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Cambio en medidas familia crisis coronavirus. LETRADOX ABOGADOS

Cambio en medidas familia crisis coronavirus. LETRADOX ABOGADOS

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Tlfs: 912980061 / 645958948

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Cambio en medidas familia por crisis coronavirus. LETRADOX ABOGADOS

 

La crisis económica y social del coronavirus ha supuesto que muchas familias cuyos padres están separados, tengan que cambiar las condiciones económicas del divorcio o separación porque en el nuevo escenario no se pueden llevar a cabo.

Sucede por ejemplo en el caso de que uno de los progenitores haya sido despedido o sufra un ERTE.

También cabe la posibilidad de que la nueva realidad familiar suponga un cambio en las circunstancias, no solamente por aspectos económicos sino aspectos de guardia y custodia de los menores.

En todos estos casos y si se cumple la normativa civil de aplicación podemos instar un procedimiento de modificación de medidas. Para ello intentaremos siempre en primer lugar un acuerdo de los progenitores, y subsidiariamente, un procedimiento contencioso en el caso de que el acuerdo no sea factible.

También en el caso de que alguno de los progenitores haya sufrido por parte del otro algún tipo de violencia, se instará el procedimiento adecuado para la defensa de los derechos de la víctima.

En casos de violencia de género hemos llevado a cabo la defensa del acusado y otros casos de la víctima, con buenos resultados para nuestros clientes.

Por tanto, siempre que hay situación de crisis familiar, ya sea por conflictos familiares económicos, de convivencia o de malos tratos, es necesario contar con un asesoramiento jurídico adecuado e iniciar los trámites legales para intentar cuanto antes paliar la situación.

Hemos realizado a lo largo de todos estos años desde la apertura del despacho, una serie de vídeos en materias de familia de interés que pueden ver en nuestro canal de Youtube: LETRADOX.

Gracias por su confianza en todos estos años.

Desde Letradox hemos implementado el teletrabajo desde el principio de la situación de estado de alarma decretada en España por la pandemia del coronavirus. por tanto estamos siempre disponibles.

En esta ocasión no presencialmente, hasta que hacerlo sea seguro, sino mediante el teletrabajo y el email info@letradox.es para sus dudas.

 

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Coordinador de Parentalidad y el Derecho de Familia

Coordinador de parentalidad y la relación con el Derecho de Familia. 

 A través de este post conoceremos la figura del  Coordinador de Parentalidad y  la forma de relacionarlo dentro  del Derecho de Familia

Cuando tratamos procesos judiciales relacionados con el ámbito familiar, es decir, todo lo relativo al Derecho de Familia, (divorcio, separación,  adopción…)  la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil) los considera procesos civiles “especiales”. 

Dicha característica se debe a que dichos procesos  presentan unas peculiaridades distintas que les distinguen de otros propiamente civiles.

Y es que, la particularidad en todos estos procesos civiles, es la propia existencia de un vínculo de parentesco (paterno-filial) o bien emocional (en el caso de los cónyuges) entre las partes.

Tristemente, día a día se van elevando el número de este tipo de procesos.

Así pues,  resulta necesario la confección de nuevos “medios” o “mecanismos” que den una solución a los mismos.

Ya en el año 2005, en Estados Unidos, surgió por primera vez una nueva figura conocida como “Coordinador de Parentalidad”, y  poco a poco se está implantando en España (2013).

Su principal  objetivo es el de reducir la conflictividad que pueda surgir en las crisis tanto de familia como de pareja. 

El  nacimiento de esta figura es el de  que cuando tratamos supuestos de alta conflictividad parental, el juez de familia puede encontrarse en la tesitura de no encontrar instrumentos judiciales que hagan eficaz lo dictaminado en la sentencia.

Por ello,  se ha establecido, en lo relativo al Derecho de Familia, la creencia de que, los procedimientos judiciales, no resultan ser los mecanismos esperados para solucionar  este tipo de conflictos.

Es por ello que, podríamos denominar al “Coordinador de Parentilidad” como el “auxiliar del juez”.

Además, también encontramos otras figuras o instituciones que liberan y respaldad la tarea del juez como:   los Puntos de Encuentro Familiar (PEF), los Centros de Apoyo a la Familia (CAF), los Centros de Atención a la Infancia (CAI),  los Servicios de Orientación Familiar o terapias y otras ayudas del mismo tipo.

En definitiva, podríamos resumir que esta figura se trata de un método alternativo.

Este mismo,   permite construir y dar soluciones constructivas dentro de los procesos de ruptura familiar, incluyéndose entre ellos, la mediación, el derecho colaborativo y la coordinación de Parentalidad.

Si necesitas más información sobre el Coordinador de Parentalidad, LETRADOX®ABOGADOS, te informa de todo lo que necesites. Resolvemos tus dudas con la mayor aclaración y facilidad posible.

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