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Aspectos legales de los e-sports. Letradox® Abogados

Aspectos legales, e-sports. Letradox@Abogados

Los e-Sports suponen a día de hoy una realidad con dificultades en el mundo jurídico. Afectan a múltiples áreas del derecho como el mercantil y civil (la propiedad intelectual), fiscal o del trabajo. 

Por lo que, a día de hoy supone un reto jurídico de primer orden. 

Podríamos señalar que los e-sports parten del sector del juego, ya que concretamente, nacen de los videojuegos. De esta forma, pasan a ser un espectáculo de masas que se van comunicando por los las redes y medios actuales. 

Por lo que, será necesaria una adecuada regulación. El fin es facilitar el desarrollo de dicha actividad con el objeto de que se promuevan como un foco de talento. Además, pequeños cambios pueden propiciar a un mayor desarrollo de los mismos. Por el contrario, en el caso de que se realicen malas alteraciones o cambios en la ley podrán dificultar su prometedor futuro. 

Asimismo, será necesario el trabajo común de varios profesionales de varios sectores como: el audiovisual, legal y deportivo. La pretensión principal es la de lograr un mayor crecimiento y concepción para que sea aceptado por la población y vaya aumentando su relevancia social. 

Profesionales del sector han considerado que en lo referente al mercado laboral de las relaciones entre jugadores, representantes y clubes, podrían mejorar. 

En este sentido, la regulación de los e-sports podría ser más beneficiosa. Por ejemplo, se podrían aplicar las mismas leyes laborales que a los deportistas profesionales. 

Además, a los e-sports les beneficiaría enormemente tener una asociación profesional para que representase sus intereses. La figura del representante, podría ayudar bastante a dichos jugadores. En este sentido, podría hacerles ser consciente del valor que tienen ellos en el mercado para mejorar y negociar los salarios. 

Desde el ámbito de la propiedad intelectual e industrial, lo más apropiado jurídicamente sería hablar de derechos de imagen de los propios eGamers. Aún así, se trata de actividad que se encuentra situada en un vacío jurídico. Por lo que, lo más conveniente sería regular este sector, ad hoc, con el fin de clarificar dicha situación. 

Actualmente, España se posiciona como uno de los países de su entorno con más penetración en el consumo de los videojuegos. Concretamente se encuentra posicionado como el noveno país del mundo, por realizar ingresos en esta industria del videojuego. 

Tal es así que cuenta con la competición más grande a nivel a nivel europeo. Además, en el  territorio español, se encuentran asentadas las franquicias internacionales más importantes de este sector. Asimismo, se han ido celebrando en nuestro país importantes eventos que incluyen los e-sports. Por ejemplo, eventos anuales como la Madrid Games Week o Tenerife LAN Party. Otros más concretos como los de la League of Legends Champions Series

Hoy en día, el único país de Europa que ha regulado los e-sports es Francia. Lo ha hecho por medio del Decreto nº 2017-8712017; y hace referencia a la “Organización de Competiciones de Videojuegos”. 

Sin embargo, este hecho, no se traduce en que estemos en una situación de un mercado ilegal. Sino que al encontrarnos con un sector aún incipiente, para regular las cuestiones acude al derecho general. Es decir, al derecho mercantil, civil, laboral y fiscal.

Así pues, podríamos resumir que el debate, en todo lo que hace referencia a la regulación en lo siguiente. O bien, que los e-sports pasen a tener su propia regulación específica. O por el contrario, que para resolver las cuestiones que puedan surgir se combine dicha autorregulación con el derecho general. Asimismo, sería necesario dotar de una estructura jurídica adecuada a las relaciones establecidas entre los equipos y los organizadores. 

Desde Letradox®Abogados, nos consideramos como un factor de impulso en el desarrollo de la industria de los videojuegos. Estamos a tu disposición con cualquier duda que puedas tener. Ofrecemos asesoramiento y un trabajo profesional y de confianza. 

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Nuevas tecnologías en el mundo jurídico

Regulación de la Inteligencia Artificial y la robótica.

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL, ROBÓTICA Y SU REGULACIÓN.

La inteligencia artificial (IA) está siendo una de las grandes revoluciones de nuestro tiempo. En definitiva, se trata de crear maquinas con aptitudes similares a las del ser humano.

Aunque parezca ciencia ficción es ya actualidad. Sin embargo, pese a la realidad del tema la regulación continúa siendo escasa y dispersa.

la regulación es una incógnita en muchos puntos. Tendrá gran interés temas como responsabilidad civil o propiedad intelectual. Aunque es cierto que sabrá de temas laborales y de Derecho de usuarios entre otros.

Una resolución del Parlamento Europeo con fecha en el 16 de febrero de 2017 estableció unas recomendaciones a la Comisión. Se centró en normas de derecho civil sobre robótica. En la introducción ya habla de la necesidad de crear una definición de robot y de Inteligencia Artificial. Ésta debe ser flexible y no lastrar la innovación. También apunta el riesgo de que la IA supere la capacidad intelectual humana. Por ello, por la preocupación que presenta, cree capital una regulación.

Esta recomendación fija las lineas de trabajo que el legislador debería  seguir:

  • Habla de la creación de una Agencia Europea de Robótica e Inteligencia Artificial.
  • La elaboración de un código de conducta ético voluntario.
  • Regular quien será el responsable de los impactos sociales, ambientales y de salud humana de la robótica.
  • Promulgar conjunto de reglas por los daños causados por los robots.
  • Crear un estatuto de la persona electrónica.
  • Estudiar nuevos modelos de empleo y analizar la viabilidad del actual sistema tributario y social.
  • Creación de un registro europeo de los robots inteligentes.

Se establecen como referentes éticos para la robótica: la seguridad, salud, libertad, intimidad, integridad, justicia, dignidad o la igualdad. En definitiva, una serie de Derechos Humanos que como se ha dicho será necesario proteger.

Todos estos aspectos podrían crear una nueva disciplina jurídica: “derecho robótico”. Deberá intervenir de manera productiva para orientar la evolución actual y futura en este ámbito. Se propone un Derecho de los Robots que adapte el Derecho general y ya existente. Así mismo, que éste genere a su vez un Derecho nuevo. El Derecho Tradicional siempre será la base.

Por tanto, es un un tiempo donde la regulación todavía no resuelve todas las dudas.

Conscientes de las dudas y preguntas que esta materia arroja, Letradox Abogados le ofrece asesoramiento informado en nuevas tecnologías.

BIOTECNOLOGÍA: CUESTIONES Y REGULACIÓN POR LETRADOX ABOGADOS.

BIOTECNOLOGÍA: CUESTIONES Y REGULACIÓN POR LETRADOX ABOGADOS

Al hablar de Biotecnología hemos de hacer una distinción previa.

La Biotecnología tradicional es el ancestral conjunto de técnicas humanas de manipulación empírica de los organismos y microorganismos vivos. Para la obtención de vino y cerveza, pan…

Y la Biotecnología moderna es el nuevo paradigma del conocimiento. Porque desde mediados del siglo XX, y gracias a la posibilidad de irrupción en el material genético de los seres vivos, está erosionando. Y no solo en las bases científicas convergentes de las ciencias de la vida, sino también en muchos valores y convicciones del mundo.

La Biotecnología en España se ve afectada por varios preceptos constitucionales. Y algunos de ellos derechos fundamentales.

Es el caso del art. 15 CE, que recoge el derecho a la vida. O del art. 18 CE, que establece el derecho fundamental al honor y la intimidad.

Por otro lado, el art.10 CE, que regula la dignidad de las personas. Y el art. 43 CE defiende la protección de la salud. También el art. 20 CE, que expone la libertad de creación y producción científica. Y así mismo, el art.44.2 CE, que declara la obligación de los poderes públicos de promover la investigación.

En cuanto a legislación específica en España. Son de especial interés la Ley 9/2003. De Régimen Jurídico de la Utilización, Liberación Voluntaria y Comercialización de organismos modificados genéticamente. A fin de prevenir riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

También la Ley 14/2007 de Investigación biomédica. Que regula las actividades de utilización confinada. Liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente. Y comercialización de estos organismos o de productos que los contengan. Con el fin de evitar los eventuales riesgos. O reducir los daños que pudieran derivarse para la salud humana o el medio ambiente.

O la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida. Que regula las técnicas de reproducción humana asistida. Aquellas acreditadas científicamente y autorizadas, por tanto, en los términos legalmente previstos.

Igualmente, La Ley de propiedad intelectual (RDL 1/1996). O la Ley 24/2015 de Patentes. Cuyo objeto es la protección de las invenciones industriales.

Y la Ley 3/2000, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales. Que pretende la protección de las obtenciones vegetales. Pero también incorpora a la legislación española el art. 12 de la Directiva 98/44/CE.

La aprobación de la Directiva 2001/18/CE. Sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente. Y fue transpuesta en España por medio de la Ley 9/2003. Y establece el régimen jurídico de la utilización confinada. También la comercialización de organismos modificados genéticamente.

El Derecho biotecnológico español es esencialmente de carácter administrativo. Pero la regulación actual es escasa y rígida. Porque se centra en los alimentos transgénicos. Y se prohibe la clonación en seres humanos con fines reproductivos. (Art. 1.3 Ley sobre técnicas de reproducción asistida).

en definitiva, La Biotecnología es un tema que lleva presente en el ser humano desde hace tiempo. Pero sin duda su papel en el futuro será fundamental. principalmente, en el desarrollo de la humanidad. En Letradox abogados ofrecemos nuestro servicios jurídicos para asesorarle. Y ayudarle sobre cuestiones relativas a la Biotecnología.