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Nuevo Decreto-Ley en materia de alquiler

Nuevo Decreto-Ley en materia de alquiler

Si esta pensando en alquilar una vivienda desde Letradox Abogados le aconsejamos que realice el contrato a partir del día 19 de diciembre. Pues el 19 de siembre entrará en vigor el nuevo Decreto-Ley que regula los alquileres.

Este nuevo Decreto-Ley conlleva algunas modificaciones a la hora de realizar los contratos. Estas novedades son:

En los contratos se ampliará la prórroga obligatoria que pasará de tres a cinco años. Y en el caso de que el arrendador sea persona jurídica sube hasta 7 años. También sube los años de las prórrogas tácitas que subirán de un año a tres, también en las personas jurídicas será de tres años.

Con la fianza también hay cambios. Se limita el máximo exigido a dos mensualidades, salvo en contratos de larga duración.

Los alquileres turísticos estarán supeditados a lo que el resto de propietarios del inmueble diga. Es decir si los vecinos logran una mayoría de las 3/5 partes de la comunidad podrán prohibir el uso turístico de la vivienda. Además si la vivienda se convierte en turística deberá contribuir en la comunidad con ciertos limites. 

Otro cambio es la actualización de las rentas. Se revisará anualmente y en los términos pactados por las partes. Si no hay pacto expreso no habrá revisión.

Además también establece como proceder en los desahucios. Facilitaran la adopción de medidas para los casos en los que las familias tengan menor capacidad económica. También mayores cargas familiares. Se establecerán tramites y plazos que ofrezcan mayor seguridad jurídica para ambas partes. 

Por ello desde que se reciba el informe con la situación de vulnerabilidad e interrumpirá el plazo un mes si es persona física y dos meses si es jurídica.

La fiscalidad también se aborda. Se establece que el impuesto AJDYTP estará exento en los contratos de alquiler para vivienda de uso estable.

Además el IBI se elimina que repercuta sobre el arrendatario en el alquiler social.

Por último informaros también de que estas medidas si no se convalida por el Congreso el decreto en los 30 días siguientes al 19 de diciembre. Se restablecerá la situación anterior.

En conclusión si quiere alquilar una vivienda contacte con Letradox Abogados. Estaremos encantados de poder ayudarle a que consiga su vivienda.

Letradox Abogados

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Todas las claves del ALQUILER TURÍSTICO / PISO TURÍSTICO. ABOGADOS LETRADOX

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ALQUILER TURÍSTICO / PISO TURÍSTICO.
ABOGADOS. LETRADOX
Los pisos turísticos o alquileres turísticos han experimentado un gran auge así como la necesidad de contar con un abogado especialista para los problemas que puedan surgir. Por ello, en este artículo LETRADOX ABOGADOS expone unos consejos básicos sobre alquiler turístico o piso turístico que vendrán muy bien a nuestros lectores.
 
El alquiler turístico es una actividad que se encuentra muy popularizada en las principales ciudades turísticas del mundo. Se trata del alquiler de apartamentos por días o semanas a los turistas. Esta actividad se ha visto incrementada en los últimos años debido a que las familias para  generar algunos ingresos extras, alquilan habitaciones o directamente viviendas completas a turistas para que visiten la ciudad donde se encuentra la vivienda.
En Junio de 2013 se produjo una modificación en la Ley de arrendamientos urbanos (LAU), es una modificación para que el arrendador y el arrendatario puedan regular su relación contractual en base a un contrato de temporada (regulado por la LAU) o en un contrato basado en el Código Civil.
Para que sea un contrato basado en el Código Civil, se deben de dar una serie de circunstancias, expuestas en el artículo 5 de la LAU. En el caso de que alguna no se llegue a dar, se regulara como un contrato de temporada. Estas circunstancias son:
    Cesión temporal de la vivienda
    Cesión de la totalidad de la vivienda. Por lo que, en los casos de cesiones parciales de viviendas (alquiler de habitaciones) se deben regular por un contrato de temporada de la LAU.
    Las viviendas alquiladas deben de estar amuebladas y equipadas para un uso inmediato.
    La vivienda alquilada debe de encontrarse publicitada en algún tipo de oferta turística, en la actualidad internet es el medio más utilizado.
    El arrendador debe de tener una finalidad lucrativa.
    La cesión de la vivienda debe encontrarse regulada en el régimen turístico de cada Comunidad Autónoma.
El alquiler turístico no es una se encuentra regulada por una norma estatal, sino que son cada una de las 17 Comunidades Autónomas las encargadas de establecer un reglamento. Por lo que si queremos saber si podemos alquilar una vivienda a los turistas debemos de dirigirnos a la normativa de nuestra Comunidad Autónoma.
Dependiendo de la Comunidad Autónoma, estaremos ante una regulación completa, parcial o inexistente.
Existen CCAA en las que se ha optado por no regular ni específicamente ni generalmente el arrendamiento de viviendas turísticas, por lo que en este caso estaremos ante un acto jurídico privado entre arrendador y arrendatario, por lo que no se deben cumplir requisitos administrativos, y regulado por el contrato de temporada de la LAU.
Otras CCAA, tiene una ley general del turismo pero no un decreto que regule las viviendas vacacionales. En este caso existen intereses enfrentados, entre las CCAA y los arrendadores,., las CCAA podrán sancionar a quienes alquilen viviendas vacacionales sin presentar la declaración responsable
Las CCAA que tiene la ley general del turismo y un decreto que regule las viviendas vacacionales son que tienen una normativa reguladora completa. Por lo que el arrendador debe de cumplir las normas que establece la norma de la CCAA.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
¿Qué es un alquiler turístico?
El alquiler turístico consiste en el alquiler de apartamentos por días o semanas, se trata de una actividad en auge durante los últimos años y en los principales destinos turísticos.
¿Son ilegales los alquileres turísticos?
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a través de la jurisprudencia establece que no puede concluirse que el alquiler turístico suponga una actividad contraria a la convivencia normal de la comunidad de propietarios, para ello se deben de dar una serie de conductas o actuaciones incivicas, que deberán analizarse caso por caso.
Entonces, ¿Puedo alquilar mi casa con fines turísticos?
Es cada Comunidad Autonoma quien dicta la normativa sobre los alquileres turísticos. Hasta mayor de 2013 había muy pocas autonómias que ponían limites a los Arrendamientos Urbanos, sin embargo, de un tiempo a esta parte, la mayoría las comunidades comienzan a regularlo.
Existen CCAA donde no se tiene regulación, otras donde se regula de forma parcial, y otras con s regulación turística completa.
Por lo que dependiendo de donde se encuentre la vivienda, se utilizara la legislación correspondiente. Para estar seguro puede consultar con Letradox abogados, expertos en la materia, y estaremos encantado de resolverle sus dudas.
¿Existe alguna ley estatal que regule los alquileres turísticos?
En Junio de 2013, se produjo una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por los cuales no haría falta un contrato de temporada siempre que se cumplan una serie de situaciones:
    Cesión temporal
    Cesión total de la vivienda
    Viviendas amuebladas
    Que se haya ofertado esa vivienda
    Que el arrendador tenga finalidad lucrativa
    Regulada por cada CCAA.
Si cumplen estos requisitos, el contrato se podrá regula según el Código Civil en Materia de contratos.
¿Tiene alguna duda? ¿Necesita un abogado experto en alquiler turístico o piso turístico? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hacer por usted. tlf. (+34) 645958948 / 912980061 o bien envíenos un email a info@letradox.es.
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
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La compra de un inmueble siempre lleva acarreada una serie de cuestiones muy importantes, las cuales es preciso conocer de antemano para evitar sorpresas.
Si usted quiere comprar o vender un piso, solicite información sin compromiso acerca del asesoramiento legal que el despacho de abogados LETRADOX le puede proporcionar.
Aspectos como los gastos que lleva acarreada la operación, el acuerdo previo de contrato de arras o los trámites posteriores a la formalización del contrato, son trascendentales.
Algunas de las preguntas que nos suelen plantear nuestros clientes y que son muy frecuentes son:

 

 

¿Qué gastos conlleva una compraventa de un piso?

 

¿Quién debe satisfacer los gastos de compraventa del piso?

 

¿Qué es el contrato de arras y qué ventajas e inconvenientes supone?

 

En caso de venta de un inmueble ganancial, ¿Se paga plusvalía?

 

¿Qué impuesto y a qué tipo tributa la venta de un piso?

 

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