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La nueva Ley del Deporte. Letradox Abogados

LA NUEVA LEY DEL DEPORTE. LETRADOX ABOGADOS

La nueva Ley del Deporte pretende llevar a cabo la ordenación legal del sistema deportivo español. Y el establecimiento de los instrumentos para garantizar el acceso de los ciudadanos a la actividad física. También busca el establecimiento de una organización administrativa del deporte a nivel estatal. Y de los instrumentos de cooperación y coordinación entre las Administraciones Públicas en este ámbito. El nuevo texto recoge la regulación de entidades deportivas (federaciones, clubes, ligas…). Y de la actividad deportiva (competiciones, deporte universitario…). Además de la ordenación del deporte profesional, y con un enfoque integral pero que tenga en cuenta las implicaciones laborales, fiscales, …

El anteproyecto de Ley recoge el reconocimiento de los derechos y deberes del deportista. Técnicos y jueces. También el fomento del deporte como elemento de salud e integración. Y la promoción del deporte femenino. Porque este no ha sido apenas tenido en cuenta. Pero también pretende el establecimiento del sistema de resolución de conflictos y del régimen sancionador. Se exige un 40% de mujeres en los órganos de dirección de las federaciones deportivas. Y será obligatoria la creación de una Comisión de Igualdad de género en cada institución. Lo que refleja la apuesta por la paridad que hace el Gobierno. El Gobierno pretende favorecer la paridad y ha tenido muy presente el deporte femenino. Porque en la anterior legislación apenas tuvo cabida.

En cuanto a la maternidad de las deportistas, también mantendrán el derecho a voto y la condición de deportistas de élite.

Esta nueva Ley del Deporte persigue la igualdad económica: se equilibran las becas deportivas independientemente del sexo. Algo que no ocurría con anterioridad. Pero sin olvidar la igualdad en los premios. La misma cuantía económica en los premios, pero que procedan de dinero público.

La Ley tiene muy en cuenta al deporte inclusivo. Y fomentará las actividades realizadas por deportistas con discapacidad.

Se prevé que la nueva Ley del Deporte sea aprobada pero en el plazo de un mes. Y que entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (Disposición final quinta). El proyecto de Ley habilitaría al Gobierno para el desarrollo reglamentario de la misma. Y así lo dispone la Disposición adicional cuarta.

Algunos preceptos del anteproyecto

Artículo 1: Objeto

1.- La presente Ley tiene por objeto establecer el marco jurídico regulador de la actividad física y el deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.3 de la Constitución y dentro de las competencias que le correspondan a la Administración General del Estado.

2.- Asimismo, corresponde a la Administración General del Estado la representación del deporte español y la supervisión pública del sector en aquellos aspectos que se consideran de interés general para el Estado.

Artículo 2: Derecho a la práctica de la actividad física y el deporte

1.- Todas las personas tienen derecho a la práctica de la actividad física y el deporte, de forma libre y voluntaria, de conformidad con lo previsto en esta ley.

Este artículo recoge también el deber de la AGE de promover la actividad física y el deporte. Porque son elementos esenciales del desarrollo de la personalidad. Facilitando a todas las personas el ejercicio del derecho a practicar deporte. Sea en el ámbito del alto nivel o la competición. O con fines de ocio, salud o bienestar.

También recoge la necesidad de ordenación de este derecho. Porque pretende garantizar su libre ejercicio. Y promover valores como la igualdad, la integración social. La participación, la ética y el juego limpio. Pero sin olvidar la competitividad razonable y ordenada. También la mejora de la salud. O la superación personal.

Artículo 3: Principios rectores

Este precepto recoge también los principios que deberán respetar todos los ciudadanos. Y especialmente las políticas públicas que la AGE formule:

  • Acceso a la práctica deportiva.
  • Igualdad de las personas en la práctica deportiva.
  • Y seguridad en la práctica deportiva.
  • Coordinación de las Administraciones Públicas.
  • Fomento del deporte de alto nivel y rendimiento.
  • También el marco de actuación coordinado y armonizado en el ámbito nacional e internacional.
  • Y prevención, control y erradicación de discriminaciones hacia cualquier persona.

Artículo 4: Marco específico de promoción de la igualdad efectiva en el deporte

1.- La Administración General del Estado desarrollará, dentro de ámbito de actuación y de manera coordinada con el resto de Administraciones Públicas. Políticas públicas que garanticen la igualdad en el acceso y el desarrollo posterior de la actividad física y el deporte. También la promoción de la integración igualitaria en los órganos de dirección, gobierno y representación de las entidades deportivas previstas en esta Ley. Observando las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en las normas y tratados internacionales ratificados por el Estado.

El Capítulo I (“Clasificación y definiciones”). Del Título II (“De los actores del deporte”). Recoge una clasificación y definiciones de deportistas de competición, deportistas ocasionales. También deportistas de alto nivel o rendimiento. Y deportistas profesionales y no profesionales.

El Capítulo II del Título II, “De los derechos y deberes de las personas deportistas”. Dispone los derechos y deberes de las personas deportistas.

La ley, en los arts. 39 y ss. Recoge las definiciones de entrenadores o técnicos deportivos y de árbitros y jueves deportivos

El Título III, “De las entidades deportivas”. Regula las mismas y el Registro de Entidades Deportivas (art. 44).

En el Título IV, “De los Comités Olímpico y Paralímpico”. Se regula el Comité Olímpico Español (COE) y el Comité Paralímpico Español (CPE).

El Título V, “De la actividad deportiva”. Regula competiciones, deporte universitario y escolar. Actividad no oficial o no profesional, deporte militar.

Dentro del Título VI, “De la organización de las competiciones profesionales y profesionalizadas”. Se regula la organización de estas competiciones.

Por el Título VII, “Del régimen sancionador”. Se establece el régimen sancionador en materia de deporte.

Para cualquier duda o cuestión jurídica que le afecte. Letradox Abogados pone a su disposición sus servicios jurídicos y recursos. Para ayudarle en todo aquello que necesite. En Letradox le asesoramos en cualquier cuestión relativa al derecho deportivo y a la nueva Ley del Deporte.

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Abogados asesoramiento protección de datos

Abogados expertos en protección de datos

¿Necesita abogados expertos en protección de datos? En Letradox tenemos la solución y podemos ayudarle.

Abogados expertos para Asesoramiento legal en protección de datos

Nuevo Real Decreto-Ley en materia de protección de datos.

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Con la normativa europea de protección de datos ha entrado en vigor en España un nuevo Decreto , el Real Decrete-Ley 5/2018 de 27 de julio, que establece unas determinadas medidas urgentes, para que se pueda hacer frente a la imposición de la normativa europea.

En Letradox queremos que estén al tanto de esta actualidad, explicándoles de qué trata este nuevo Decreto.

El Reglamento de la Unión Europea 2016/679 es aplicable en España desde el 25 de mayo de este año, este Reglamento deroga la Directiva 95/46/CE, con ello supone una gran modificación en la materia de protección de datos que estaba vigente en España.

Esto conlleva que haya disposiciones de nuestro Derecho interno que tengan que ser modificados o incluso derogados.

Además implica la creación de nuevas disposiciones internas, también la creación de unas autoridades de control de este derecho.

Esta autoridad será la representante del Estado en el Comité Europeo de Protección de Datos.

El objetivo de este Decreto 5/2018 del 27 de julio es la adecuación del Reglamento a nuestro ordenamiento interno.

De momento sólo para los aspectos que no se pueden retrasar, hasta que se realice una legislación orgánica, que este plenamente adaptada a la normativa de la Unión Europea.

Este Decreto se estructura en 14 artículos divididos en tres capítulos.

Tratan los aspectos concretos urgentes.

El capítulo 1 comprende los dos primeros artículos.

Estos artículos versan sobre personal que es competente en el ejercicio de la actividad para la investigación de la nueva Agencia Española de Protección de Datos.

Está todavía en fase de creación.

Y también sobre el alcance que tenga la actividad de investigación.

El segundo capítulo se encuentran del artículo tercero al sexto.

En ellos nos encontramos la materia sobre: los sujetos que son responsables, las infracciones (que estas son las que se encuentran en el Reglamento Europeo), la prescripción de las infracciones y la prescripción de las sanciones.

Ninguna de estas prescripciones las recoge el Reglamento.

Y el último capítulo recoge los artículos restantes ( 7 al 14).

Estos artículos tratan acerca del régimen jurídico al que se somete, como se puede iniciar el procedimiento y cuanto dura, como será la admisión a tramite de las reclamaciones, el alcance territorial de la Agencia Española de Protección de datos, cuales son las actuaciones previas para iniciar una investigación, como se acuerda el inicio del ejercicio para sancionar, que mediadas provisionales se pueden dar y cual es el procedimiento más adecuado, cuando a la Agencia Española de protección de datos le atribuya competencias otras leyes diferentes.

Decir también que esta nueva Agencia Española de protección de datos, a través de su director, podrá publicar diferentes resoluciones.

Estas resoluciones puede ser que pongan atención a los artículos 15 a 22 del Reglamento Europeo, también podrán archivar las actuaciones previas a una investigación, estas resoluciones también serán sobre las sanciones de apercibimiento que encontramos en Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre en su art. 46, sobre las medidas cautelares o cualquier resolución que su Estatuto disponga.

También se establece en este Decreto que si ya había iniciados procedimientos anteriores a la entrada en vigor de este nuevo Decreto , se regirán como regla general por la normativa anterior.

Con los contratos de encargado que ya estaban suscritos antes de este Decreto y que están al amparo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, podrán mantener su vigencia hasta el 25 de mayo de 2022, pero hasta esa fecha, cualquiera de las partes puede exigir la modificación de contrato, resultando ya conforme a lo que establece el art. 28 del Reglamento (UE) 2016/679.

Destacar también que este nuevo Decreto deroga todas las normas de igual o inferior rango, que se opongan a lo que establece este nuevo Decreto, y destacar también los que deroga de la Ley Orgánica de Protección de datos, que son el art. 40 y del art. 43 al 49 exceptuando el 46.

Si tiene alguna duda sobre este nuevo Decreto o sobre cualquier cuestión en materia de protección de datos no se preocupe y consultenos, en Letradox Abogados estaremos encantados de atenderle y ayudarle.

Las pymes y su adaptación al Reglamento de protección de datos.

Abogados expertos en la adaptación al Reglamento de protección de datos. LETRADOX

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Hablaremos hoy también de las pymes, es decir, pequeñas y medianas empresas y su necesidad de adaptarse al Reglamento.

Desde que hace unos meses entró en vigor esta normativa, hay todavía algunas pymes que no saben si tienen que adaptarse a este nuevo reglamento o no.

Por ello en Letradox Abogados queremos aclararles como lo pueden hacer.

Muchas de las empresas quieren saber si tienen la obligación de adaptarse a este nuevo reglamento.

Tampoco saben qué pasos tienen que dar, que si los datos que manejan son susceptibles de este nuevo reglamento etc.

Es importante que se adapten y sobre todo desconocen si pueden llegar a tener alguna sanción si no se adaptan.

En primer lugar decir que todas las empresas tienen que adaptarse a este reglamento sin excepción.

Pero solo si manejan datos de carácter personal.

Estos datos son aquellos que identifican o pueden identificar a una persona física.

Por ello si tenemos este tipo de datos en nuestra actividad diaria, hay que adaptarse a este reglamento.

Puesto que son datos de clientes , de sus trabajadores , de sus proveedores, etc.

Otros datos que también se dan de carácter personal son aquellos que utilizan videovigilancia.

También los audios, los videos promocionales, etc, ya que la imagen o los audios son de carácter personal.

Por todo ello tiene que estar normalizado y regularizado siguiendo la normativa vigente.

También si no cumplimos con la normativa vigente y no nos adaptamos podemos exponer a grandes multas ya que la normativa ha endurecido las sanciones por infracciones de no cumplir la normativa y no adaptarse.

Estas sanciones son de hasta los 20 millones de euros o un 4% del volumen de facturación anual global.

Por lo que hay que adaptarse cuanto antes.

Además los clientes o cualquier persona que quiera contratar con la empresa debe exigir que este reglamento de protección de datos se este cumpliendo.

Está cambiando la cultura de la protección de datos y eso hace que el cliente no confíe en las empresas que no están adaptadas a la normativa.

Los usuarios tienden a elegir las empresas que están adaptadas a la normativa. Es una realidad.

Por ello las pymes y los autónomos tienen que adaptarse cuanto antes a la normativa y como cada una tiene su diferente actividad es conveniente que cuente con asesoramiento jurídico experto , para ver que tienen que hacer en cada caso.

En Letradox Abogados estamos disponibles para ayudarles, no dude en contar con nosotros para ayudar a que os adaptéis a esta nueva normativa, que aunque lleva unos meses en vigor todavía hay tiempo.

Para ver el vídeo sobre las pymes y su adaptación:

 

Letradox Abogados
C/ Jorge Juan 141, 3ºA. Madrid
TLF: 645 958 948 / 91 298 00 61
Correo: info@letradox.es

Asesoramiento a disc jockey

Asesoramiento legal a DJs – Disc Jockey

ASESORAMIENTO JURÍDICO  LEGAL PARA DJ DISC JOCKEY
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Los contratos son nuestra gran ventaja competitiva en Letradox Abogados , porque somos expertos en la defensa de los derechos de nuestros clientes y en realizar el mejor contrato para nuestros clientes en sus relaciones jurídicas con terceros.

Hoy en Letradox Abogados queremos profundizar en los contratos de DJs.

Tanto para DJs disc jockey de renombre como amateurs, el asesoramiento jurídico antes de contratar es necesario a fin de establecer las condiciones que regularán la relación jurídica.

En LETRADOX ABOGADOS somos expertos en contratos y redactaremos y revisaremos el suyo para que pueda dedicarse a lo que le gusta, la música, sin preocuparse por ningún aspecto legal, con la confianza y seguridad de sentirse respaldado por un gran equipo legal.

Tanto para cuestiones puntuales, dudas jurídicas que pueda haber, como para asesoramiento integral de su empresa y su actividad, podemos darle la solución que requiere.

¿Contrato verbal o por escrito? ¿Retribución en función del aforo? ¿Precio fijo según caché? ¿Tiempo de duración? ¿Incidencias que puedan afectar al desarrollo? ¿Problemas técnicos del equipo de música/audio? ¿Responsabilidad civil?

Éstas y muchas preguntan suelen surgir entre nuestros clientes djs y empresarios. Por suerte, la respuesta a todas está aquí en LETRADOX, te esperamos. Queremos darte el mejor asesoramiento jurídico para dj del momento. Hablamos tu idioma, te entendemos.

Durante todo el año se cuentan por centenares los festivales de música electrónica y de todo tipo. Tomorrowland, Coachella, Ultra Music Festival Miami…son sólo algunos de ellos y quizá los más conocidos.
La combinación de música, verano y buen ambiente hace que se incremente también en estas fechas el número de festivales. Ahora Ibiza y algunos otros destinos paradisíacos son punto de encuentro de los djs más famosos del mundo, Pachá, Space, Amnesia, Privilege y otras discotecas de fama mundial están ya acogiendo a los mejores DJs del momento : Martin Garrix, David Guetta, Alan Walker, Marshmello, Tiesto, Calvin Harris, Steve Aoki, Daft Punk, Kygo…

El mejor asesoramiento jurídico tanto a los dj nacionales como internacionales, solamente en LETRADOX.

Llámanos sin compromiso a los tlfs. 912980061 / 645958948 o escríbenos a info@letradox.es y resuelve todas tus dudas.

Abogados urbanismo e ingenería

Abogados expertos en ingeniería y construcción: LETRADOX ABOGADOS

Abogados expertos en la construcción y obras de ingeniería:

Como abogados prestamos asesoramiento en Derecho del sector de la Edificación, Construcción y Urbanismo.

¿A quién va dirigido?

A promotoras.

Estudios de arquitectura

Empresas constructoras

En relación con los diferentes servicios en los que se desenvuelven como

– Obtener todo tipo de licencias, permisos y autorizaciones ambientales.

– Obligaciones y derechos entre la empresa promotora-consultora-proyecto de arquitectura.

– Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

– Las distintas responsabilidades a las que pueden enfrentarse los arquitectos, constructores y promotores.

– Ley de comercio.

– Asesorarles en las modificaciones de las condiciones de trabajo, reestructuración de los trabajadores.

– Asesorarles en la refinanciación de su deuda financiera y reorganizar su estructura societaria.

 

Podemos asesorarles durante las distintas fases del proceso:

Licitando contratos.

Documentación contractual.

Licencias urbanísticas.

Expropiaciones.

Retrasos de obras.

Garantías de las construcciones.

Responsabilidades derivadas de la construcción.

También defendemos los intereses de los particulares y/o trabajadores:

Si somos perjudicados por los daños que se han producido nuestra casa.

¿A quien demando por vicios o defectos en la construcción de mi vivienda?

Para poder llevar a cabo estas reclamaciones la ley las ha establecido un plazo de tiempo determinado.

Dependiendo de si la reclamación es por defectos de construcción o vicio puede ser mayor o menor.

Reclamaremos al constructor o promotor, dependiendo de su caso.

O incluso al arquitecto lo antes posible y que si no puede que nos caduque nuestra acción para poder reclamar en plazo.

La construcción es uno de los trabajos mas peligrosos que existe.

Por ello si tengo un accidente en mi puesto de trabajo

¿Qué puedo hacer?

Si usted resulta lesionado en su puesto de trabajo como resultado de:

Por ejemplo caídas, caida de objetos, aparatos defectuosos, etc…

Tiene que proceder a buscar una compensación mediante la accion legal para hacer responder a los responsables.

En letradox, damos a nuestros clientes el asesoramiento mas especializado.

Estudiando cada caso en particular buscando la protección de sus derechos.

No dude en ponerse en contacto si tiene un caso similar sobre el Derecho de la Edificación, Construcción y Urbanismo.

Estamos a su servicio.

 

LETRADOX ABOGADOS

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Tlf. 912980061 / 645958948

info@letradox.es

ASESORAMIENTO LEGAL en COMPRAVENTA de PISOS

 

ASESORAMIENTO LEGAL COMPRAVENTA DE INMUEBLES

 

 

LETRADOX

 

tlf. 645 958 948

 

 

 

 

Despacho de abogados en Madrid, Alcalá de Henares, Majadahonda

 

La compra de un inmueble siempre lleva acarreada una serie de cuestiones muy importantes, las cuales es preciso conocer de antemano para evitar sorpresas.
Si usted quiere comprar o vender un piso, solicite información sin compromiso acerca del asesoramiento legal que el despacho de abogados LETRADOX le puede proporcionar.
Aspectos como los gastos que lleva acarreada la operación, el acuerdo previo de contrato de arras o los trámites posteriores a la formalización del contrato, son trascendentales.
Algunas de las preguntas que nos suelen plantear nuestros clientes y que son muy frecuentes son:

 

 

¿Qué gastos conlleva una compraventa de un piso?

 

¿Quién debe satisfacer los gastos de compraventa del piso?

 

¿Qué es el contrato de arras y qué ventajas e inconvenientes supone?

 

En caso de venta de un inmueble ganancial, ¿Se paga plusvalía?

 

¿Qué impuesto y a qué tipo tributa la venta de un piso?

 

¿Cómo afecta al IRPF las ganancias procedentes de la venta de un piso?

 

 

Para éstas y otras muchas preguntas, no dude en contratar los servicios de LETRADOX (www.letradox.com) y obtener de primera mano una solución particularizada para su caso.

 

Recuerde: la información es poder, y sólo teniendo un conocimiento en profundidad de estas cuestiones, usted tomará la decisión acertada.

 

 

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