Abogado empresas

Abogados Ley de Startups. Asesoramiento. LETRADOX®

Abogados Ley de Startups. Asesoramiento. LETRADOX®

 

PROYECTO DE LEY DE STARTUPS

Se avecinan importantes novedades en el panorama legislativo, siendo una de ellas la aprobación del Proyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes o como se conoce, Proyecto de Ley de Startups. La misma busca coronar a España como una Nación pionera y emprendedora.

Este proyecto reconoce la autenticidad de esta tipología de empresas, concediéndoles así diferentes clases de ventajas (e.g. fiscales). Por su parte, el Ejecutivo busca ofrecer un marco estratégico y jurídico a estas empresas.

La propuesta nace en la estrategia impulsada por el Gobierno conocida como España Nación Emprendedora, cuyo objetivo radica en convertir a nuestro país en un punto estratégico para que confluyan el talento y las ideas, que favorezca la retención de profesionales en España apostando por un Sector Público competitivo y que se generen economías de escala.

En la Consulta pública previa a la elaboración del texto del anteproyecto de “Ley de fomento del ecosistema de Startups”, en virtud del artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,  en la respuesta c) apartado cuarto, se indican una serie de propuestas que, a juicio de la ejecutiva pueden mejorar el escenario de las startups. Estas son las siguientes:

            “a. Incentivos fiscales a las actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica,    así como en relación con las inversiones y financiación de «startups»

  1. Incentivos en materia laboral, de Seguridad Social, y apoyo a la captación y fidelización del talento
  2. Medidas de discriminación positiva para favorecer la diversidad de género en el emprendimiento e incentivarlo entre colectivos vulnerables
  3. Incentivos a las grandes empresas para integrar la actividad de “start up” en su cadena de producción de bienes y servicios
  4. Mejora de los mecanismos de segunda oportunidad
  5. Simplificación de cargas administrativas
  6. Medidas de impulso al uso de instrumentos de compra pública que promuevan la participación de “start up” en los proyectos de la Administración
  7. Cualquier otra media encaminada a identificar y afrontar elementos relacionados con el talento, el emprendimiento y la cultura empresarial que sea necesario activa”

 

Sectores como las nuevas tecnologías, las sostenibilidad, las financias o las energías limpias se verán altamente beneficiados (entre otros), pues, las empresas que desarrollen su actividad en los mismos encontrarán en este proyecto importantes líneas legales a seguir, así como directrices técnicas y económicas a seguir por parte de los inversores, lo cual favorece a la inyección de capital en estas empresas

La tecnología será la piedra angular de este plan estratégico, pues se quiere implantar en el proyecto la regulación de los visados para emprendedores tecnológicos, siendo estos auténticos imanes para el talento y el emprendimiento procedentes de diversas partes del mundo, algo que revalorizará sin duda alguna la Marca España.

Estas medidas responden a las exigencias históricas del tejido empresarial, las cuales pueden resumirse en:

  1. Bonificaciones fiscales para fomentar la inversión en empresas start ups, sin diferenciar la tipología del inversor (business angel, fondos nacionales y extranjeros, crowdfundings, etc.)
  2. Acceso a la Tarifa Plana de la Seguridad Social
  3. Fomentar la retención de talento y evitar el fenómeno de fuga de cerebros
  4. Que el sector Público juegue un papel importante a modo de que mejore la agilidad burocrática

Desde un punto de vista ejemplificativo, una empresa emergente puede constituirse como una sociedad de responsabilidad limitada (en adelante, “SLP”). Una SLP solo necesita de hasta 3000 euros de capital social (más de esa cantidad supondría la constitución de una sociedad anónima) como indica la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, “LSC”). La constitución de una empresa bajo esta forma jurídica implica los siguientes pasos:

  • Obtención de una certificación negativa del nombre de la sociedad ante el Registro Mercantil Central (la cual tiene una vigencia de 3 meses renovables).
  • Ante la Agencia Tributaria, una solicitud del Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional, el cual tendrá vigencia hasta la primera actividad de la empresa.
  • Firma de escritura de constitución de la sociedad en el Notaría, hecho que debe producirse en los seis meses siguientes a la expedición de la certificación negativa de la denominación social.

  • Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente al otorgamiento de escritura pública.
  • En el plazo de un mes desde la constitución de la sociedad y antes de realizar cualquier actividad solicitar ante la Agencia Tributaria el NIF definitivo.

Son diferentes fases a seguir antes de que la empresa esté totalmente constituida jurídicamente, lo cual, en caso de dilación burocrática, puede suponer una importante traba para el empresario emprendedor, pues pierde un tiempo vital para la generación de ingresos, sinergias y alianzas de capital importancia para la startup para generar beneficios.

En tanto a la fiscalidad de estas sociedades emergentes, las inversiones realizadas en startups por personas físicas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto sobre las Rentas de No Residentes (IRNR), y las realizadas por personas jurídicas  están sujetas  al Impuesto de Sociedades (IS) o a IRNR. Ahora bien, en ambos casos, actualmente ya existen una serie de incentivos, mas con el nuevo proyecto de ley se pretende mejorar o diseñar nuevos incentivos fiscales:

Como informa el artículo 68 primer apartado de la LIRPF, las personas físicas se podrán deducir hasta un 30% la cuota del IRPF de sus inversiones en nuevas empresas o reciente creación, con el límite de una base máxima de 60.000€. Esta deducción entrará en juego siempre que las acciones o participaciones se adquieran en el momento de constitución de la startup o bien en los siguientes 3 años desde la constitución; la participación se mantenga entre un plazo de entre 3 años y 12 años; la participación directa o indirecta del contribuyente, junto con la que posean en la misma entidad su cónyuge o cualquier persona unida al contribuyente por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, no puede ser, durante ningún día de los años naturales de tenencia de la participación, superior al 40 por ciento del capital social de la entidad o de sus derechos de voto; y que no se trate de acciones o participaciones en una entidad a través de la cual se ejerza la misma actividad que se venía ejerciendo anteriormente mediante otra titularidad.

Asimismo, en observancia del artículo 38.2 LIRPF, quedan exentas del gravamen de IRPF las ganancias patrimoniales o plusvalías que se obtengan por la enajenación de participaciones o acciones por las que se hubiera practicado la deducción del artículo 68.1 LIRPF.

En cuanto a las personas jurídicas existen diversas exenciones y deducciones aplicables a sus inversiones, e incluso regímenes especiales como el de las sociedades de capital riesgos, expuesto en el artículo 50 de la Ley del Impuesto de Sociedades (LIS), el patent box del artículo 23 LIS o el tipo reducido del 15% para las empresas de nueva creación del artículo 29.1 LIS.

En LETRADOX ® Abogados estudiamos todos los cambios e innovaciones normativas que acaecerán en los próximos meses, informando de las mismas a nuestros clientes para que puedan encontrar nuevas oportunidades de negocio, así como de todos los riesgos jurídicos en los que pueden incurrir con su performance.

 

Abogados Ley de Startups. Asesoramiento. LETRADOX®

ABSTRACT

In the incoming months the Draft of the Promotion of the Ecosystem of Emerging Companies Act will be debated, the well known “Startups Act”. If this draft bill pass, important legal innovations will be applied to start ups.

On the one hand, several tax incentives will be passed as a way of promoting the investment in startups. On the other hand, the draft bill will develop some measures to keep capital talent in Spain as well as Social Security incentives or facilities. Additionally, another goal of this act draft is to create an agile and less bureaucratic oriented Public Sector.

All these innovations and measures pretend to establish a competitive and attractive scenario and environment for startups and investors, both national and foreign, welcoming new agents in the Spanish economic market.

Abogados Ley de Startups. Asesoramiento. LETRADOX®

Abogados asesoramiento Startups

 

Si necesita un despacho que le asesore en todas las cuestiones jurídicas de su Startups y le acompañe en todo el proceso de nacimiento, consolidación y expansión de su negocio, contacte con nosotros.

 

LETRADOX®  S.L.P. Abogados

Tlfs. 912980061 / 645958948

info@letradox.es

www.letradox.com