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Cambio en Viviendas Turísticas Madrid. LETRADOX Abogados

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CAMBIO DE LA NORMATIVA SOBRE LAS VIVIENDAS TURÍSTICAS EN MADRID

El alcalde de Madrid presentó el Plan Reside para la protección del ámbito residencial en Madrid, que sustituirá al actual Plan de Hospedaje de 2019 (PEH) por “haber resultado ineficaz para frenar la pérdida de viviendas destinadas a uso residencial en la ciudad y la proliferación de pisos turísticos”.

Como señaló Almeida, la nueva regulación promovida por el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, se centra en 3 objetivos:

acabar con la pérdida de población del centro, ampliando la oferta residencial

ordenar la oferta turística

y mejorar la convivencia entre vecinos y visitantes.

El Plan Reside busca proteger el uso de la vivienda habitual, ubicando los pisos turísticos fuera de edificios residenciales y, por ello, se apuesta por un modelo donde los pisos turísticos coexistan con otras modalidades de alojamiento, pero salvaguardando a los residentes de los efectos que supone compartir espacio en una misma finca.

Por esta razón, el Plan Reside no permitirá que operen pisos turísticos en edificios residenciales, apostando por su concentración en bloques destinados íntegramente a la actividad turística.

 

CIUDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID CON MAYOR NÚMERO DE VIVIENDAS TURÍSTICAS:

Alcobendas
San Martín de Valdeiglesias
Cercedilla
Rascafría

 

Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 79/2014, de 10 de julio, regula los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su territorio, según el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 697/1984, que traspasó funciones del Estado a la Comunidad. La Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo ya preveía distintas modalidades de alojamiento, permitiendo la inclusión de otras modalidades mediante reglamentos.

El decreto se justifica en la necesidad de cubrir la falta de regulación tras la derogación del Real Decreto 39/2010, que dejó sin efecto normativas anteriores sobre apartamentos turísticos y viviendas turísticas vacacionales.

División en cuatro capítulos. El primero establece disposiciones comunes para apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico, incluyendo definiciones y requisitos generales.

Hay una distinción entre apartamentos turísticos, que son unidades de alojamiento explotadas bajo un régimen de unidad de explotación, y viviendas de uso turístico, que son inmuebles ofrecidos de manera habitual en canales turísticos.

Exigencia una declaración responsable para iniciar la actividad y cumplir con la normativa sectorial aplicable en materia de seguridad, urbanismo, accesibilidad y sanidad.

Obligación de informar a las autoridades de seguridad sobre las personas alojadas y se establecen derechos y deberes para los usuarios, incluyendo el cumplimiento de normativas de convivencia y la posibilidad de expulsión en caso de infracción grave.

Se prohíbe que estos alojamientos se utilicen como residencias permanentes.

 

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Mercedes de Parada, abogada y directora de LETRADOX Abogados con el alcalde de Madrid José Luis Martínez Almeida

 

 

 

 

 

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