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Vídeo Presentación de LETRADOX® Abogados en Galicia
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Reclamar Complemento de maternidad y paternidad. Abogados
Complementos de maternidad y paternidad
Mediante la aprobación del Real Decreto 3/2021 en fecha de 4 de febrero de 2021, se reforma el artículo 60 de la LGSS.
Es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores.
Para que lo puedan solicitar debe concurrir uno de estos requisitos:
No se reconocerá el derecho al complemento al padre o a la madre que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
A su vez, tampoco se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre.
Tampoco se reconocerá al padre o a la madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas.
Fue inicialmente diseñado como un complemento de maternidad en las pensiones, para que afectara únicamente a las mujeres.
Ahora bien, pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral.
Tras la sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019, el tribunal considera que el complemento por maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social en las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente también debe reconocerse a los padres que cumplan los requisitos legales. Se concede así el suplemento a un hombre que percibe una pensión de invalidez.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) estimó por primera vez, el pasado abril en su sentencia 340/2021, el derecho de los varones pensionistas a que el complemento de paternidad deba ser abonado al trabajador desde la fecha en que se jubiló, y no desde el momento en que presentó la reclamación.
El importe de dicho complemento tendrá una cuantía fija de 378 €/año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos.
Para informarse sobre su caso, póngase en contacto con nosotros:
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C/ Jorge Juan 141, 3º Madrid
info@letradox.es
tlfs: 912980061 / 645958948
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REGISTRO DE SUELDOS en las empresas. LETRADOX® ABOGADOS
Todas las empresas deberán tener elaborado un registro de los sueldos de sus trabajadores a partir del próximo miércoles, 14 de abril de 2021.
LA LEY
El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres acarrea importantes consecuencias en las empresas.
Según dispone RD de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
FINALIDAD DEL REGISTRO
Este registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados.
QUÉ DEBE INCLUIR
El registro retributivo deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.
A tales efectos, deberán establecerse en el registro retributivo de cada empresa, convenientemente desglosadas por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.
ACCESO
Cuando se solicite el acceso al registro por parte de la persona trabajadora por inexistencia de representación legal:
la información que se facilitará por parte de la empresa no serán los datos promediados respecto a las cuantías efectivas de las retribuciones que constan en el registro, sino que la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.
Éstas también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.
SI EXISTE REPRESENTACIÓN LEGAL
En las empresas que cuenten con representación legal de las personas trabajadoras, el acceso al registro se facilitará a las personas trabajadoras a través de la citada representación, teniendo derecho aquellas a conocer el contenido íntegro del mismo.
TIEMPO
El periodo temporal de referencia será con carácter general el año natural, sin perjuicio de las modificaciones que fuesen necesarias en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro, de forma que se garantice el cumplimiento de la finalidad prevista en el apartado 1.
FORMATO
El documento en el que conste el registro podrá tener el formato establecido en las páginas web oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Igualdad.
La representación legal de las personas trabajadoras deberá ser consultada, con una antelación de al menos diez días, con carácter previo a la elaboración del registro. Asimismo, y con la misma antelación, deberá ser consultada cuando el registro sea modificado.
MOTIVACIÓN
La Estrategia Europea para la Igualdad de Género 2020-2025 establece los objetivos estratégicos y las acciones clave de la Comisión Europea para este período 2020-2025 en materia de igualdad entre hombres y mujeres:
entre las que se encuentra garantizar la igualdad de participación y de oportunidades en el mercado laboral, incluyendo la eliminación de la brecha retributiva de género.
Para hacer frente a la desigualdad de remuneración, la Comisión ha abierto una consulta pública sobre la transparencia salarial y se ha comprometido a presentar medidas vinculantes para finales de 2020.
ENTRADA EN VIGOR
Por último, según la Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
“El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, en abril de 2021el día 14 concretamente.
¿Tiene dudas sobre el REGISTRO DE SUELDOS en las empresas? Contáctenos. LETRADOX® ABOGADOS
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Conferencia Aspectos legales del sector inmobiliario. LETRADOX Abogados
Mercedes de Parada, abogada directora de Letradox, durante la ponencia sobre Aspectos Legales del sector inmobiliario que ha impartido ante profesionales del sector inmobiliario, empresarios internacionales y representantes de fondos de inversión.
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Cliente recupera 90.000 euros al anular Letradox®su Hipoteca Multidivisa
Nuevo caso de éxito del despacho LETRADOX® ABOGADOS.
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que es firme y que es con costas, anula la hipoteca multidivisa del cliente y la cláusula de gastos.
Haciendo el recálculo a euros, el cliente ha obtenido más de 90.000 euros, así como las costas del procedimiento, dado que la sentencia es estimatoria.
Este nuevo caso se suma a los éxitos del despacho, el cual mantiene su porcentaje del 100% de casos ganados en asuntos hipotecarios y bancarios.
El cliente, de Alcalá de Henares, nos ha manifestado su agradecimiento por esta importante victoria.
Nos asegura que puede respirar tranquilo dado que la existencia de la hipoteca multidivisa le estaba suponiendo que no amortizase la deuda. Incluso a pesar de llevar más de diez años pagando religiosamente las cuotas.
Recordemos que las hipotecas multidivisa prometían en su día una seguridad y estabilidad, que lejos de ser así se convirtieron en la peor pesadilla de los prestatarios. Éstos descubrieron que después de años de pagar no bajaba su capital a amortizar.
Por suerte, la tendencia jurisprudencial ahora mismo es la de estimar este tipo de casos y que los clientes puedan tener una nueva oportunidad.
Al estimarse la demanda, procedemos a realizar el recálculo a euros ab initio, y en este caso ha arrojado una suma superior a los 90.000 euros. Sin duda el nuevo año ha venido cargado de felicidad para los clientes de Letradox y nuestro despacho y estamos seguros de que va a seguir así.
Si usted tiene una hipoteca multidivisa o quiere que le revisemos su préstamo hipotecario sin compromiso, póngase en contacto con nosotros. Igualmente, si invirtió en acciones del Banco Popular, también llámenos para informarle.
Este titular se puede volver a repetir con ud: «Cliente recupera 90.000 euros al anular Letradox®su Hipoteca Multidivisa »
Podemos ayudarle como ya hemos hecho con cientos del clientes en toda España.
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La letrada del despacho y directora, Mercedes de Parada, nos lo explica en este vídeo: VÍDEO
Especialistas en inmuebles. Compraventa. Subastas. Herencias. LETRADOX® Abogados
Abogados inmuebles
Permítanos presentarnos y descubrirle cómo nuestro despacho de abogados LETRADOX® puede ayudarle en todas sus operaciones e inversiones inmobiliarias en España.
Podemos brindarle asesoramiento legal en las siguientes materias.
Si prefiere ver el vídeo le adjuntamos el link:
VÍDEO SOBRE ASESORAMIENTO INMUEBLES. 1 MINUTO
Bienes inmuebles propiedad de varias personas. Herencias. Casa de ex parejas.
Subasta Inmobiliaria
Venta de inmuebles: casas, hoteles, fincas …
Arrendamiento de propiedades, Alquiler de inmuebles
Catastro
Registro de la Propiedad
Urbanismo. Licencias.
Propiedad Horizontal.
Problemas hipotecarios
Inversiones inmobiliarias de los Family Office
En nuestro equipo contamos con abogados experimentados de reconocido prestigio en el sector inmobiliario.
Hemos tenido la suerte de ser entrevistados, ser profesores y colaborar con los medios, empresas e instituciones más importantes en esta materia.
La experiencia de la abogada Dña. Mercedes de Parada es amplia, reconocida y muy destacada ya que participa frecuentemente en relación a estos temas en el Telediario de TVE y los principales portales inmobiliarios como Fotocasa e Idealista, charlas con empresas como Metrovacesa, ADEVINTA etc.
Como ejemplo, le adjuntamos algunos enlaces. :
– Conferencia sobre Inmuebles y Proptech con METROVACESA y la empresa multinacional Adevinta
-Intervenciones en Telediario de TVE1
https://www.youtube.com/watch?v=_CfP_B3z5R8
https://www.youtube.com/watch?v=x8Rs1QHnRqQ
-Artículo en IDEALISTA
-Artículo en FOTOCASA
https://blogprofesional.fotocasa.es/el-podcast-de-fotocasa-pro-academy-claves-juridicas-del-mercado-inmobiliario/
https://www.letradox.com/sin-categoria/webinar-de-fotocasa-con-mercedes-de-parada-letradox/
https://blogprofesional.fotocasa.es/como-afecta-ley-blanqueo-capitales-agencia-inmobiliaria/
Experiencia en numerosos litigios inmobiliarios destacados en juzgados de toda España y Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales.
Quedamos a su disposición para atenderle lo antes posible en todas sus operaciones inmobiliarias y dudas de Derecho Inmobiliario en España.
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