INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y CINE. Por LETRADOX ABOGADOS

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IA Generativa y el Entorno Audiovisual: Perspectiva Jurídica

Introducción: IA Generativa y Desafíos Legales en el Cine la irrupción de la inteligencia artificial (IA) generativa ha revolucionado las industrias creativas, incluyendo el cine, al permitir la creación autónoma de guiones, música y efectos visuales.

En un sector profundamente ligado a la propiedad intelectual, la integración de esta tecnología plantea cuestiones legales complejas.

La ausencia de un marco normativo claro sobre la autoría, los derechos de explotación y la protección de la identidad artística ha generado un entorno incierto tanto para los creadores como para los consumidores.

Estos retos requieren una adaptación normativa que equilibre la innovación con la salvaguarda de los derechos
fundamentales.

Propiedad Intelectual y IA Generativa: Dilemas Jurídicos

La propiedad intelectual constituye el eje de la industria audiovisual, y la IA generativa introduce desafíos en áreas clave:
Autoría de las Obras:
Falta de intervención humana directa: Según la normativa vigente, las obras deben ser creadas por personas para ser protegidas por derechos de autor. Las obras generadas únicamente por IA, sin participación humana sustantiva, quedan en un limbo legal.

Prompter como autor: Existe debate sobre si quien introduce las instrucciones a la IA debería ser considerado autor. Sin embargo, las leyes actuales excluyen la mera conceptualización de ideas como base para otorgar derechos de autor.

Derechos Derivados: Obras generadas por IA basadas en contenido preexistente pueden infringir derechos de propiedad intelectual si no cuentan con las licencias adecuadas.

La falta de transparencia en los datos utilizados para entrenar las IA genera riesgos legales relacionados con plagio o violaciones de derechos de terceros.
Normativa Internacional y Modelos Contractuales
La regulación internacional avanza lentamente hacia la integración de la IA generativa en los marcos legales existentes. Destacan dos enfoques:
Unión Europea: Reglamento Europeo de IA: Establece criterios para garantizar que la IA opere de manera ética y respetuosa con los derechos fundamentales, incluyendo la privacidad y la propiedad intelectual.

Propiedad intelectual en evolución: Aunque el Reglamento no aborda directamente la autoría de obras generadas por IA, fomenta el debate sobre su impacto en los derechos de autor.

Estados Unidos:
La regulación se centra en el uso ético y la transparencia en los sistemas de IA, pero deja abiertos los temas relacionados con derechos de autor y autoría.
La incorporación de la inteligencia artificial (IA) en la industria cinematográfica no solo transforma la producción, distribución y marketing de películas, sino que también plantea desafíos legales significativos. Estas tecnologías avanzadas tocan áreas clave del derecho, incluyendo la propiedad intelectual, el derecho laboral, la privacidad y la regulación de datos, obligando a los actores de la industria a adaptar sus modelos y contratos para cumplir con las normativas vigentes y prepararse para futuros desarrollos legislativos.

La IA no es simplemente una herramienta técnica; su adopción implica cambios fundamentales en los procesos creativos, financieros y legales de la industria cinematográfica. Desde la preproducción hasta el marketing, cada etapa presenta oportunidades y riesgos legales que deben ser considerados.

Propiedad Intelectual y Creaciones Generadas por IA

Uno de los aspectos más controvertidos es la autoría de las obras generadas por IA. Las leyes actuales de propiedad intelectual exigen intervención humana directa para otorgar derechos de autor, lo que excluye, en principio, las obras creadas exclusivamente por máquinas.

Esto plantea preguntas críticas para la industria cinematográfica: ¿Quién es el autor de una obra generada por IA?
Si un guión es analizado y perfeccionado por herramientas como Script Book, ¿el autor sigue siendo el guionista humano, o la IA tiene algún grado de autoría?
En muchos casos, se reconoce como autor al propietario de la IA o al programador, pero esta atribución sigue siendo discutida en los tribunales y legislaturas.

Derechos derivados y licencias: El uso de datos preexistentes para entrenar modelos de IA, como imágenes o sonidos, puede infringir derechos de propiedad intelectual si no se obtienen las licencias adecuadas.

Las herramientas de IA que generan efectos visuales o música basados en estilos específicos podrían enfrentar demandas por similitudes con obras protegidas.

Derechos de Imagen y Uso No Consentido
La tecnología IA, como FaceDirector o los deepfakes, plantea cuestiones complejas en
relación con los derechos de imagen y la privacidad de los actores.

Uso de la imagen sin consentimiento:
Si la imagen de un actor es utilizada para entrenar modelos de IA o crear actuaciones digitales, se requiere su consentimiento explícito. La falta de este consentimiento puede constituir una violación del derecho a la imagen y dar lugar a demandas.

Las cláusulas contractuales específicas que prohíban el uso de la imagen de un actor para estos fines están emergiendo como un estándar en la industria.
Responsabilidad en el uso indebido: La creación de “deep fakes” no autorizados, aunque sea con fines artísticos, puede generar responsabilidad legal tanto para los estudios como para los desarrolladores de la IA. Impacto Laboral y Contratos en la Industria Cinematográfica.
La adopción de la IA también afecta las relaciones laborales y las obligaciones contractuales
en la industria.

 

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