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Reclamaciones patinetes y nuevos medios de movilidad. Letradox Abogados

RECLAMACIONES PATINETES Y NUEVOS MEDIOS DE MOVILIDAD. LETRADOX ABOGADOS

La movilidad o la forma de desplazarse del ser humano ha ido evolucionando a lo largo de la historia. Hemos inventado y reinventado formas de desplazarnos desde el principio de los tiempos.

En ocasiones, estas formas de desplazarse han venido de la mano de la invención del hombre. El coche, el tren, el barco de vapor o el avión son algunos de estos métodos. Otras veces, hemos acudido a los seres vivos para movernos a una mayor velocidad de lo que nos permiten nuestras piernas. Montar a caballo, en elefante. Subir a un trineo tirado por huskies.

Hoy en día. La falta de recursos económicos y la conciencia y respeto por el medio ambiente han cambiado esta situación. De tal modo que los ciudadanos han buscado formas de desplazarse más acordes con su bolsillo y menos agresivas con el medio ambiente. Una de estas formas es el patinete eléctrico, que tanta polémica ha suscitado últimamente.

El patinete eléctrico forma parte de lo que se conoce como vehículos de movilidad urbana (VMU). El Ayuntamiento de Madrid aporta una definición de los mismos. “Plancha montada sobre dos o tres ruedas y una barra terminada en un manillar que sirve para que los peatones se desplacen”.

El patinete eléctrico ofrece una forma de desplazarse por la urbe bastante cómoda. Sin embargo, cuenta con ciertos contratiempos de carácter legal. La DGT, aun no habiéndose establecido una norma marco para regular la circulación de estos vehículos. Considera el patinete eléctrico un vehículo de movilidad personal (VMP).

Se ha establecido que la normativa de circulación de estos vehículos corresponde a los ayuntamientos. A pesar de esto, son pocos los ayuntamientos que han legislado sobre la materia. Dejando considerables vacíos legales en la circulación de los patinetes. La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial considera el patinete eléctrico como un vehículo, pero no como un vehículo a motor.

En Madrid. La Ordenanza de Movilidad Sostenible regula la circulación de estos vehículos en la capital. Esta norma exige que el conductor del patinete tenga como mínimo la edad de 15 años.

También prohíbe la circulación con uso de auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido. Y la circulación con tasas de alcohol superiores a las establecidas en la normativa general de tráfico. O bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

El Ayuntamiento de Madrid también prohíbe la circulación por las aceras de los patinetes. O aquellos espacios reservados a los peatones, carriles bus y accesos o tramos no semaforizados de la M-30. Cabe tener en cuenta que este medio puede alcanzar velocidades de más  de 30 km/h.

Antes de la entrada en vigor de la Ordenanza, los patinetes podían circular por las aceras en Madrid. Esto provocó las quejas de parte de la población. Sobre todo tras la muerte de una anciana de 90 años el mes de agosto de 2018, atropellada por uno de estos vehículos. El suceso tuvo lugar en la Localidad de Esplugues de Llobregat.

Sin embargo, la circulación por la calzada está permitida en varios supuestos. Calles de prioridad peatonal, viales de Áreas de Acceso Restringido. También pistas bici, ciclocalles y carriles bici. O aceras bici, sendas bici, calles integradas en Zonas 30. Y calles en las que los carriles dispongan de velocidad igual o inferior a 30 kilómetros por hora. En todos estos supuestos, el matiz lo encontramos en que la velocidad se limita a que sea igual o inferior a 30 km/h.

La casuística ha hecho que se adopten medidas de este tipo. Al igual que otras, también recogidas en la Ordenanza municipal de Madrid. Como la obligación de que los patinetes estén equipados con el timbre, las luces y los elementos reflectantes homologados. O como el casco obligatorio para menores de 16 años.

En cuanto al tema de la responsabilidad civil. Los patinetes o VMU destinados a la realización de actividades económicas deben contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio. También deben circular en grupos de 8 personas como máximo y llevar el casco en todo momento.

Si estuviéramos ante vehículos de alquiler y uso compartido. Estos deben contar también con un seguro de responsabilidad civil obligatorio.

Es posible apreciar que los ayuntamientos aplican y aplicarán restricciones. Las cuales son favorables para el uso de estos transportes alternativos pero con responsabilidad y conciencia.

Otra forma de transporte que está teniendo éxito en estos tiempos es el coche compartido o carsharing.

La fórmula de carsharing resulta ciertamente efectiva para la descongestión vehicular en las ciudades y contra la contaminación ambiental y acústica. A parte de otra serie de ventajas.

Sin embargo no todo el monte es orégano en el carsharing. Las asociaciones denuncian que la mayoría de los vehículos se concentran en ciudades como Madrid y Barcelona. Lo que reduce considerablemente el número de usuarios. Al no haber una expansión del servicio a otras ciudades de la geografía española.

A raíz de esto, las asociaciones piden una mayor intervención de las administraciones públicas. Con el fin de desarrollar una estrategia para introducir estos medios de transporte en ciudades con una población superior a los 100.000 habitantes.

Esta forma de transporte también lleva consigo peculiaridades en el ámbito de la responsabilidad civil. En caso de accidente, el usuario culpable ha de hacer frente a la reparación del daño hasta cierto límite. En muchas de las empresas de carsharing el límite lo sitúan en los 500€. A partir de dicha cifra responde el seguro.

Otro problema en este aspecto surge cuando acusan al usuario de desperfectos en el vehículo sin ser ocasionados por el mismo. Lo que sitúa a muchos ciudadanos a las puertas de un litigio con la empresa de carsharing.

Las nuevas tecnologías y la conciencia de la ciudadanía con el medio ambiente están cambiando la forma de entender la movilidad. Pero estos cambios pueden acarrear en más de una ocasión un susto legal. Para ello, es necesario contar con el mejor servicio legal a nuestro alcance, es necesario Letradox Abogados. El despacho especialista en nuevas tecnologías. Ofrecemos nuestro asesoramiento legal para resolver todos tus problemas. Sin que tengas que preocuparte por nada. El mejor servicio legal a tu alcance.