De las sesenta organizaciones citadas que forman parte del plan europeo, siete son nacionales. (el Ayuntamiento de Madrid, la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI). Caja Rural de Navarra. Green Building Council España, Cohispania, Tinsa y Triodos Bank.)

Así pues desde Letradox abogados vemos muy interesante esta propuesta. Con muchas ventajas que ofrecer. Además al igual que con las convencionales hipotecas siempre estaremos a su disposición. Y del mismo modo siempre estaremos al lado de las novedades que se den, y más si suponen compromiso social. 

Letradox Abogados

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Abogados expertos IRPH

El IRPH. ¿Qué es y cómo se reclama? Sentencia del TJUE

EL IRPH. ¿QUÉ ES Y CÓMO SE RECLAMA? SENTENCIA DEL TJUE

La controversia acerca del índice IRPH en las hipotecas con intereses a tipo variable esta servida.

Las posiciones sobre el interés variable del IRPH han sido objeto de varias sentencias. Las posturas tomadas en las mismas no han sido pacíficas y han mostrado la dificultad del tema. Así mientras la Audiencia Provincial de Madrid considera abusiva y nula la cláusula que incluye este índice, el Tribunal Supremo la admite como válida. La incertidumbre queda patente con sentencias posteriores y contrarias a la del alto tribunal. Un ejemplo, la del 15 de enero del juzgado de Amurrio (País Vasco).

La abusividad de la cláusula podría ser declarada en base al principio de transparencia. Al tratarse de una condición general en el contrato, sería necesario, no solo superar el filtro de incorporación, sino de transparencia de la cláusula. La Audiencia Provincial la consideró abusiva y nula en base a este último filtro. No se informaba completa y adecuadamente al consumidor sobre la misma. Se oscurecía e imposibilitaba su completo entendimiento por su complicada naturaleza.

La información debida al consumidor sobre el IRPH y las consecuencias que ello debería tener son examinadas. Los hipotecados se quejan de que los préstamos referenciados al IRPH no superaban los controles de transparencia. Y esto se debe a que el índice se fijaba según los datos que manejaba el banco sin que el consumidor fuera informado de ello. Ni se le hubiesen mostrado cuadros comparativos de la evolución del IRPH respecto al EURÍBOR en los últimos años.

Frente a esta postura, el Supremo sentencia su validez. El control de transparencia por la jurisdicción civil en las cláusulas generales no se lleva a cabo sobre condiciones generales que reflejen disposiciones legales o administrativas. Este es el caso de la cláusula sobre IRPH.

Del mismo modo, entra en discusión sobre el mayor o menor beneficio de sustituir del índice IRPH por el del EURÍBOR. Tendiendo en cuenta que las hipotecas con referencia en el IRPH son en media más caras que el EURÍBOR. Concretamente, 1.000 euros al año en una hipoteca media de 150.000 euros a 25 años, según la OCU. Los índices empleados distintos del EURÍBOR suelen ser ciertamente faltos de transparencia en su cálculo. Además de fácilmente manipulables por los bancos.

El IRPH, como índice oficial, desapareció en 2013. Pero sigue vigente para las hipotecas firmadas anteriormente. Principalmente, en los préstamos hipotecarios a más de tres años para comprar vivienda libre. Y tuvo una gran comercialización entre los años 2006 y 2007, con el sector inmobiliario a pleno rendimiento.

Queda patente por tanto la dificultad del asunto en los tribunales, y por ello, es de vital importancia la futura sentencia que se espera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En espera desde la cuestión prejudicial elevada el mes de enero del pasado año.

El lunes 25 de febrero comienza la vista oral en el TJUE. Será esta sentencia la que finalmente disipe dudas y arroje luz sobre la cuestión. Y será conocida hacia la segunda mitad de 2019. A la espera de dicha sentencia, los bancos comienzan a negociar. Su propuesta: sustituir este interés variable por un tipo fijo. De esta manera podría subsanarse la posible cláusula abusiva pero ¿es lo más adecuado?. Subsanándose podríamos cerrarnos las puertas que el TJUE pueda abrir. Podríamos estar renunciando al reembolso de cantidades que no deberían haberse cobrado.

Mientras tanto, los bancos empiezan a hacer sus cálculos. Según Goldman Sachs, los costes para la banca se situarían entre los 7.000 y los 44.000 millones de euros. Sabadell, Unicaja, Bankia, BBVA, Santander y CaixaBank tendrían que hacer frente a un coste antes de impuestos de entre 4.600 y 29.249 millones de euros.

ADICAE considera que el resarcimiento del abuso del sector bancario solo puede ser posible por medio de la devolución íntegra para cada afectado. Y calcula que dicha devolución podría cifrarse en los 20.000 euros de media por hipoteca.

La Comisión Europea envió un informe al TJUE. Y consideró que el consumidor debe tener la información indispensable y necesaria antes de firmar cualquier contrato. Esto se traduce en que la cláusula de IRPH como índice de referencia sería nula en caso de no haber sido comercializada transparentemente. Las asociaciones de consumidores hablan de que la cláusula del IRPH debería tener el mismo tratamiento que la cláusula suelo.

A parte de la información, la Comisión Europea también recalcó y atizó a la interpretación de la justicia española. Recogida en la sentencia del Tribunal Supremo. Y aseguró que el IRPH no ofrece ninguna garantía de transparencia. Pudiendo llegar a ser abusivo.

La sentencia que dicte el TJUE será totalmente vinculante. Y puede corregir lo dictaminado por el Tribunal Supremo.

En cuanto a la postura del Estado. El Gobierno presentó un escrito ante el TJUE en junio de 2018, a través de la Abogacía del Estado. En él se posicionó en contra de la opinión de la Comisión Europea. Este dato debe cogerse con pinzas. Pues a pesar de que en aquel momento Pedro Sánchez ya era Presidente del Gobierno. Aún no había designado a Marco Aguiriano, socialista, al frente de la Secretaría de Estado para la UE. Órgano encargado de redactar las observaciones.

Dicho esto, las asociaciones de consumidores han solicitado al Gobierno que cambie su posición respecto al litigio. Que se sitúen en la opinión de la Comisión Europea o, al menos, se mantengan imparciales. Respetando la independencia judicial. Se ha llegado a formular en el Congreso de los Diputados una Proposición No de Ley en relación con esta iniciativa.

Esta situación, a la espera del fallo del TJUE, está provocando el aplazamiento de pleitos de nulidad. Es el caso de las Audiencias Provinciales de Guipúzcoa o Las Palmas. Otras, como las Audiencias Provinciales de Barcelona, Álava, o Vizcaya, continuan con sus respectivos asuntos.

Lo más recomendable hasta la sentencia del TJUE es no aceptar acuerdos precipitadamente. Y ser prudentes. Consultar a sus abogados sobre el asunto y esperar la resolución, el acuerdo podría no ser el más idóneo. Será la sentencia la que aporte soluciones definitivas. Y Letradox Abogados estará presente para asesorarle.

Para más información, consulte el siguiente video y visite nuestro canal de YouTube: LETRADOX ABOGADOS.