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Adaptación a los requisitos legales comercio electrónico. Abogados

Adaptación a los requisitos legales comercio electrónico. Abogados

 

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✅¿Está tu empresa adaptada a los requisitos legales del comercio electrónico?

El comercio online está experimentado un gran auge estas semanas.

Los consejos jurídicos imprescindibles para cumplir con la normativa en LETRADOX®️ Abogados.

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✅Abordamos las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (fusiones y adquisiciones de empresas).

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✅ Las perspectivas del sector inmobiliario.

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Analizamos y damos respuesta a todas las cuestiones de la actualidad jurídica.

 

If you have a legal or regulatory question or require general guidance about the commercial implications of COVID-19 for your business, LETRADOX S.L.P. Lawyers can help you.

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Adaptación a los requisitos legales comercio electrónico. Abogados

Abogados e-commerce

Adaptación legal de e-commerce. Abogados.

Adaptación legal de e-commerce. Abogados. Es una cuestión fundamental para empezar a desarrollar tu negocio online. La AYUDA LEGAL PARA TIENDAS ONLINE se torna imprescindible hoy en día. ¿Qué leyes hay que cumplir? ¿A dónde acudir? Muchas preguntas y hoy una respuesta: www.letradox.com

Hoy en Letradox Abogados os hablamos acerca del E-Commerce.
El E-commerce lo podemos definir como el comercio electrónico, compras online.
Este nuevo tipo de negocio está ganando mucha fuerza en estos años.
Y como todo, tiene sus bases legales. Y en Letradox os ayudamos a conocerlas.

Poner en conocimiento que no todo en internet es E-Commerce.
Existe también el marketplace. Que se puede definir como un escaparate online.
En este marketplace se encuentran varias empresas.
En cambio en el E-commerce solo es venta de una empresa concreta.

Existen diferentes tipos de E-Commerce, dependiendo de su función.
Esta función puede ser de finalidad, destinatario, objeto y plataforma.

Los tipos más conocidos son los de destinatario.
Que son a quien van dirigidos los productos ofertados.

Estos tipos son:

Business to Business (B2B) De empresa a empresa, es decir, entre ellas.

Business to Consumer (B2C) De empresa a consumidor, es el más usual.

Consumer to Consumer (C2C) De consumidor a consumidor, de persona a persona directamente.

Business to Employee (B2E) De empresa a trabajador, se realiza internamente en las empresas.

Goverment to Consumer (G2C) De gobierno a consumidor, ayuda a los tramites online.

Consumer to Business (C2B) De consumidor a empresa, es el menos usual.

Como ventajas de crear este tipo de negocio podemos encontrar.

La flexibilidad en el tiempo, pues puedes trabajar desde casa.

Es más fácil para conciliar la vida laboral y personal, que tanto cuesta a veces.

Tienes más autonomía pues tú lo elaboras a tu gusto.

Tienes un menor desembolso para comenzar, pues solo necesitas un dominio en internet y un servidor de alojamiento.

Alguna desventaja también tiene, como la alta competencia.

Habría que hacer un estudio de mercado para saber bien las necesidades de los consumidores.

Y a la hora de las entregas, para que lleguen a tiempo.

Pero con la logística es complicado, pues hay pocos servicios.

Ahora hay que crearlo, siguiendo unos pasos.

Primero tienes que comprar un dominio. El dominio debe estar relacionado con el producto.

Después elegir una herramienta de E-commerce. Lo más fácil es que sea online.

Luego habrá que seleccionar la forma de pago.

Es importante que tengamos diferentes formas, para que el cliente le sea más fácil.

Un paso importante es elegir el tipo de producto que vamos a vender, tanto si es físico como digital.

Y cuidar la logística, encontrar un servicio de logística que sea beneficioso para nosotros y para el comprador.

Una vez ya ese creado es bueno darse a conocer.

Una forma es haciendo post en internet, elaborar una descripción que llame la atención.

Lo mejor en la descripción sería que tenga mucha información sobre el producto.

Haz la página sencilla y que sea fácil de buscar para el consumidor.

Proporciona una lista de lo más vendido.

Deja que la gente valore el producto y la página. Y que otros consumidores puedan ver esas valoraciones.

Sobre todo deja a la vista los derechos del consumidor. Y ten unas bases legales asequibles para que el consumidor las vea.

El crear una web adaptada a la legislación es fundamental para evitar problemas legales y con los clientes. También es importante a nivel reputacional.

De esta forma darás más seguridad a los consumidores y tú estarás respaldado por esas bases legales.

Deja claro en esas bases legales tu política de reembolsos y cambios de los productos, la privacidad.

Para redactar todas estas cuestiones no vale un copia y pega pues cada comercio tiene unas particularidades, por ello es importante que la adaptación se realice de manera específica para tu tienda online ecommerce.

En Letradox te ayudamos con todas las cuestiones legales.

La mayoría de nuestros clientes empresas seleccionan la modalidad de iguala mensual para que nos encarguemos de todo por una cuantía mensual. www.letradox.com Tlfs. 912980061 / 645958948 info@letradox.es para enviarnos tu consulta.

¿Qué significa de todo? Pues la adaptación legal, de protección de datos, gestión de reclamaciones, puesta en contacto con Consumo, asesoramiento jurídico, defensa en procedimientos extrajudiciales y judiciales, informarte de las novedades legislativas que te afectan, informarte del cambio de regulación de tu negocio, y mucho más…etc

Nos fijaremos, entre otras, en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE).

Esta norma regula el comercio electrónico y los servicios de internet, cuando formen parte de una actividad económica.

En esta ley se exigen una serie de obligaciones que tienen que tener quienes prestan el servicio, que se encuentran en el art. 10 LSSICE, entre otros.

Además se tiene que poder acceder a esta información por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita.

También se regula la responsabilidad que tienen los prestadores de los servicios y esta puede ser
civil, penal y administrativa. Si tienes algún problema con ello, te ayudamos, no te preocupes.

La responsabilidad de los prestadores se encuentra recogida en los arts. 13 a 17 de la LSSICE.

También se establecen en el art. 27 de la Ley 34/2002 las obligaciones necesarias para poder contratar.

Por último nos detendremos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

En él se encuentran recogidos todos los derechos que tiene el consumidor y que tienes que conocerlos (o dejárnoslo a nosotros, que es más fácil, para que tú te dediques a vender).

Y otra de las leyes importantes en las que fijarse es en la Ley de Protección de Datos.

Contamos con una abogada especialista en esta materia que lleva más de 10 años en el sector legal de la protección de datos, por tanto, tendrás la tranquilidad de que estarás bien asesorado y todo será correcto.

Podemos ayudarte en LETRADOX a comenzar o seguir y ampliar tu negocio de E-commerce, asesorando y ayudándote con todas las cuestiones legales que se te planteen.

En septiembre retomamos nuestros buenos propósitos…y nuestras listas interminables de cosas por hacer… 
Si tienes un comercio electrónico (tienda online / e-commerce), ¡olvídate de quebraderos de cabeza legales y llámanos para que te ayudemos en toda la adaptación legal de tu empresa!

 Asesoramiento jurídico integral.

 Adaptación a toda la legislación nacional e internacional aplicable a tu negocio.

 Protección de datos .

 Gestión de reclamaciones.

 Resolución de conflictos extrajudiciales y judiciales.

 Redacción y revisión de contratos.

 Defensa en juicio y en procedimientos arbitrales de consumo.

 Y mucho más….

Todo lo que necesitas, para que tú te dediques sólo a vender.
En estos artículos y vídeo te damos algunos tips gratuitos muy interesantes:

¿A qué esperas para dejarte ayudar y olvidarte de todo lo que no sea vender y hacer prosperar tu negocio?

Letradox Abogados

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ABOGADOS EN LA MERCEDES-BENZ FASHION WEEK.

ABOGADOS EN LA MERCEDES-BENZ FASHION WEEK.

Este pasado viernes Letradox Abogados tuvo el placer de acudir a la cita de Mercedes Benz Fashion Week de Madrid.

Allí pudimos disfrutar de la gran variedad de stands dispuestos para sus visitantes. Todos con muy interesantes propuestas para hacer tiempo hasta los desfiles. Desde originales photocalls hasta refrescantes bebidas. También fue muy curioso ver la zona de jóvenes diseñadores con sus novedosas propuestas abriéndose a la moda. 

Los dos desfiles que nos esperaban esa tarde eran los de Hannibal laguna y Agatha Ruiz de la Prada. Había mucha afluencia y numerosos clientes y amigos del sector. Pudimos disfrutar enteramente de los desfiles, entre ellos, el de la Prada. A la finalización tuvimos ocasión de hablar con su hijo, encantador. Desde aquí, enhorabuena a todos los diseñadores por este gran espectáculo.

Fue un auténtico honor acudir a este evento. Conseguimos ver de cerca una de nuestras grandes pasiones, la moda. Y ver en esta MBFW  los entresijos de un desfile y a sus creadores en acción. Aunque corto, fue intenso. Queremos que cuando nuestros clientes nos hablen de moda y pasarela saber a qué se refieren. Por eso vivimos intensamente lo que a nuestros clientes les agrada y apasiona. Así entendemos mejor a nuestros clientes. Que son lo más importante.

Agradecer la oportunidad y el tiempo vivido. Os esperamos en la siguiente, Letradox Abogados siempre estará al lado de la moda.

Para cualquier asunto legal en relación con el derecho de la moda y los problemas jurídicos con e-commerce, os podemos ayudar, como ya venimos haciendo desde hace 5 años. ¡ Llámanos sin compromiso y descubre todo lo que podemos hacer por ti!.

Claves para crear tu e-commerce

LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete en Madrid
Tlf. (+34) 645958948
Tlf: 912980061
 
Claves para crear tu e-commerce
 
El e-commerce o comercio electrónico es un método de compraventa de bienes, productos o servicios valiéndose de internet como medio. Es decir, comerciar de manera online.
 
Esta modalidad de comercio se ha vuelto muy popular con el auge de Internet y la banda ancha. Así como por el creciente interés de los usuarios a comprar por Internet.
 
 
 
Letradox: ABOGADOS E-COMMERCE
Bufete asesoramiento comercio electrónico 
 
Al hablar de E-commerce es requisito indispensable referirse a la tecnología como método y fin de comercialización. Puesto que esta es la forma como se imponen las actividades empresariales. El uso de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) para promover la comercialización de bienes y servicios dentro de un mercado. Conlleva al mejoramiento constante de los procesos de abastecimiento y lleva el mercado local a un enfoque global. Permitiendo que las empresas puedan ser eficientes y flexibles en sus operaciones.
 
Existe multitud de razones por la cual los comercios están optando por este tipo de comercio. En lugar del comercio tradicional:
     No existen barreras geográficas para el cliente. Por lo que se puede entrar en un mercado más amplio
     Ventaja competitiva respecto al comercio tradicional
     Posibilidad de segmentar a los clientes al trabajar online. Mejorando la comunicación y lanzando campañas especializadas. Incluso extender el horario de venta las 24 horas al día, los 7 días de la semana, 365 días al año
     Extender el alcance de tu negocio a nuevos usuarios, pero reducirlo respecto a otros.
     Reducir costes de producción, capital, administración, entre otros.
 
Existen varios tipos de comercio electrónico. Dependiendo de la naturaleza de sus transacciones y de la forma en que generan sus ingresos. Los tipos son los siguientes:
     B2B (Business-to-Business): Empresas que comercian con otra empresas u organizaciones.
     B2C (Business-to-Consumer): Empresas que comercian con consumidores. Este tipo es el más habitual.
     B2G (Business-to-Government): Empresas que comercian con instituciones del gobierno.
     C2C (Consumer-to-Consumer): Comercio entre particualres, es decir, consumidores que compran y venden a otros clientes.
     C2B (Consumer-to-Business): Consumidores que venden a negocios, muy popular en productos de segunda mano.
 
¿Presencia en Internet o Comercio electrónico?
Puede parecer lo mismo, pero ni mucho menos. La mayoría de las empresas ya cuentan con presencia en Internet. Por lo que se han preocupado es por desarrollar sitios institucionales. En estos casos, lo que se pretende es complementar algunas actividades tradicionales de Marketing.  Como por ejemplo, brindar información adicional y promocionar la compañía. Algunas hoy en día no han entrado en el mundo del marketing digital. Y no han entendido las grandes herramientas con las que se puede contar en Internet y el mundo de personas a las que se les puede llegar a través de la red.
En algunos casos, las empresas muestran reticencia a brindar información detallada sobre productos. Puesto que el objetivo es inducir a los visitantes a comunicarse con la empresa por las vías tradicionales. Como la visita presencial o la llamada telefónica, y de este modo ponerse en contacto con los potenciales clientes.
Por otra parte, encontramos los sitios de comercio electrónico, que son muy diferentes. En éstos, el objetivo final es cerrar la operación electrónicamente con el pago (y en algunos casos con la entrega). Siendo estos procesos realizados por Internet. Sin esta transacción no podríamos hablar de e-commerce. Donde lo que realmente importa es que dicha transacción afecte la cuenta de resultados de cualquier negocio. Convirtiéndose en un gran generador de utilidades. Normalmente, este tipo de sitios incluye información detallada de los productos. Fundamentalmente porque los visitantes apoyarán su decisión de compra en función de la información obtenida y de la percepción de confianza y solvencia que el sitio web les haya generado respecto a la empresa.
 
Una vez que hemos visto, lo que es la e-commerce, las ventajas y los diferentes tipos que existen. Vamos a analizar los diferentes pasos que debe de hacer una persona para constituir una e-commerce. Tanto en el plano empresarial como en el plano legal.
 
Desde un punto de vista empresarial, lo primero que se debe de tener en cuenta es que el mercado es muy extenso y cada día aparecen nuevos productos que se lanzan a través de las qebs, por lo que tenemos un gran numero de competidores.
Se debe de identificar el producto que vamos a comercializar, para ello existen diferentes estrategias por las que optar, una de ellas es centrarte en un nicho de mercado especifico en el que pueda haber un huevo para ofrecer nuevos productos y servicios.
 
 
TRAMITES LEGALES PARA CREAR UNA TIENDA ONLINE
 
Existen dos maneras para abrir una tienda a través de Internet. Lo más sencillo es darse de alta como autónomo según el producto que se vaya a comercializar. de esta forma, se pueden emitir las facturas correspondientes a los clientes y cumplir con las obligaciones fiscales que requiere la actividad
Pasos para darse de alta como autónomo:
El trámite mínimo comprende el alta en hacienda y en la seguridad social. En el caso de que vayas a abrir un local o establecimiento, también tendrás que tramitar en el Ayuntamiento la licencia de apertura, y si fueras a realizar obras de mejora o acondicionamiento, la licencia de obras. También deberás comunicar al organismo de tu CCAA competente la apertura del centro de trabajo. Desde julio de 2015 ya no es obligatorio legalizar el libro de visitas ante la inspección de trabajo. En el caso de que fueras a contratar algún trabajador deberás realizar una serie de trámites adicionales
Alta en Hacienda
El primer trámite que debes realizar es darte de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Para ello debe presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que notificarás tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.
Cada vez que haya una variación en estos datos deberás presentar de nuevo el modelo 036 o 037 con la correspondiente modificación.
El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar casi todos los autónomos (salvo por ejemplo los que tengan regímenes especiales de IVA o deban figurar en el registro de operaciones intracomunitarias) ya que podrán presentarlo todas las personas físicas dotadas de NIF y en las que el domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa, siempre y cuando no estén incluidos en los regímenes especiales del IVA (con excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o de recargo de equivalencia) ni figuren en el registro de devolución mensual (REDEME), el de operadores intracomunitarios, o el de grandes empresas.
A la hora de declarar la actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales. Lo normal será que estés exento del pago del IAE, ya que sólo se debe pagar en el caso de facturar más de un millón de euros anuales. Si no estuvieras exento deberás presentar el modelo 840/848.
 
Alta en la Seguridad Social
En un plazo de 30 días desde que te des de alta en Hacienda deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Para ello tendrás que presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. En el caso de una comunidad de bienes, deberás aportar copia del contrato suscrito entre los socios comuneros, y si te das de alta como socio de una sociedad, original y copia del documento de constitución de la sociedad.
En el momento del alta definirás tu base de cotización y las coberturas por las que cotizas. Teniendo en cuenta la nueva reglamentación del paro del autónomo, te puede interesar cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y por desempleo, aunque te suponga un 2,2% adicional de cotización. En algunas actividades de mayor riesgo, como en buena parte del sector de la construcción, es obligatorio cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
 
 
La otra fórmula para crear una e-commerce es constituir una sociedad y abrir la tienda como una empresa. En este caso los trámites son algo más complejos y lleva un poco más de tiempo. En primer lugar, hay que decidir el tipo de sociedad que se quiere formar (limitada o anónima). Lo más recomendable para el comercio electrónico son las sociedades limitadas o las sociedades civiles.
A partir de ahí se deben seguir los pasos normales para la constitución de empresas. Es decir, solicitar al Registro Mercantil un nombre para la sociedad, redactar una escritura pública de constitución con los datos de los socios y su participación correspondiente y firmarla ante notario. También es necesario abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad con una aportación de al menos 3.000 euros para las sociedades limitadas o de 60.000 euros en el caso de las anónimas. Por último, hay que solicitar a Hacienda el NIF provisional y darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
 
Las leyes que deben cumplir las tiendas online en España:
Una vez decidida la fórmula a utilizar, lo primero que hay que hacer es registrar el dominio de la página web que actuará como tienda online. Pero antes de empezar a vender, se deben cumplir las tres leyes vigentes en España para el comercio electrónico.
 
La es la Ley de Protección de Datos (LOPD) según la cual se deben dar de alta los ficheros que tengan datos personales en la Agencia Española de Protección de Datos e informar a los clientes de los medios existentes para cancelar, corregir o acceder a la información
Los pasos para el proceso de implantación de la LOPD serán:
            •         Identificación de los ficheros que contengan datos de carácter personal (empleados, clientes, proveedores, etc…).
            •         Identificación del nivel de seguridad que se les aplica.
            •         También Identificación del Administrador del Fichero.
            •         Elaboración del Documento de Seguridad.
            •         Formación al Responsable del Fichero.
            •         Información a los propietarios de los datos, sobre la existencia de los                               ficheros.
            •         Inscripción de los ficheros en el Registro de la Agencia Española de                                 Protección de Datos.
            •         Elaborar una política de privacidad para nuestra empresa
            •         Contar con un formulario de recolección de datos que permita el                                      consentimiento previo y expreso.
Cabe recordar que existen diferentes niveles de protección y tratamiento de datos. En el caso de un comercio electrónico, deberemos adaptarnos al nivel básico o al intermedio en el caso de almacenar nosotros mismos la información relacionada con los datos bancarios.
            •         Nivel básico: datos identificativos, como el NIF, NºSS, nombre, apellidos,                                   dirección, teléfono, firma, imagen, e-mail, nombre de usuario, número de                                  tarjeta, matrícula, etc…
            •         Nivel medio: datos a cerca de infracciones administrativas o penales,                              solvencia o crédito, datos tributarios o de la Seguridad Social, datos de                           prestación servicios financieros, y datos referentes a la personalidad o                                    comportamiento de las personas, como gustos, costumbres aficiones etc…
 
 
Otra ley a cumplir es la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE). En la web deben aparecer todos los datos del administrador de la pagina, así como las condiciones de uso, el contacto y la denominación social de la tienda.
Establece la necesidad de que plataforma de ecommerce albergue en un lugar visible y accesible a cualquier usuario los datos básicos del negocio, tales como:
            •         Nombre o denominación social y datos de contacto.
            •         Nº de inscripción del registro en el que esté inscrito el negocio.
            •         NIF
Además de:
            •         Precio de los productos, indicando si van incluidos los impuestos, gastos de envío, etc
            •         Si se precisa o no de una autorización administrativa previa.
            •         Datos del Colegio profesional, número de colegiado, título académico y Estado de la UE en el que se expidió, con su homologación, si se tuviese y fuese necesario.
Las condiciones del servicio recogen los derechos y obligaciones de los clientes y usuarios y deben ser aceptadas de previa y expresamente por el usuario antes de adquirir cualquier producto o servicio de nuestra plataforma de ecommerce.
De la misma forma que los datos básicos de la empresa, deben colocarse en un lugar visible y de fácil y acceso y estar redactadas de manera clara, concisa.
Estas condiciones deben recoger todos los aspectos que regulan el servicio ofrecido en nuestro comercio electrónico:
            •         Normativa de uso del sitio
            •         Propiedad intelectual
            •         Condiciones de la compra
            •         Derechos del usuario
            •         Obligaciones del Usuario
            •         Formas de pago
            •         Política de Devoluciones
    •.     Política de Privacidad
 
Por último, es necesario contemplar la Ley de Consumidores y Comercio Electrónico:
Básicamente, cualquier tienda virtual debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Se deberá mostrar de forma clara e inequívoca el precio final del producto o servicio contratado antes de que se concluya la transacción y deberá ser aceptado expresamente por el consumidor. En caso de que el cliente no tenga acceso al precio definitivo desde el comienzo de la transacción, podrá recuperar la diferencia entre el coste inicial y el final. Además, con los bienes y servicios cuyo precio no puede calcularse de antemano o se hacen mediante presupuesto, se deberá informar de cuáles son los criterios para determinar dicho precio.
2. Se amplía el plazo de devolución de productos de los actuales 7 días hábiles a 14 días naturales. Además, el empresario habrá de cercionarse de que el consumidor ha quedado suficientemente informado. En caso de que el consumidor no sea informado, el plazo podría ampliarse a 12 meses, contados desde la fecha de expiración del periodo inicial.
3. Será obligatorio poner a disposición del comprador un formulario de desistimiento, común en toda Europa y que deberá ser facilitado junto con la información previa al contrato de compra.
4. En comercio electrónico, el comprador ha de ser debidamente informado, hasta el último paso de la transacción o proceso de compra, de que la aceptación de la oferta obliga al pago por su parte.
5. El empresario o vendedor será el encargado de asumir los riesgos que pudiera sufrir el producto durante el transporte hasta que sea entregado al consumidor.

 

6. El vendedor no podrá cobrar un recargo sobre el precio del producto a los consumidores o clientes por pagar mediante tarjeta de crédito o cualquier otro medio de pago una cantidad superior de lo que cuesta ofrecer esos servicios de pago.
 
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOX puede hacer por usted. Tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es
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