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La RECLAMACIÓN de la PLUSVALÍA MUNICIPAL.

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Abogados plusvalía / Abogados reclamación plusvalía.
 
 
 
Prácticamente todos los pisos, locales y demás inmuebles urbanos en España se revalorizan año tras año de manera constante. Así, desde que compramos o adquirimos por otro título un inmueble hasta que lo transmitimos de nuevo.  Con toda seguridad habrá aumentado su valor.
Por eso, si adquirimos un inmueble hace unos años con un valor de, por ejemplo, 90.000 y ahora lo vendemos o transmitimos de nuevo por un valor de 150.000 , habrá ‘aflorado una plusvalía’ de 60.000 €.
Pues bien, existe un impuesto que grava precisamente esa plusvalía.  Y que viene establecido por los Ayuntamientos. Quienes se encargan íntegramente de su gestión.
Concretamente, el hecho imponible que grava el impuesto es la obtención de un incremento de valor experimentado por terrenos urbanos que se pone de manifiesto cuando se transmite por cualquier título (venta, herencia, donación… etc.) su propiedad o cualquier derecho real sobre el mismo.
Tras la reciente Sentencia nº 59/2017 de 11 de mayo de 2017 del Tribunal Constitucional, (sin perjuicio de las anteriores Sentencias nº 26/2017 y 37/2017). Se puede empezar a hablar del fin del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en adelante IIVTNU. En aquellos supuestos en los que el precio de venta del inmueble es inferior al precio de adquisición que en su día abonó el sujeto pasivo.
En la referida sentencia el Tribunal Constitucional declara inconstitucionales los preceptos de la Ley de Haciendas Locales 110.4 LHL. Por no proveer supuestos en los que pueda no existir capacidad económica susceptible de imposición, al no existir incremento de valor del terreno. Y también, por impedir al sujeto pasivo aportar prueba en contrario, para poner de manifiesto esa inexistencia de incremento de valor.
El Constitucional considera que el impuesto municipal vulneraba el principio constitucional de capacidad económica. En la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien. «Sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo» computable entre uno (mínimo) y veinte años (máximo).
Según los datos de 2015, últimos disponibles. Los ayuntamientos recaudaron por este concepto 2.625 millones de euros.
El pasado mes de febrero. El Tribunal Constitucional ya se había pronunciado en los mismo términos en el caso del régimen foral de Guipúzcoa. La sentencia nº 59/2017 amplía esa interpretación a todo el territorio nacional y deja en manos del legislador las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto.
La plusvalía debe reclamarse en primera instancia ante el ayuntamiento que cobró el impuesto. Además se debe presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos.
El Tribunal Constitucional dijo en la sentencia nº26/2017 que debía presentarse un informe técnico, también una valoración pericial contradictoria que mostrase la pérdida patrimonial y la revalorización del suelo por lo que con las escrituras de compra y venta se justifica suficientemente la pérdida
Mientras más elevadas sean las pérdidas del contribuyente, también más fácil es que éste pruebe la ausencia del hecho imponible.
Por ello consúltenos sin compromiso llamando al teléfono 645958948 o 912980061
También al email info@letradox.es.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
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¿Cómo elegir abogado? Te damos unos consejos

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¿Cómo elegir abogado?
 
Comenzemos con una pregunta, de ejemplo, que nos suelen hacer los clientes “¿puedo reclamar si mi hipoteca tiene IRPH?” Esa no es la pregunta primera, tiene que ser la respuesta. ¿Por qué? 
Porque en Letradox Abogados, Madrid y Alcalá de Henares recomendamos siempre. Que el estudio de toda Escritura de préstamo hipotecario tiene que ser el primer paso antes de reclamar por IRPH, o cualquier otra acción; dado que de dicho documento, junto con una serie de cuestiones que se conocen en la primera consulta. Es como realmente se puede hacer el diagnóstico más fiable sobre su problema y la solución.
A menudo ocurre que el cliente viene con el problema y el diagnóstico ya hecho por él mismo, o incluso con la solución. Gran error. Se puede y debe uno siempre informar. Pero no sustituir el conocimiento que se pueda haber adquirido leyendo blogs o informaciones de Internet. Con el estudio que un abogado experto en la materia puede realizar. Por ello, si duda que pueda tener alguna irregularidad en su hipoteca. Por ejemplo, sea del tipo que sea, o simplemente para cerciorarse que está correcta, consúltenos sin compromiso.
Otro punto de partida principal es acudir al despacho que sea especialista en la materia. En Letradox Abogados, Madrid y Alcalá de Henares, somos expertos en Civil, Mercantil e Hipotecario porque nuestra experiencia, formación y buenos resultados en estas materia nos avalan.
 Al igual que un médico de familia no puede operar del corazón, un abogado que lleva accidentes o que lleva asuntos laborales no puede ni debe llevar asuntos que no conozca dado que las repercusiones para el cliente pueden ser graves; y no se puede saber de todo.
Una vez que haya contactado con el abogado especialista no es lo más importante el encontrar uno que le ofrezca sólo buen precio, dado que, si su caso se gana obtendrá mucho más, y una defensa buena y de calidad tiene un coste. 
Por tanto, el comparar para encontrar lo más barato no es extrapolable al ámbito de los servicios jurídicos. Además, si se gana el caso con costas. El dinero que usted haya abonado le será reintegrado dado que lo abonará la otra parte. Por ello, confíe en un especialista, que se ocupe de su caso y que le consiga resultados; no de alguien que no le ofrezca todas las garantías.
En asuntos hipotecarios, por ejemplo,  esta premisa básica antedicha es fundamental dado que es una materia muy particular, no estudiada en la carrera de Derecho y cuyo conocimiento y estudio no es predicable del común de los abogados, por ello, el encontrar el verdadero experto y conocedor de la materia, se torna aún más complicado.
Es por eso por lo que la pregunta no es si puede o no reclamar si tiene IRPH su hipoteca , al igual que la pregunta no es que si le tienen que operar si le duele la espalda…siguiendo con el símil de la Medicina. La cuestión es comprender que tiene que ser “tratado” diagnosticado por un profesional y éste le dirá qué se puede llevar a cabo, qué puede conseguir, qué riesgos hay y que beneficios y todas las cuestiones relevantes para defender sus derechos, que obtenga una solución y que a la postre la mejoría sea relevante.
Los clientes «mejor informados» que a veces parece que imponen un determinado criterio, en realidad se están tirando piedras contra su propio tejado dado que, cada profesional es conocedor de lo que tiene que hacer y la mejor manera para hacerlo, y hay que dejar actuar con independencia una vez depositada la confianza. 
Cada abogado al que se le encomienda un asunto es conocedor de la preocupación y desasosiego que hay detrás de cada asunto para cada cliente, porque es muy importante para él. Por ello, lo mejor que podemos hacer por un cliente es tranquilizarle diciéndole que el asunto está en buenas manos, y después de trabajar duro para conseguir los resultados, ofrecérselos y obtener su satisfacción.
Sólo con rigor y profesionalidad se puede atraer a un cliente y sólo con resultados hacer que continúe y que revalide la confianza depositada. Este es el compromiso LETRADOX.  
¿Cómo elegir abogado? No es tarea fácil, pero asegúrese primero que el abogado le entiende, que tiene experiencia, que es reconocido y reconocible, que es buen profesional, y que en la primera consulta le transmite profesionalidad y confianza. Si esas premisas coinciden, enhorabuena, porque ha encontrado a su abogado.
En Letradox queremos cumplir sus expectativas, por ello, si estña buscando letrado, llámenos  sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hacer por usted. tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
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¿QUÉ SIGNIFICA LA RETROACTIVIDAD TOTAL de la CLÁUSULA SUELO? ¿Y ahora qué?

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¿QUÉ SIGNIFICA LA RETROACTIVIDAD TOTAL de la CLÁUSULA SUELO?
¿Y ahora qué?
Despacho de Abogados en Alcalá de Henares y Madrid, eliminación cláusula suelo. 100% efectividad. Resultados satisfactorios 100% casos.
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Hoy día 21 de diciembre de 2016 ha salido la Sentencia del TJUE sobre eliminación de cláusula suelo y hasta dónde alcanzaba la retroactividad de la devolución de lo indebidamente cobrado de más por el Banco. Se dilucidaba si la retroactividad sería total, es decir, desde el mismo momento de suscripción del préstamo hipotecario o bien si estaba limitada al 9 de mayo de 2013, como defendía nuestro TS.
La fecha del 9 de mayo de 2013 se estipuló por el Tribunal Supremo en Sentencia de 2015, y determinaba que esa era la fecha desde la que procedía sin lugar a dudas la devolución de los intereses.
De manera sorpresiva para muchos, tras las conclusiones del Abogado General que no estaban en la misma línea de este fallo, el TJUE ha fallado a favor de los clientes, determinando que la retroactividad sea total.
¿Qué significa la retroactividad total? Pues que desde el mismo momento de suscripción del préstamo hipotecario procede la devolución de todos los intereses que como consecuencia de la cláusula suelo ha cobrado el Banco, sin que se tenga que aplicar el límite sentenciado por el Tribunal Supremo.
Este tirón de orejas del TJUE al TS evidencia que, coherentemente con los planteamientos jurídicos básicos, si se determina la nulidad, la consecuencia tiene que ser la retroactividad total, dado que no tiene cabida en un planteamiento coherente que se limite a una fecha intermedia.
Si usted tiene cláusula suelo, póngase en contacto con LETRADOX ABOGADOS en el teléfono 645958948 o bien en el email info@letradox.es para decirle cómo proceder.
¡Ojo! Este fallo no significa que ud, pueda ir al Banco y reclamar lo que ha pagado de más, y si lo hace, como es práctica habitual, quizá pierda el derecho a reclamar lo que le corresponde. No se deje engañar por segunda vez y mejor consúltenos a los profesionales del Derecho expertos en cláusula suelo.
Este fallo del TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea, además permite tener argumentos jurídicos. Para que en la reclamación judicial, se consiga la devolución pero no es una aplicación automática.
Estamos para ayudarle,
Póngase en contacto con nosotros en el tlf 645958948
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Atte,
Mercedes de Parada Rodríguez
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ABOGADOS HIPOTECA MADRID Y ALCALÁ DE HENARES

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En LETRADOX ABOGADOSconocemos el Derecho Hipotecario a fondo y eso nos permite darle el mejor asesoramiento si busca un abogado en Madrid o Alcalá de Henares por un caso relacionado con su hipoteca.
 
 
 
Un buen asesoramiento previo o un consejo jurídico adecuado cuando el problema ya está es la base para comenzar a resolver el asunto que le preocupa. Ya sea eliminar cláusula suelo, defenderle en un procedimiento de ejecución hipotecaria, reclamar por SWAPS, IRPH, Hipoteca Multidivisa etc.
También podemos ser sus interlocutores con el Banco para una renegociación o mejora de sus condiciones.
El Derecho Hipotecario es una materia muy técnica y compleja dentro del Derecho que no se estudia en la carrera (ya sea la antigua licenciatura de Derecho o ya sea el actual grado); por ello, los conocimientos vienen de estudios posteriores que realmente apenas pocos abogados pueden acreditar. En LETRADOX puede tener la confianza de que tenemos la preparación y la experiencia necesaria para saber a fondo la materia y resolverse su problema. La cualificación y el buen hacer así como los resultados excelentes son nuestras señas de identidad.
¿Problemas con la hipoteca? En LETRADOX ABOGADOS tienes la solución. Pregunta sin compromiso y te atenderemos en la Comunidad de Madrid en nuestros despachos de Madrid y Alcalá de Henares.
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hacer por usted. tlf. (+34) 645958948 o también envíenos un email a info@letradox.es.
 
También en vídeo todo el artículo en este link: 
https://www.youtube.com/watch?v=vvJ_wbZ9f2g 
 
 
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Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
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LEGALIZACION DE DOCUMENTOS

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Dpto. de atención al cliente:
 
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
 
 
Abogados Madrid. Asesoramiento. Legalización de documentos
Para que un documento español tenga efectos en el extranjero (plenos efectos jurídicos), o bien un documento extranjero tenga plenos efectos en España. Es necesario que esté legalizado.
 
La legalización de documentos variará en sus trámites según el país en el que tenga que surtir efectos sea un país firmante del Convenio de la Haya o no. Si se trata de un país firmante del Convenio de la Haya. Los trámites son más sencillos y se realiza lo que se denomina como “Apostilla”, sello oficial por el cual se acredita que dicho documento está legalizado.
 
Algunos países, en cambio, no han firmado dicho Convenio, por lo que los trámites de la legalización de documentos son bastante más complejos y pueden suponer un verdadero via crucis burocrático.
 
Pongamos como ejemplo Emiratos Árabes, que es un país que no ha firmado el Convenio de la Haya. Pues bien, para que por ejemplo un título universitario de Máster tenga efectos allí, será necesario emprender las siguientes acciones:
 
En primer lugar habrá que acudir a la Notaría que tenga el reconocimiento de firma de los firmantes del documento, pedir cita en la misma y llevar el documento para que el Notario competente haga la legitimación de firma.
 
Posteriormente hay que acudir al Colegio Notarial para que acrediten que efectivamente la firma de ese Notario pertenece a un fedatario público integrante del Colegio de Notarios correspondiente.
A continuación habrá de acudir a la Calle La Bolsa (en Madrid), para que le legalicen el documento en el Ministerio de Justicia.
 
Más tardes, habrá que ir, una vez concertada cita previa, al Ministerio de Asuntos Exteriores para que le estampen en el documento la  legalización correspondiente.
 
Pero ahí no acaba el proceso. Es necesario que en la Embajada le estampen el sello oficial previo pago de las tasas que son 60 euros. Y que a su vez se tienen que ingresar en un Banco concertado. (ejem. Banco Santander).
 
El documento generalmente tendrá que ser traducido al inglés. Por lo que hay que contratar a un traductor jurado que le haga la traducción y posteriormente legalizar de nuevo esa traducción en el ministerio de Asuntos Exteriores.
 
Finalmente, el documento estará legalizado y surtirá efectos en el extranjero.
 
Si desea más información no dude en consultarnos en el tlf. +34 645 958 948 o bien info@letradox.es
 
Estaremos encantados de atenderle.
 
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ERRORES FRECUENTES EN MATERIA DE CONSUMO

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Oficinas en Madrid y Alcalá de Henares.
Abogados en Pozuelo de Alarcón, Las Rozas, Boadilla del Monte, Corredor del Henares…
ERRORES FRECUENTES EN MATERIA DE CONSUMO
 
(Imagen de la película Shopaholic)
En este artículo del despacho de abogados LETRADOX, analizamos algunas de las dudas frecuentes que suelen surgir en materia de consumo.
 
1º) Si no estoy satisfecho o cambio de opinión o me devuelven mi dinero.
 
No tenemos derecho a que nos devuelvan el dinero si después de haber comprado un producto queremos cambiarlo, salvo:
Cuando el establecimiento anuncie por cualquier medio que si el consumidor no queda satisfecho con el producto se le devuelve el dinero.
Que el producto se haya comprado fuera del establecimiento comercial (Internet, venta por catálogo, venta a domicilio …etc) en cuyo caso además tiene derecho de desistir de la compra en los plazos legalmente establecidos.
También cuando el producto sea defectuoso, no sea posible su reparación o sustitución y se encuentre dentro del período de garantía.
 
2º) He devuelto un artículo y me dan un vale. Quiero mi dinero.
 
Los comerciantes pueden establecer las condiciones en las que admiten la devolución de productos comprados en sus establecimientos, siempre que éstos no sean defectuosos.
Se trata de una garantía comercial que la tienda ofrece al consumidor voluntariamente. Por lo tanto, si la condición establecida es que la devolución de productos se hace a través de un vale, el establecimiento no tiene la obligación de devolver el dinero.
 
3º) El establecimiento me quiere cobrar una comisión por pagar con tarjeta y no tiene derecho a ello.
 
Los establecimientos que de forma voluntaria acepten tarjeta como forma de pago deberán tenerlo anunciado (normalmente lo hacen a través de la exhibición en el escaparate de los logotipos de las tarjetas admitidas).
El consumidor debe pagar la cantidad por la que está anunciado el producto o servicio, pudiendo el empresario, si así lo publicita, cobrarle al consumidor además un importe por la utilización de este medio de pago.
En tarjetas de débito puede cargar un 0,1% del valor de la operación, si ésta es inferior a 20 euros, y un 0,2 % si es superior a esta cantidad, con un máximo de 7 céntimos de euro. Para tarjetas de crédito estos porcentajes son el 0,2 % y el 0,3 % respectivamente, además no habiendo importe máximo establecido.
Asimismo, el empresario puede fijar una cantidad mínima para el pago con tarjeta, siempre que así esté anunciado en el lugar donde se exhiben los logotipos de las tarjetas admitidas.
Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para nuestros seguidores en redes sociales y clientes. Por lo tanto, si tienen cualquier duda adicional, no duden en preguntárnosla a través del correo info@letradox.es
¡Muchas gracias!.
 
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Socia: Abogada Mercedes de Parada Rodríguez (nºcol. 118218 ICAM)
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INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA

INVERTIR EN ESPAÑA
Orientado al inversor chino y ruso
 
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Civil, Penal, Mercantil, Hipotecario, Bancario, Inmobiliario.
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INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA
 (Foto: Legaltem)
Cada vez son más los inversores chinos y rusos que se ven atraídos por la realización de inversiones en nuestro país, sobre todo de corte inmobiliario, sobre todo en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona y sitios turísticos emblemáticos como la Costa del Sol.
Por eso, las inversiones extranjeras en nuestro país tienen una regulación compleja en la que intervienen aspectos de derecho fiscal, derecho de extranjería, civil, mercantil, internacional …entre otras ramas del Derecho, de ahí que sea importante trabajar con profesionales que dominen el Derecho multidisciplinar. Como por ejemplo en el despacho de abogados LETRADOX. (www.letradox.com)
Además cada inversor que se pone en contacto con nosotros, recibe la máxima atención profesionalizada en su propio idioma, ocupándonos de todos los aspectos legales para que, simplemente sea cuestión del inversor cómo rentabilizar su dinero, pero sin preocuparse por otro tipo de trámites burocráticos.
Las cifras de crecimiento económico actual y la caída generalizada de precios  años atrás que han sufrido los inmuebles en nuestro país, ha hecho un efecto llamada a inversores, principalmente de China y Rusia, con capacidad de inversión en efectivo y que buscan rentabilizar su dinero al mismo tiempo que disfrutar de un país que les ofrece un clima templado ideal y un estilo de vida atractivo.
Las relaciones diplomáticas con China gozan de una buena salud. Y muestra de ello, es además la reciente visita del Primer Ministro Chino a España. El escenario de seguridad jurídica es importante, y se prevé que siga la tónica actual y que España se vea como una apuesta de futuro para extranjeros.
Por lo tanto no lo dude, y si está buscando asesoramiento jurídico profesionalizado para sus inversiones extranjeras en España, nuestro despacho le tiende la mano. Estamos a su disposición.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada. Social del despacho.
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¿VAS A VIAJAR A EEUU? Cómo conseguir el visado o “ESTA”

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¿VAS A VIAJAR A EEUU? Cómo conseguir el visado o “ESTA”
Si está pensando viajar a EEUU en Verano, o en cualquier época del año, es necesario que tenga en cuenta esta importante información:
Antes de viajar a EEUU o incluso de concertar ya la reserva de avión y hoteles es muy importante que cumpla con una serie de procesos administrativos, dado que, puede que le sean denegados y por tanto es mejor reservarlos una vez tenga la certeza de que está todo correcto y no hay impedimento alguno.
Para españoles que deseen viajar a EEUU será necesario como paso previo e imprescindible, rellenar el formulario ESTA. Los trámites son ligeramente menos complejos que en el caso de otras nacionalidades, las cuales requieren de visado.
Precisamente el visado es el que genera mayor incertidumbre dado que la manera de conseguirlo es, en primer lugar, rellenando un formulario muy exhaustivo el cual está completamente en inglés. Así pues si no posee un conocimiento amplio de la lengua inglesa, lo recomendable es que se ponga en contacto con profesionales que le puedan ayudar.
Además de rellenar el formulario, en el que se pregunta por todo tipo de datos personales y profesionales, es necesario adjuntar como archivo adjunto una fotografía con fondo blanco de unas características técnicas muy precisas. De nuevo esto puede resultar un impedimento dado que no toda foto vale.
De hecho, la carga de la fotografía es el paso inicial y ya si ésta no es correcta, no se puede continuar.
Una vez que el formulario está completado, se asigna un código de barras. El cual es el justificante que se deberá entregar en la Embajada de EEUU en la cita presencial.
Respecto a esta cita,  se debe concertar previamente y también son muy precisas las indicaciones de qué llevar y que no a dicha reunión.
Si ud no puede acudir a la cita presencial, se puede cambiar el día y hora de manera online.
Tras esa reunión recibirá la contestación acerca de si su visado ha sido concedido o no. Y en caso de serlo,   su pasaporte se le reenviará con la acreditación de ello.
Y una vez esté todo correcto, podrá disfrutar del viaje a EEUU.
Para la realización de estos trámites y el asesoramiento legal al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros sin compromiso en el Tlf mvl:  645 958 948 o el email: info@letradox.es , Despacho de Abogados LETRADOX (C/Jorge Juan 141. Madrid)
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¿Tiene la hipoteca en yenes?¿Es una hipoteca multidivisa?¡Actúe y recupere su dinero!

 

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¿Tiene la hipoteca en yenes? ¿Es una hipoteca multidivisa? ¡Actúe y recupere su dinero!
Desde el despacho de abogados LETRADOX, especialista en Derecho Hipotecario y Bancario, queremos darle algunas de las claves para que cese el perjuicio que probablemente pueda estar sufriendo en estos mismos momentos y deje de pagar más de lo que le corresponde por su préstamo hipotecario.
HIPOTECA EN YENES – HIPOTECAS MULTIDIVISAS
Para empezar una de las prácticas habituales de los Bancos años atrás ha sido la de referenciar los tipos de interés a divisas o incluso conceptuar el propio capital en moneda extranjera. Es especialmente relevante el caso de Hipotecas en yenes.
Son numerosas las sentencias que están determinando que los clientes, a la hora de contratar, no tenían suficiente información sobre los riesgos financieros que suponía referenciar su hipoteca a una divisa y están decretando la nulidad de dichas cláusulas. O bien por abusivas, o por incurrir en error.
Más allá de los fundamentos jurídicos que alegamos en las demandas, en cada caso además, es preciso analizar la problemática particular. Pero en todos los casos hay una constante común, y es que la apreciación del yen frente al euro, sin embargo, ha hecho que las cuotas hipotecarias se incrementasen espectacularmente y que un préstamos de aprox. 300.000 euros pasase por lo tanto a ser de aprox. 500.000 por dicho cambio.
Sin duda una muy elevada cantidad y que el cliente, además  de haberlo sabido, no lo hubiera aceptado .
Por lo tanto si ése es su caso o el de alguna persona que conozca, no dude en ponerse en contacto con nosotros y sin compromiso alguno le diremos la solución a este problema a fin de que no tenga que seguir viéndose agraviado por este perjuicio.
 
 
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Nueva carta de servicios de nuestro despacho de Abogados LETRADOX

A través de Letradox le ponemos a su disposición una completa red de profesionales, con experiencia y la mejor preparación.

Le ayudaran en la resolución de sus problemas legales. Además le atenderán con la máxima profesionalidad. Y dandole garantías en todas la ramos del Derecho.

Nuestros servicios:

Derecho Civil:

Separación, divorcio, contratos. También herencias y testamentos. Derechos al Honor. Además Derecho Deportivo.

Derecho Penal:

Asesoramiento y defensa para todo tipo de delitos.

Derecho Mercantil:

Sociedades, propiedad intelectual. También derecho Concursal.

Derecho Hipotecario y Bancario:

Dación en pago, cláusula suelo, ejecuciones hipotecarias. Además renegociaciones de deuda con entidades bancarias.

Otras áreas:

Derecho Laboral, Administrativo. También derecho militar. Internacional, comunitario. Y además Tributario, Notarial.