Entradas

TRÁMITES DE LA SUCESIÓN. HERENCIAS. Letradox Abogados

TRÁMITES DE LA SUCESIÓN. HERENCIAS. Letradox Abogados

LETRADOX ABOGADOS
Tu despacho de abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y amplia cobertura nacional e internacional
Derecho de Sucesiones, testamentarías, herencias
ABOGADOS
Tlf. 645958948
info@letradox.es
www.letradox.com
Los TRÁMITES DE LA SUCESIÓN. TESTAMENTARÍAS. HERENCIAS
 
 
En el vídeo de esta semana trataremos una cuestión de muchísimas utilidad, cuales son los principales trámites de la sucesión, es decir, qué hacer tras el fallecimiento de una persona. Lo que se viene denominando como testamentarías y muy relacionado, evidentemente con la herencia.
Pues bien, como explica Mercedes de Parada, abogada del bufete,  despacho de abogados LETRADOX (www.letradox.com) , el primer paso es obtener del Registro Civil el certificado de defunción del causante. Hay que pedir varios y su expedición es gratuita.
Posteriormente será necesario acudir al Registro General de Actos de Ultima Voluntad. Es un registro administrativo que nos dirá si el causante había hecho testamento o no. Si lo ha hecho, nos dirá en qué notaría y en qué fecha, para que de esa manera podamos localizarlo.
Si no ha hecho testamento, se expedirá una certificación negativa, es decir, que el causante no ha hecho testamento, o al menos que no consta en dicho registro. Recordad que cabe la posibilidad de haber hecho testamento ológrafo.
Posteriormente conviene pedir un certificado al Registro de contratos de seguro con cobertura de fallecimiento, en el que nos dirán si el causante (fallecido) tenía algún seguro de vida a su favor.
Conviene a continuación conocer el título sucesorio, es decir, si hay testamento, en cuyo caso ése será el título sucesorio, o si no lo hay, en cuyo caso, hay que hacer la declaración de herederos abintestato.
Esa declaración de herederos se puede hacer o bien ante Notario (si el causante dejó esposo o esposa, ascendientes o descendientes) o bien judicialmente, si no.
A continuación hay que hacer un inventario del activo y el pasivo y redactar el cuaderno particional.
Por último recordar que hay que pagar los impuestos. El Impuesto de sucesiones y el de Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (antigua plusvalía). El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento del causante, pero se pueden pedir prórrogas.
Los trámites generales son los expuestos, pero conviene contar con un abogado espcializado para llevar el caso. Cuente con nosotros y le asesoraremos y le tramitaremos la sucesión con diligencia y profesionalidad.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada, nºcol. 118.218 ICAM
LETRADOX ABOGADOS
En Madrid, Alcalá de Henares y toda España,
Tlf. 645 958 948
info@letradox.es
www.letradox.com
TRÁMITES DE LA SUCESIÓN. HERENCIAS. Letradox Abogados

RETROACTIVIDAD de la CLÁUSULA SUELO. EL 12 DE JULIO LO SABREMOS

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
 
BUFETE LETRADOX
 
En Madrid, Alcalá de Henares y amplia cobertura nacional e internacional
 
Tlf. 645 958 948 / 912980061
 
 
 
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y toda España.
 
Derecho Hipotecario. Cláusulas suelo
 
—————————————————————————————————-
 
RETROACTIVIDAD DE LAS CLÁUSULAS SUELO.
EL 12 DE JULIO DE 2.016 LO SABREMOS.
 
La siguiente fecha va a ser relevante para todos los afectados por cláusulas suelo por cuanto se va a conocer si los efectos son retroactivos desde la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2.013 o bien desde el momento de la suscripción del préstamo hipotecario en cada caso.
La fecha que hay que tener en cuenta es el 12 de julio de 2.016, ese día además el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidirá sobre esta importante cuestión y que afecta a numerosos clientes.
Ahora bien, como siempre advertimos, hay que analizar cada caso en particular, por cuanto lo que más conviene a un cliente no tiene por qué ser lo mismo para otro en el que su caso no es igual. Así pues la retroactividad total no tiene por qué ser la mejor opción.
No obstante, la retroactividad total sí que es lo más coherente con la nulidad, por cuanto si la nulidad absoluta de pleno derecho o radical significa que nunca ha existido la cláusula en sí y hay que dejar indemnes a los afectados de las posibles consecuencias que la misma ha traído, lo que corresponde es la nulidad desde el principio, cuando se insertó y no sólo desde una fecha como es la de 9 de mayo de 2.013,  cuando se dictó la Sentencia del Tribunal Supremo sobre la materia.
Por ello la cláusula suelo, establecida generalmente en la cláusula tercera bis de los préstamos hipotecarios con la rúbrica del límite a la variabilidad de los tipos de interés, supone además encubrir un préstamo a tipo fijo cuando en realidad se “vende” como variable y por ello hace que el consumidor no se vea beneficiado de las bajadas de los tipos de interés.
Por último si baja el Euribor y usted no lo nota en su hipoteca, puede que tenga cláusula suelo, consúltenos y salga de dudas y además el 12 de julio de 2.016 atentos al televisor que saldrá en las noticias a todas horas la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Abogados en Madrid y Alcalá de Henares y también toda España:
LETRADOX ABOGADOS
Sede central: C/ Jorge Juan 141. Madrid
Tlf. 645958948 ; también en el email: info@letradox.es

 

DIVISIÓN COSA COMÚN. Resuelve problemas con copropietarios

LETRADOX ABOGADOS
Bufete abogados en Madrid, Alcalá de Henares y toda España
TODAS LAS RAMAS DEL DERECHO
www.letradox.com
Tlf. 645958948
info@letradox.es 
Sede central: C/ Jorge Juan 141.  Madrid
También oficinas en Alcalá de Henares.
¿Quieres ver este artículo en vídeo? Dale al siguiente link;
https://www.youtube.com/watch?v=Gm_6PZDO888
DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN: Resuelve problemas con copropietarios. 
Nuestros clientes del despacho de abogados , bufete,  LETRADOX,  de Madrid Alcalá de Henares nos preguntan en no pocas ocasiones por una solución al siguiente problema, que también lo puede tener usted o alguien que conozca. 
Se trata de aquellos casos en los que existen varios copropietarios de una cosa en común, generalmente una vivienda. 
Son muy habituales estos casos, por ejemplo, unos hermanos que tienen una vivienda en común procedente de la herencia de sus padres, o bien una pareja que compró una casa y ahora se ha separado. ¿Qué ocurre con esa vivienda?
El problema viene cuando algunos de los copropietarios no se hace cargo de los gastos que le corresponden (muchas veces por un mero acuerdo verbal y no escrito), o si no hace frente a los impuestos, las cuotas del préstamo hipotecario…etc.
No obstante, también puede ocurrir que uno de los copropietarios necesite liquidez y quiera vender la parte que le corresponde pero no sabe cómo actuar dado que sabe que la vivienda no solo es suya. 
Cuando no hay acuerdo entre las partes, es necesario que para resolver esos problemas enquistados tenga un interlocutor profesional que se ponga en contacto con los demás para proponer soluciones de manera extrajudicial en primer lugar. Para ello, Letradox Abogados es la mejor opción (tlf. 645 958 948 / email: info@letradox.es) . Tanto por medio de comunicaciones como personalmente si fuera necesario, nos pondremos en contacto con todas las partes de manera conciliadora y amistosa. 
No obstante y si tras las negociaciones no se alcanza un acuerdo, hay que proceder por vía judicial llevando a cabo el procedimiento judicial de división de la cosa común; acción que se lleva a cabo con abogado y procurador. Al ponerse en contacto con nosotros, nos encargaremos de todo, también de la puesta en contacto con el procurador que llevará su caso. Contamos con procuradores en todo el territorio nacional. 
Esta acción judicial tiene su base jurídica en los arts. 392 y ss. del Código Civil. Ningún copropietario está obligado a permanecer en una situación de indivisión, por lo que se puede llevar a cabo con éxito y se pedirán las costas a quien ha impedido o dificultado la división. 
Es necesario analizar cada caso en particular, sin perjuicio de estos apuntes que acabamos de dar de carácter general. 
Si usted o alguien que conozca tiene un problema semejante, llámenos sin compromiso. Queremos ayudarle. Muchas gracias, y hasta la semana que viene, 
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
C/ Jorge Juan 141. Madrid
mercedes@letradox.com
tlf. +34 645958948 
www.letradox.com
LETRADOX : Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y toda España.

 

¿QUÉ ES EL IRPH de las HIPOTECAS?

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
 
Abogados en Madrid, Alcalá de Henares…y toda España
 
Expertos Derecho Civil e Hipotecario
 
C/ Jorge Juan 141. Madrid
 
Tlf. 645958948
 
info@letradox.es
 
www.letradox.com
 
 
¿QUÉ ES EL IRPH DE LAS HIPOTECAS?
 
Este lunes el Despacho de Abogados Letradox (Madrid y Alcalá de Henares) resuelve una duda frecuente en Derecho hipotecario: ¿Qué es el IRPH de las Hipotecas?.
Como siempre, toda la información en vídeo en nuestra canal de Youtube Mercedes Parada / Letradox y por escrito en el Blog Letradox.
………………………………………………………………………………………………………………………………………….
El IRPH es un índice de referencia hipotecaria al que se encuentran vinculados algunos préstamos hipotecarios. No obstante, la mayoría suelen estar referenciados al EURIBOR, que es un índice mucho más conocido.
En noviembre de 2.013 se dejaron de publicar el IRPH de Cajas y el IRPH de Bancos y fueron sustituidos por otros; entre ellos el IRPH de Entidades.
El problema que ha ocurrido con dicho cambio, e incluso con el propio establecimiento del IRPH es que se pueden considerar en cierto modo índices abusivos. Se puede considerar como una cláusula abusiva porque son susceptibles de manipulación por la Entidad bancaria.
No han tenido un carácter negociado; además , y lo que en términos económicos le parecerá más interesante, es que supone el estar pagando mensualmente usted muchos más intereses que lo tendría que abonar si su hipoteca estuviera referenciada al EURIBOR.
Toda la información previa, adecuada y suficiente en relación a este aspecto, no se tenía por el cliente en el momento de contratar, como estamos constatando.
En conclusión la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de San Sebastián considera que el IRPH es nulo y condena a la Entidad bancaria a pagar al cliente todos los intereses que éste le ha pagado desde el momento del nacimiento del préstamo hipotecario.
Por último esta Sentencia abre la puerta a una reclamación que es factible, primero por vía extrajudicial y luego judicialmente. Evidentemente hay que analizar cada caso en particular y para ello estamos a su completa disposición en el teléfono 645958948 o también en el email:  info@letradox.es
Muchas gracias por seguirnos y hasta la semana que viene.
Que tengáis una muy buena Semana Santa.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada, nºcol. 118.218 ICAM
 
Despacho de ABOGADOS LETRADOX
www.letradox.com 
Tlf. 645958948
info@letradox.es 

¿Tiene HIPOTECA MULTIDIVISA? Este vídeo le interesa…

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
www.Letradox.com
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y toda España
Tlf. 645958948
info@letradox.es
C/ Jorge Juan 141. Madrid.
Abogados especialistas derecho Civil e Hipotecario
¿ Tiene HIPOTECA MULTIDIVISA?
 
 
En el vídeo de este lunes tratamos la cuestión de la Hipoteca Multidivisa. 
Es una materia de plena actualidad y no carente de conflicto por cuanto ha supuesto en algunos casos, que el capital pendiente de amortizar en la hipoteca se haya disparado y suponga casi el doble en algunos casos del inicialmente prestado. 
Para adentrarnos en la hipoteca multidivisa, tenemos que partir de que la definición de la misma sería, que es aquel préstamo hipotecario que está referenciado a una moneda extranjera. Generalmente el yen japonés y el franco suizo. 
Es muy importante el perfil del contratante; y ¿ por qué decimos esto?: Porque es un elemento fundamental que tiene en cuenta la jurisprudencia para valorar si prospera la acción judicial o no y que evidentemente el perfil del prestatario nos acerca a si conocía los riesgos de esta modalidad de hipoteca o no. 
Si evidentemente usted es un experto economista o financiero o abogado experto en hipotecas multidivisa, es difícil que un juez le dé la razón en el hecho de que no sabía el producto que estaba contratando, seamos claros y no se deje engañar,  ahora bien, si usted no tiene formación económica o financiera específica sí que es probable que no conociera los RIESGOS que esta hipoteca suponía y puede reclamar. 
El conocer la evolución de una divisa es complejo para el ciudadano medio sin información al respecto. Y para entender de manera global el mecanismo no sólo tiene que saber la evolución de la misma en un periódico de Economía o especializado, sino el por qué se produce y cómo le afecta a su hipoteca. No es lo mismo que ud tenga que devolver X yenes japoneses prestados, o que tenga que devolver una cantidad en euros. ¿Acaso sabe la evolución que va a tener  la ya de por sí compleja economía japonesa la cual lleva en recesión años…etc?… porque cuando tenga que devolver los yenes japoneses prestados puede que al hacer la conversión a euros se lleve una sorpresa y realmente no haya amortizado capital… o el capital se haya multiplicado como en muchos casos ha ocurrido.
¿Sabía todos los riesgos realmente de esta hipoteca? ¿ Hubo una suficiente información previa contractual? Ésta y otras preguntas será necesario resolver y analizar en cada casa particular para concluir si puede reclamar y no alargar la dramática situación de pagar a la Entidad y que apenas se amortice el capital y pague numerosos intereses.
Si tiene hipoteca multidivisa, lo primero y más prudente es analizar todos los elementos dichos y algunos más que se determinan con cada cliente, llevar  a cabo una labor extrajudicial y posteriormente si fuera necesario, judicial.
Estamos a su disposición,
Atentamente,
Mercedes de Parada
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
Tlf. 645958948
C/ Jorge Juan 141, Madrid

 

Vídeo sobre procedimiento de separación y divorcio

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
 
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y toda España.
Tlf. 645958948
info@letradox.es
www.Letradox.com
Abogados matrimonialistas
Especialistas en Derecho Civil e Hipotecario
 
 
PROCEDIMIENTOS DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
 
Este lunes, como cada semana, os traemos un vídeo con una explicación muy sencilla y breve.
En este caso se trata de qué tipos de  procedimientos de divorcio o separación existen.
Aunque ya hemos tratado en algún video blog esta materia, hoy vamos a hacer hincapié en qué tipo de procedimientos existen para resolver esta cuestión sobre la que muchos nos preguntáis.
Existen básicamente dos procedimientos. El procedimiento de mutuo acuerdo y el procedimiento contencioso.
El procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo es aquel en que ambas partes están de acuerdo en las medidas que regirán tras la ruptura.
Solamente es necesario un abogado y un procurador, aunque no hay problema si una de las partes quiere tener su propio abogado a fin de asesorarse de la mejor manera posible y defender sus intereses, pero en el ámbito judicial basta con que haya uno.
El procedimiento contencioso es aquel en el que los cónyuges no están de acuerdo en las medidas a tomar, tanto de tipo personal como patrimonial, por tanto cada parte se presenta con su abogado y su procurador.
El abogado como representación letrada, asistencia técnica: y el procurador como representación procesal.
Por ello para evitar incurrir en más costes, no es necesario un poder notarial; se puede otorgar el poder al procurador apud acta, es decir, ante el Secretario judicial (no tiene coste).
Por ello es importante que tanto si se lleva a cabo un procedimiento de mutuo acuerdo como uno contencioso, tener alguien al lado que le apoye, le asesore y resuelva todas las dudas jurídicas que se le puedan plantear. De ahí que es muy importante contar con un despacho como LETRADOX que ofrece este servicio y tiene muy en cuenta al cliente desde el principio del caso, hasta el final.
Muchas gracias por seguir el Blog, esperamos que esta información haya sido de su utilidad y además estamos a su disposición para cualquier aspecto que nos quiera comentar o llevarle su caso de separación o divorcio,
¡Hasta la semana que viene!
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada, nºcol. 118.218 ICAM
mercedes@letradox.com
Despacho de Abogados LETRADOX
 
C/ Jorge Juan 141. Madrid. 
www.letradox.com
tlf. 645958948 
Sus abogados de confianza para separación o divorcio en Madrid, Alcalá de Henares y además amplia cobertura nacional e internacional.

¿QUÉ SON LOS SWAPs? Te lo explicamos con este vídeo

LETRADOX ABOGADOS 
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y amplia cobertura nacional e internacional.
www.Letradox.com
www.letradox.com
Email: info@letradox.es
Tlf. 645958948
ABOGADOS ESPECIALISTAS DERECHO CIVIL E HIPOTECARIO
 
 
¿QUÉ SON LOS SWAP? 
 
Explicación sencilla de qué son
 
 
 
 
https://www.youtube.com/watch?v=f17JUj0_KlM
 
SWAP O PERMUTA FINANCIERA
 
El despacho de Abogados LETRADOX te presenta este lunes un vídeo blog muy interesante sobre los SWAP. (Despacho en Alcalá de Henares y Madrid y amplia cobertura nacional e internacional)
Es un producto que más de uno de los clientes se ha sorprendido cuando ha descubierto que lo tenia al concertar su préstamo hipotecario. Por ello, puede que no sea improbable  que ud también lo tenga y no se haya percatado.
Vamos por partes y a explicarlo de una manera muy sencilla, quizá demasiado para los «puristas» y estudiosos del tema…pero queremos que sea comprensible, precisamente tan comprensible que cualquier usuario, cliente etc. independientemente de su formación académica, lo pueda entender.
En primer lugar, hay que partir de que los SWAP son un producto financiero que trata al menos en teoría de mantener los tipos de interés entre un mínimo y un máximo. Es «asegurar» los tipos de interés, pero ¡ojo! no es un contrato de seguro.
Hay que hacer hincapié en que no es un contrato de seguro porque jurídicamente, si lo fuera, tendría una regulación específica como cualquier otro contrato de seguro…que no es el caso de los SWAPs.
Realmente es un contrato atípico y aleatorio. Es decir, no tiene una regulación jurídica detallada en la legislación y tiene un componente añadido importante de azar. Es como si se hiciera una apuesta con el Banco de qué evolución van a sufrir los tipos de interés. Evidentemente esa apuesta es difícil que la gane un cliente particular , mucho menos informado y puesto en la materia…
Pero , ¿cual es entonces la utilidad de los swap? .
Al concertar un préstamo hipotecario  los tipos pueden ser fijos o variables. Es decir tipo fijo de por ejemplo el 3,5%… o pueden ser variables es decir, EURIBOR + 1,5… Pues bien, los tipos fijos suelen ser más altos pero aportan más estabilidad. Siempre voy a saber el tipo que se me aplica…ya sea el primer año o en el año 20 de pagar el préstamo… Pero en cambio, los tipos variables son más bajos aunque aportan una mayor incertidumbre.
Los Swap tratan de conseguir la estabilidad de los tipos fijos y el «precio más bajo» de los tipos variables, por tanto en teoría tienen una buena finalidad. ¿Cual es el problema?..pues como suele ocurrir, la falta de información previa precontractual. Es decir, no hay una información previa suficiente y adecuada para que el cliente/ usuario conozca qué es en realidad. Sólo se vendían las bondades de este producto, pero no la cara menos conocida…
Se han comercializado por los Bancos al estar el Euribor en máximos históricos, 5,38 % aprox. y la realidad ha sido que el cliente ha tenido que hacer grandes desembolsos por la contratación de este producto. Si su cuota mensual no baja, puede que sea por esto…o por una cláusula suelo…etc.
¿Cómo lo podemos solucionar? Analizando su caso en particular y ver la solución al problema, de raíz, fácil y directo. Confíe en nosotros.
Mercedes de Parada
Abogada nºcol. 118.218 ICA;
Derecho Civil e Hipotecario
LETRADOX ABOGADOS 
 
En Madrid, Alcalá de Henares y toda España 
 
www.Letradox.com 
 
tlf. 645958948 
 
info@letradox.es 

CURSO DE DERECHO HIPOTECARIO

LETRADOX ABOGADOS presenta: CURSO DE DERECHO HIPOTECARIO.

Fórmate en un sector en auge y marca la diferencia.

Orientado a abogados y estudiantes de Derecho.

Duración: 4 horas / Se dará certificado de asistencia.
Precio económico.

Explicación muy clara y didáctica de los principales conceptos del Derecho hipotecario y los principales casos prácticos que se presentan en el día a día de cualquier despacho de abogados.

Un curso que aglutina todos los aspectos primordiales de años de experiencia. No te lo puedes perder.

El despacho de abogados LETRADOX presenta este práctico curso de Derecho Hipotecario.
Solicite información sin compromiso en el email info@letradox.es

LETRADOX,
Sus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y toda España.
Ahora también apostando por la formación.
Siempre cerca de ti.

www.letradox.com

www.letradox.es

Email: info@letradox.es

Tlf. 645 958 948 / 912980061

C/ Jorge Juan 141. 3ºA. Madrid .

 

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS TRAS SENTENCIA DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
 
www.letradox.com
www.letradox.es
 
En Madrid, Alcalá de Henares y amplia cobertura nacional e internacional
 
tlf. 645 958 948
info@letradox.es
 
Sus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares
 
 
 
 
MODIFICACIÓN DE MEDIDAS TRAS SENTENCIA SEPARACIÓN Y DIVORCIO
 
 
 
 
 
 

Como bien explicamos en el vídeo, partimos de la base de una pareja que inició un procedimiento de separación o divorcio y obtuvo una serie de medidas.
Estas medidas recogían tanto aspectos personales como aspectos patrimoniales.
Pues bien, ha pasado el tiempo y esas medidas se pueden cambiar si han cambiado las circunstancias.
Vamos a ver cuales son los requisitos:
 Tiene que ser un cambio objetivo, sustancial, de una cierta entidad, involuntario, ciertos tintes de permanencia e imprevisible, según las reglas de la diligencia media. Pues bien, si cumple con todos estos requisitos se darían los elementos clave para instar el cambio. Podemos acudir al procedimiento de modificación de medidas.
Por ejemplo, si uno de los cónyuges es despedido y por tanto se encuentra en paro, evidentemente es un hecho que cumple, en principio, los requisitos anteriores y que justificaría el cambio.
Hay que decir que el procedimiento de modificación de medidas puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
Será de mutuo acuerdo si ambos ex cónyuges  aprueban las medidas a tomar y por tanto deciden las mismas conjuntamente. De esta manera cabe la posibilidad de que el procedimiento se presente con un solo abogado y un solo procurador.
También puede ser contencioso, si ambas partes no están de acuerdo en las medidas a tomar y cada una «lucha» por las medidas que se han de interponer. En este caso, cada parte se presenta con su abogado y su procurador.
El Tribunal Supremo lo considera como un procedimiento independiente, de tal manera que tiene sus propias reglas, por ejemplo de competencia. ¿Qué juzgado es el competente para el procedimiento de modificación de medidas aprobadas en Sentencia?.
Pues puede ser, a elección del demandante, el del domicilio del demandado o el de residencia del menor, si hay menores.
Es muy importante la prueba y dado que es muy casuístico habrá que estar a cada caso particular.
Por tanto, para analizar cada caso, estamos a vuestra entera disposición en el teléfono 645 958 948 o bien en el email: info@letradox.es ,
Os esperamos!
DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
www.Letradox.com
 
Sede central: Calle Jorge Juan 141. MADRID

MEDIDAS PATERNOFILIALES:Parejas no casadas con hijos en común

 

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
C / Jorge Juan 141. Madrid
info@letradox.es
Tlf. 645958948
www.letradox.com
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares y también toda España
Abogados de Familia
MEDIDAS PATERNOFILIALES: Parejas no casadas con hijos en común
 
 
 ¡Buenas tardes a todos !
Una semana más os informamos de temas de vuestro interés y también en este caso a través del siguiente video blog al que accederéis pinchando en este link:
https://www.youtube.com/watch?v=USNgGrpgV0g
¿Dudas jurídicas sobre los efectos de los hijos en común de una pareja no casada? ¿Qué son las medidas paternofiliales? ¿Cómo se imponen dichas medidas? ¿En qué casos? ¿Dónde se regulan?…
Por eso todas estas preguntas y muchas más te resolvemos en el video blog de esta semana.
En él podrás resolver estas cuestiones que aquí también te adelantamos:
Al producirse la separación de una pareja que no ha estado casada pero ha tenido hijos en común, se plantean una serie de dudas. Además en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil se contiene la regulación de las medidas paternofiliales, aquellas que regulan estas cuestiones.
Es un procedimiento judicial, sí , sí, judicial, no por contrato, notario u otras fórmulas diferentes.
ES pues por un procedimiento judicial que se tiene que presentar con abogado y procurador.
Además puede ser de mutuo acuerdo o bien contencioso.
Si es de mutuo acuerdo significa que ambos miembros de la ahora ex pareja están de acuerdo con las medidas en relación a los hijos, mientras que será contencioso si no hay acuerdo al respecto.
¿Qué medidas son las que por lo tanto se regulan?. Aquellas que afectan a los hijos exclusivamente: es decir, la guarda y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia etc.
Estas medidas varían según las circunstancias y es necesario analizar cada caso en particular.
Por eso te esperamos para resolver cualquier duda o llevarte tu caso.
¡Hasta la semana que viene!
Mercedes de Parada
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
C/ Jorge Juan 141. Madrid
tlf. 645 958 948 
EN TODA ESPAÑA 
www.letradox.com