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Aspectos legales de los e-sports. Letradox® Abogados

Aspectos legales, e-sports. Letradox@Abogados

Los e-Sports suponen a día de hoy una realidad con dificultades en el mundo jurídico. Afectan a múltiples áreas del derecho como el mercantil y civil (la propiedad intelectual), fiscal o del trabajo. 

Por lo que, a día de hoy supone un reto jurídico de primer orden. 

Podríamos señalar que los e-sports parten del sector del juego, ya que concretamente, nacen de los videojuegos. De esta forma, pasan a ser un espectáculo de masas que se van comunicando por los las redes y medios actuales. 

Por lo que, será necesaria una adecuada regulación. El fin es facilitar el desarrollo de dicha actividad con el objeto de que se promuevan como un foco de talento. Además, pequeños cambios pueden propiciar a un mayor desarrollo de los mismos. Por el contrario, en el caso de que se realicen malas alteraciones o cambios en la ley podrán dificultar su prometedor futuro. 

Asimismo, será necesario el trabajo común de varios profesionales de varios sectores como: el audiovisual, legal y deportivo. La pretensión principal es la de lograr un mayor crecimiento y concepción para que sea aceptado por la población y vaya aumentando su relevancia social. 

Profesionales del sector han considerado que en lo referente al mercado laboral de las relaciones entre jugadores, representantes y clubes, podrían mejorar. 

En este sentido, la regulación de los e-sports podría ser más beneficiosa. Por ejemplo, se podrían aplicar las mismas leyes laborales que a los deportistas profesionales. 

Además, a los e-sports les beneficiaría enormemente tener una asociación profesional para que representase sus intereses. La figura del representante, podría ayudar bastante a dichos jugadores. En este sentido, podría hacerles ser consciente del valor que tienen ellos en el mercado para mejorar y negociar los salarios. 

Desde el ámbito de la propiedad intelectual e industrial, lo más apropiado jurídicamente sería hablar de derechos de imagen de los propios eGamers. Aún así, se trata de actividad que se encuentra situada en un vacío jurídico. Por lo que, lo más conveniente sería regular este sector, ad hoc, con el fin de clarificar dicha situación. 

Actualmente, España se posiciona como uno de los países de su entorno con más penetración en el consumo de los videojuegos. Concretamente se encuentra posicionado como el noveno país del mundo, por realizar ingresos en esta industria del videojuego. 

Tal es así que cuenta con la competición más grande a nivel a nivel europeo. Además, en el  territorio español, se encuentran asentadas las franquicias internacionales más importantes de este sector. Asimismo, se han ido celebrando en nuestro país importantes eventos que incluyen los e-sports. Por ejemplo, eventos anuales como la Madrid Games Week o Tenerife LAN Party. Otros más concretos como los de la League of Legends Champions Series

Hoy en día, el único país de Europa que ha regulado los e-sports es Francia. Lo ha hecho por medio del Decreto nº 2017-8712017; y hace referencia a la “Organización de Competiciones de Videojuegos”. 

Sin embargo, este hecho, no se traduce en que estemos en una situación de un mercado ilegal. Sino que al encontrarnos con un sector aún incipiente, para regular las cuestiones acude al derecho general. Es decir, al derecho mercantil, civil, laboral y fiscal.

Así pues, podríamos resumir que el debate, en todo lo que hace referencia a la regulación en lo siguiente. O bien, que los e-sports pasen a tener su propia regulación específica. O por el contrario, que para resolver las cuestiones que puedan surgir se combine dicha autorregulación con el derecho general. Asimismo, sería necesario dotar de una estructura jurídica adecuada a las relaciones establecidas entre los equipos y los organizadores. 

Desde Letradox®Abogados, nos consideramos como un factor de impulso en el desarrollo de la industria de los videojuegos. Estamos a tu disposición con cualquier duda que puedas tener. Ofrecemos asesoramiento y un trabajo profesional y de confianza. 

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ABOGADOS PARA ACCIDENTE DE TRABAJO. MADRID , ALCALÁ DE HENARES

Abogados Accidente de trabajo, Madrid, Alcalá de Henares y toda España. LETRADOX 

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¿Que es un accidente de trabajo? Un accidente de trabajo queda descrito en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social, consiste en “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.
Un accidente de trabajo puede sufrirlo tanto una persona que trabaja por cuenta ajena, un trabajador autónomo (persona que trabaja por cuenta propia), y las empleadas de hogar.
Se deben dar dos requisitos esenciales para que estemos ante un accidente laboral, son los siguientes:
    Debe de tratarse de una lesión corporal, como dice la ley. Una lesión corporal es todo daño o menoscabo corporal que ha sido provocado ya sea por una enfermedad, una herida o un golpe.
    Este accidente debe producirse debido al trabajo, es decir, debe de haber una relación directa de causalidad entre la lesión y el trabajo.
Si se cumplen estos dos requisitos estamos ante un accidente de trabajo.
Existen varios supuestos tasados por la ley, que son accidentes de trabajo, estos supuestos son:
Accidentes provocados por la realización de tareas dentro del ámbito laboral, estas tareas pueden ser las habituales que realice el trabajador, como diferentes a las habituales (art. 115.2c LGSS)
Los accidentes que se han producido durante la jornada laboral y en el lugar donde se realiza el trabajo son considerados accidentes laborales, sin embargo, cabe prueba en contrario, es decir, que se podría demostrar que pese a sufrir este accidente en el lugar y el centro de trabajo no tiene nada que ver con él.
Accidentes denominados “in itinere”, estos son los accidentes que tienen lugar tanto al ir como al volver del trabajo, pero no debe haber interrupciones entre el trabajo y el accidente, y debe emplearse un itinerario habitual.
Accidentes que se han sufrido por el trabajador al seguir el mandato del empresario, para realizar su tarea.
Los accidentes que sufren los trabajadores en el tiempo que tienen para sus actividades sindicales también se consideran como accidente laboral.
Las enfermedades provocadas por el trabajo, estas enfermedades deben relacionarse de forma verídica con el trabajo realizado por el trabajador, o las enfermedades agravadas por el trabajo son consideradas también como accidente laboral.
Pueden ser considerados como accidente laboral, aquellos accidentes por los cuales se hayan producido debido a un error o delito del empresario, de un compañero de trabajo o de alguna persona la cual este ligada a la empresa de alguna forma.
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