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TECNOLOGÍA FINANCIERA: EL FINTECH Y  EL INSURTECH. LETRADOX® ABOGADOS

Con el crecimiento de los sistemas de financiación por medio de internet, se han creado diferentes modelos de negocio “fintech”. Y es que, estos nuevos modelos, tienen como objetivo favorecer y facilitar las operaciones económicas relativas de la empresa. Además, de las propias actividades realizadas por corporaciones, e individuos por medio de plataformas de  tecnología financiera. 

¿Qué es Fintech?

Fintech es un término anglosajón que nace la unión de Finance y Technology. Esto, traducido al español hablaríamos de : tecnología financiera. 

Hace referencia a empresas que ofrecen  a sus clientes productos y servicios financieros de sobresaliente innovación, por medio del uso de las tecnologías de las TIC’s (Tecnologías de la información y la comunicación). 

La pretensión de estas startups es de emplear la tecnología financiera tanto para: 

  • reducir los costes 
  • Simplificar  los procesos 

El objetivo es  conseguir un resultado donde el servicio que se ofrece a través de Internet sea eficiente para el usuario. Y que al mismo tiempo, reduzca las  comisiones en relación a los sistemas anteriores. 

Con todo ello, podemos señalar que Fintech, hace referencia a la unión entre tecnología y finanzas. Persigue, crear servicios financieros que resulten fáciles de contratar y de  entender. Asimismo, en relación al precio, busca que sea asequible para que puedan acceder mayor número de personas y empresas (inversores y prestatarios).  

Existen varios tipos de Fintech, según las distintas ramas financieras. 

En primer lugar, hablaremos de la Financiación de particulares y empresas. Así pues, se trata de un conjunto de empresas cuyo trabajo está dirigido tanto al apoyo como asesoramiento financiero de las PYMES. Esto se realizada a través de páginas web  especializadas. 

En segundo lugar, señalamos la Transferencia de fondos. Esto quiere decir que se trata de empresas que han conseguido romper y traspasar las barreras del monopolio de los Bancos. De esta manera, han conseguido crear mecanismo de transacción de dinero más beneficiosos: menores costes. Algunos de ellos son por ejemplo: Flywire, Kantox y Transferwise. 

En tercer lugar, presentamos el Asesoramiento financiero y en inversiones. Este tipo de Fintech también se conoce como Robo Avisor. Se ha empleado la tecnología necesaria para permitir automatizar los procesos de asesoramiento financiero tanto a usuarios privados, startups y PYMES. Esto ha propiciado que inversores con menos recursos hayan podido encontrar su lugar debido al abaratamiento de los costes y la eliminación de comisiones por asesoramiento. Por lo tanto, se ha conseguido pagar solo por contratar el servicio sin perder tiempo. 

Otro de los Fintech, que presentamos son los conocidos Pagos y Cobros por medio de Smartphone y dispositivos móviles. Usar las apps para enviar y recibir dinero de forma rápida, cómoda y sencilla, se ha vuelto una práctica muy extendida en los últimos años. 

Además de los presentados, son multitud los Fintech que podemos encontrar. 

De esta manera, también encontraremos la Inversión (para que el individuo invierta recursos económicos en negocios y empresas) o las Finanzas personales. Estas últimas funcionan a través de las apps. Su función es la de facilitar la comprensión de las cuentas a los usuarios: tanto los ingresos como los gastos, tesorería, domiciliación… . Es decir, informarles de las cuentas y los movimientos realizados. 

También hablaríamos de la Distribución de Productos Financieros. Este tipo de Fintech se basan en agregar la oferta que está presente en Internet. Básicamente presenta de una forma clara y sencilla la información. 

El fin es encontrar las ventajas e inconvenientes de la oferta presente en el mercado en función a unos parámetros comunes. Hablaríamos de Comparadores Financieros, Comparadores de Lending, Comparadores de Depósito y Agregadores de Oferta Inmobiliaria. 

Otro tipo de Fintech serían los Préstamos. Con la llegada de la crisis los Bancos endurecieron considerablemente las condiciones a los clientes para acceder a ellos. Sin embargo, en los últimos años han aumentado las startups, que han ido rellenando huecos dejados por los Bancos. 

Se han confeccionado distintos tipos de modelos de negocios. Así pues, encontramos los Préstamos P2P (préstamos que ofrecen individuos naturales sin que intervengan los Bancos o agencias de crédito) ; 

El Crowdlending; se financia a las empresas, proyectos o individuos por medio de varios inversores en lugar de por un único inversor. Hablaríamos de una comunidad financiera sin necesidad de acudir al Banco. Por último, dentro del Préstamo hablaríamos del Crowdfunding. Se trata de una red de financiamiento colectivo, online, que se sustenta en donaciones económicas. Este, consigue financiar un determinado proyecto a cambio de recompensaciones altruistas. 

Con todo ello, señalar otros más como: la Financiación en Venta, el Minicrédito y el Microcrédito. Así como, las Divisas, el Bitcoin/ Blockchain, el Equity Finance, Desembolsos, Asesorías o los Neobanks y Challenger Banks… . 

La característica principal de estos últimos es que se trata de entidades bancarias de tamaño mucho más reducido que los bancos tradicionales. Sin embargo, trata de ofrecer un servicio de mejor calidad y precio. Además, la mayoría de estas compañías no tienen establecimiento físico (sucursales) y se centran en dar una experiencia a través del móvil.

Cuando hablamos de los Minicréditos hacemos referencia a los minipréstamos de los que se puede disponer rápidamente. Sensu contrario, cuando nos referirnos a los microcréditos señalamos los préstamos que pueden realizarse a  un individuo o un colectivo para efectuar el desarrollo de algún proyecto. 

Por su parte, la popularidad de las Divisas y el Bitcoin está ascendiendo considerablemente. 

Una divisa es una moneda que se emplea en diferentes países ajenos del lugar del que procede. En la actualidad el cambio de divisas es un método de inversión más empleado en los mercados financieros. Este, se rige por las situaciones económicas que vive cada país; por lo que el cambio de cotización de divisas va a estar directamente influenciado por el crecimiento económico que se produzca en el país de origen de dicha divisa. 

En referencia al Bitcoin/ Blockchain añadiremos lo siguiente. 

El Bitcoin es una moneda virtual e intangible, pero, que puede utilizarse como forma o método de pago. Los Bitcoin aumentan o disminuyen de nuestra cuenta según los movimientos que realicemos (ingresos o gastos). La principal diferencia existente, es que, con el Bitcoin no se puede monetizar como tal, por ejemplo, retirar dinero del cajero. 

Toda la red de Bitcoin, se encuentra compartida en la contabilidad pública Blockchain o cadena de bloques. De esta manera, se puede calcular el gasto y las nuevas transacciones efectuadas con los Bitcoin.

El siguiente gran desafío de esta industria es la regulación y supervisión del Fintech. 

Hay que encontrar un nuevo estándar que otorgue seguridad y funcionamiento a esta nueva industria financiera. El ritmo de implementación en nuestro país es de los más lentos de Europa, estando a la cabeza Gran Bretaña. 

Cuando hablamos de la regulación, definimos las reglas por medio de las cuales operan las entidades. En este sentido, decimos qué pueden o no hacer, cuál es el capital mínimo, la liquidez, transparencia y las reglas y control en general. 

Debemos tener en cuenta que el juego es global. Una plataforma bien desarrollada puede competir en igualad de condiciones. Por lo tanto, España debe hacerlo bien, con una nueva perspectiva ya que sino volveremos a quedar fuera de toda esta nueva industria. 

A día de hoy, todo es una incógnita; ya que legalmente únicamente encontramos la Ley 5/2015 que regula las “Plataformas de Financiación Participativa”, en la que la actuación del Banco de España y la CNMV ha sido ínfima. Y el Anteproyecto de Ley, el cual  no propiciaba el empuje de dichas plataformas.

A la par, puede verse afectada por otras normativas que afectan en gran medida a este tipo de startups:

-El Procedimiento de Identificación de Clientes (KYC, del inglés Know Your Customer).

-La Comunicación de Operativas Sospechosas por Indicio (SAR, del inglés Suspicious Activity Report).

-La Ley del Mercado de ValoresLa Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (LPBC/FT) o Anti-Money Laundering (AML).

-Ley de Protección del Consumidor.

-La Normativa SEPA. 

Por lo tanto, la regulación debería llevar un enfoque heurístico. Que haya diferentes perfiles técnicos y que vayan más allá del experto en supervisión financiera. 

Consejos para invertir en Fintech. ¿Qué nos debemos preguntar ?

En primer lugar, para invertir en Fintech se tiene que tener en cuenta reglas básicas sobre cómo invertir en el sector de la tecnología financiera. 

Por lo tanto, resulta imprescindible conocer:

  • la rentabilidad que voy a obtener y generar
  • El posible riesgo que existe de perder el capital que se ha invertido. Es decir, si existe riesgo o no de perder capital. 
  • Por último, debemos de conocer cuál es el grado de liquidez que tiene el producto que voy a contratar. Asimismo, saber cuándo se puede recuperar la inversión y a qué coste. 

Resulta interesante conocer empresas españolas que se dedican al Fintech tales como:

-Kantox, Arboribus, Deudae,Wallo, Captio, Fintonic, Lanzanos, Askrobin, Zank, Captio, Exxacta, Ecrowd… . 

Hemos hablamos en un primer bloque sobre qué es el Fintech. 

Ahora bien, en segundo lugar, procedemos  a señalar qué es el  Insurtech. 

Para aquellos que no conozcan el término, Insurtech se refiere al fenómeno de startups que están innovando el modelo de  negocio de los seguros , haciendo uso de la tecnología. 

Es cierto que  este nuevo término que presentamos es mucho más reciente que el Fintech. Pero su presencia cada vez resulta más necesaria ya que la industria de los seguros tienen muchas características que tanto las empresas de startups como de capital de riesgo van buscando. 

Hasta los últimos años, los entornos macroeconómicos benignos y los ingresos por inversiones han cubierto la disminución de la rentabilidad subyacente y, por lo tanto, no se ha sentido una fuerte necesidad de cambio.

Entre tanto, ha habido muy pocas interacciones significativas con el cliente, por lo que, la falta de centralización del cliente ha sido muy reducida. Además, la industria ha resultado ser muy ineficiente. Todavía se depende de procesos manuales. Si bien para las nuevas empresas sigue siendo un desafío que se considera que puede ser superable y conllevar gran éxito. 

Por lo que estas situaciones se pueden acoger como una gran oportunidad con la que se logre una mejora de atención a las necesidades tanto de los clientes como de mejora de eficiencia de la industria. 

¿Dónde se encuentran más presentes y activos los Insurtechs?

Hace unos años se encontraban en Estados Unidos, ya que se trata de un país que sigue siendo el centro mundial de innovación en la industria. Aunque Reino Unido y Alemania  se posicionan como segundo y tercer centro más grande mundialmente. 

Sin embargo, China resulta ser el insurtech más exitoso de todos- Zhong An- . En solo unos pocos años tiene una valoración muy elevada (ocho mil millones de dólares). A pesar de ello, el entorno del insurtech respecto del resto de Asia, es poco maduro, aunque la actividad cada vez esté aumentando más. 

Asimismo, los insurtechs ,más activos se dan en el sector de los seguros generales. El 30% de ellos se centra en lo negocios multilínea y solo un 10% está centrado en los seguros de vida, aunque se espera que este, crezca. 

Por otra parte, con motivo de las dificultades que presenta un negocio de seguros, las startups han decidido asociarse con aseguradoras y reasegurados. 

Hasta el día de hoy, la gran mayoría de los insurtechs han estado presentes en el área de experiencia del cliente y de análisis de datos. 

Respecto del primero, se centra en reducir los procesos de compra de seguros y cliente empleando herramientas digitales para agilizar y dar transparencia al proceso. 

Por su parte, los análisis de datos, trata de llevar a cabo fuentes de datos que ya existen a la par que alternativas en una amplia variedad de apps. 

En todo lo que concierne el campo de regulación y legislación, las aseguradoras y startups solicitan que se confeccione una regulación más ágil que les permita una mayor digitalización. En definitiva, una regulación definida, que sea abierta y flexible para los nuevos tiempos. 

El sector del seguro está día a día presente de forma habitual: protección de la vida, salud, decesos… . La transformación digital ya ha llamado a la puerta de este sector. 

Por lo que, esto puede suponer una gran oportunidad al mercado español para que pueda adaptarse a los nuevos tiempos. Aunque se parezcan productos nuevos, reflejar el flujo de información que se demanda al respecto. 

En definitiva, resulta necesario encontrar soluciones prácticas para poder cumplir las expectativas con los clientes, aprovechando la tecnología que nos facilitará mucha información de los mismos. 

La digitalización del sector ha llegado para quedarse. Y es por eso, que desde Letradox®Abogados queremos seguir trabajando en ello, ayudándole a cualquier consulta o duda y llevar su caso. 

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¡El IRPH nulo según la Audiencia Provincial de Madrid!

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Nueva Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid contra el IRPH de las hipotecas.
¿Tienes IRPH en tu hipoteca? Este artículo te interesa.
Son muchos los clientes que quieren reclamar el IRPH de su hipoteca. Y por ello se ponen en contacto con nosotros. Como Despacho de Abogados expertos en casos hipotecarios IRPH Tlf: 645958948. LETRADOX) . Además esta nueva Sentencia condenando el IRPH es un nuevo balón de oxígeno para los deudores hipotecarios y todos los clientes con IRP en sus hipotecas.
 
 
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madridha declarado nulo tanto el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)de Bancos como el de Entidades que se aplicaba a la hipoteca de la demandante y confirma el fallo dictado en primera instancia y la obligación de Bankia de devolver todo lo cobrado de más desde el inicio de la hipoteca más los intereses.
Los magistrados han desestimado de este modo el recurso de apelación interpuesto por la entidad. Contra el fallo de la primera instancia.
Entre los argumentos en los que se han basado, consideran probado que Bankia conocía que el Euríbor caería «considerablemente», pero a pesar esto permitió que la afectada siguiese abonando altas cuotas con la imposición de este índice, el cual ha sido declarado abusivopor varias jurisprudencias menores.
Ante estos argumentos se opuso la representación del banco, que alegó que la cláusula era «clara y comprensible», por lo que el tipo de interés variable tampoco podría ser anulado «porque no generaba desequilibrio y no era contrario al principio de buena fe en las contrataciones.
Sin embargo, la sala se ha sumado al criterio de Audiencias como la Álava o Vizcaya, y se posiciona del lado de los consumidores al entender que la cláusula deja a éstos en situación de desequilibrio máxime cuando en la época de los hechos, las entidades ya eran conscientes de que era «más conveniente» ajustar los préstamos al Euríbor «por escasa que fuera la diferencia».
Y es que, en su opinión, la referencia del tipo de interés variable al IRPH «puede inducir a error al cliente sobre un aspecto fundamental del contrato y llevarle a adoptar una decisión irracional».
La sentencia -que Bankia recurrirá ante el Supremo- explica que la situación económica de la afectada habría sido «más favorable y muy diferente» si la entidad le hubiera aclarado los beneficios de vincular su hipoteca al Euríbor, en vez de al IRPH.
En España, algo más del 90% de las hipotecas utilizan como referencia el euríbor. Sin embargo, hace un par de años, Société Générale calculaba que en España había aproximadamente un millón de hipotecas referenciadas al IRPH. Una cifra que, tras la desaparición en octubre de 2013 de los índices hipotecarios IRPH Cajas, IRPH Bancos y Ceca aún sigue vigente el IRPH de entidades financieras, podría haberse reducido hasta el medio millón.
¿Tiene IRPH en su hipoteca? ¿Sabe qué cláusulas abusivas tiene y cómo combatirlas? Consúltenos sin compromiso : LETRADOX Tlf: 912980061 / 645958948.  info@letradox.es C/ Jorge Juan 141, Madrid (previa cita).
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
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