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Los abogados del sector del lujo: LETRADOX

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX 
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LETRADOX ABOGADOS: Abogados, sector del lujo.

 

El lujo es un sector en el que sus consumidores son un grupo de personas y empresas totalmente exclusivo y exigente. Por lo que el objetivo final es la plena satisfacción del cliente. Y buscando la plena confianza del cliente con el producto o servicio.
En Letradox abogados somos muy conscientes de lo difícil que es situarse dentro del sector del lujo, es un sector muy privilegiado en el que no cualquier empresa puede introducirse, por lo que estar en este sector es todo un honor y una satisfacción para las empresas.
En la actualidad, sabemos que el sector del lujo se basa en la exclusividad, el prestigio y la calidad, por lo que las empresas de este sector tienen que hacer todo lo posible por mantener la imagen de marca, su autenticidad y conservar los extraordinarios productos o servicios que los identifican, junto con el importante prestigio de la marca.
Además en Letradox abogados somos especialistas en este sector, ayudando a distintas empresas del sector del lujo en todos esos problemas legales que se originan en el día a día de las empresas. Actualmente vivimos en un mundo globalizado, por lo que las amenazas contra el sector del lujo son ya una constante, estas amenazas pueden ser de diferente índole.
Las empresas de lujo necesitan de un despacho de abogados en el que la calidad del servicio y la atención personalizada al cliente sea su mayor valor, en Letradox abogados podemos hacer frente a cualquier controversia jurídica que se presente.
Letradox abogados presta un servicio único, completo y exclusivo para poder satisfacer todas las necesidades e inquietudes de nuestros clientes, algunos de los temas que tratamos son los siguientes:
    Completo asesoramiento en diversos temas contractuales, como los contratos publicitarios, patrocinio, cesión de derechos de imagen, distribución exclusiva y selectiva.
    Tareas de investigación, y análisis de la diferentes legislaciones tanto estatal como internacional con la correspondiente aplicación de cada caso concreto.
    Asesoramiento en diversos temas como son la protección de diseños, patentes, y marcas.
    Resolución de casos problemáticos como la falsificación de productos, marcas o servicios.
    Instrucción en temas sobre el derecho de la competencia y la competencia desleal.
    Orientación sobre temas contenciosos relacionados con el derecho de propiedad intelectual, derechos de imagen y derecho de propiedad industrial
    Asesoramiento jurídico en temas comerciales internacionales, como son las exportaciones e importaciones.
    Completo asesoramiento en todo tipo de temas fiscales, tanto nacionales como internacionales.
    Asistencia jurídica en temas de protección a los consumidores, comercio electrónico, paginas webs y datos personales.
    Consultoría sobre alquileres de bienes inmuebles, factoring o leasing.
A continuación, mostramos parte de la legislación aplicable en el asesoramiento llevado a cabo:
 
    Ley 34/1998, de 11 de noviembre de 1988, General de publicidad
    Ley 29/2009, de 30 de diciembre de 2009, de Competencia Desleal
    Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, Ley de Propiedad Intelectual
    Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
    Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes
    Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
    Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales
Uno de los graves problemas a los que se enfrenta el sector del lujo, es el relacionado con las falsificaciones ya que la cantidad que mueven los productos falsificados al año es de alrededor de medio billón de dólares, lo que supone el 2,5% del comercio mundial.
Encontrar un abogado que defienda los intereses de la empresa del lujo contra las falsificaciones en fundamental. 
Sólo en la Unión Europea, los productos falsificados representan alrededor del 5% de las importaciones, alrededor de unos 85.000 millones de euros, entre los diferentes artículos que más se falsifican son el calzado, la ropa, relojes, maquinaria eléctrica, productos de cuero e instrumentos médicos.
Los productos más pirateados en el mundo son las zapatillas Nike, los productos de Louis Vuitton (si bien esta empresa es la que mas dinero dedica a la lucha contra las falsificaciones), los relojes Rolex, las Gafas Ray-Ban (los expertos advierten de la falta de protección a los rayos ultravioleta), los productos Apple (se han dado caso de electrocutados por usar productos falsificados) y la cosmética MAC (los expertos alertan de su peligrosidad).
Sin embargo, no siempre estamos ante falsificaciones, ya que pueden ser imitaciones o copias. Las diferencias son las siguientes:
    Falsificaciones: tienen el objetivo de crear un producto con el fin de hacerlo pasar por original de una marca concreta, la falsificación no puede distinguirse del original en sus aspectos esenciales.
    Imitación: intenta reproducir el producto original sin intentar hacerlo pasar por el original, el objetivo es el de vender un producto similar, no busca el engaño al consumidor, y su precio es muy inferior
    Copia: es un producto que se encuentra inspirado en otro original, sin embargo se ve a simple vista que no es original y la calidad es muy inferior. No provoca el engaño al consumidor, pero puede llegar a ser peligroso en ciertos objetos como cosméticos o juguetes.
¿Tiene algún tipo de problema relacionado con las falsificaciones? En Letradox Abogados, podemos ayudarle.

 

Las nuevas plataformas de venta al por mayor con origen en diferentes países asiáticos, gravan aun mas la ya de por si perjudicial situación de las falsificaciones, plataformas como Aliexpress o Alibaba, ponen a disposición de los consumidores distintos productos los cuales no han pasado por unos estrictos controles de calidad y pueden llegar a ser incluso perjudiciales para la salud de los consumidores.
 
Queremos ayudarle en la exigente tarea de representar y defender sus intereses extrajudicial y judicialmente. LETRADOX, siempre cerca de usted,
 
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada nºcol. 118.218 ICAM
 
Founder & CEO de 
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¡El IRPH, nulo, según la Audiencia Provincial de Madrid!

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  El IRPH, nulo, según AP Madrid.
 
Nueva Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid contra el IRPH de las hipotecas.
¿Tienes IRPH en tu hipoteca? Este artículo te interesa.
Son muchos los clientes que quieren reclamar el IRPH de su hipoteca. Y por ello se ponen en contacto con nosotros como Despacho de Abogados expertos en casos hipotecarios IRPH Tlf: 645958948. LETRADOX) . Además esta nueva Sentencia condenando el IRPH es un nuevo balón de oxígeno para los deudores hipotecarios y todos los clientes con IRP en sus hipotecas.

 

 
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madridha declarado nulo tanto el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)de Bancos como el de Entidades que se aplicaba a la hipoteca de la demandante y confirma el fallo dictado en primera instancia y la obligación de Bankia de devolver todo lo cobrado de más desde el inicio de la hipoteca más los intereses.
Los magistrados han desestimado de este modo el recurso de apelación interpuesto por la entidad. Fue contra el fallo de la primera instancia.
Entre los argumentos en los que se han basado, consideran probado que Bankia conocía que el Euríbor caería «considerablemente», pero a pesar esto permitió que la afectada siguiese abonando altas cuotas con la imposición de este índice, el cual ha sido declarado abusivopor varias jurisprudencias menores.
Ante estos argumentos se opuso la representación del banco, que alegó que la cláusula era «clara y comprensible», por lo que el tipo de interés variable tampoco podría ser anulado «porque no generaba desequilibrio y no era contrario al principio de buena fe en las contrataciones.
Sin embargo, la sala se ha sumado al criterio de Audiencias como la Álava o Vizcaya, y se posiciona del lado de los consumidores al entender que la cláusula deja a éstos en situación de desequilibrio máxime cuando en la época de los hechos, las entidades ya eran conscientes de que era «más conveniente» ajustar los préstamos al Euríbor «por escasa que fuera la diferencia».
Y es que, en su opinión, la referencia del tipo de interés variable al IRPH «puede inducir a error al cliente sobre un aspecto fundamental del contrato y llevarle a adoptar una decisión irracional».
La sentencia -que Bankia recurrirá ante el Supremo- explica que la situación económica de la afectada habría sido «más favorable y muy diferente» si la entidad le hubiera aclarado los beneficios de vincular su hipoteca al Euríbor, en vez de al IRPH.
En España, algo más del 90% de las hipotecas utilizan como referencia el euríbor. Sin embargo, hace un par de años, Société Générale calculaba que en España había aproximadamente un millón de hipotecas referenciadas al IRPH. Una cifra que, tras la desaparición en octubre de 2013 de los índices hipotecarios IRPH Cajas, IRPH Bancos y Ceca aún sigue vigente el IRPH de entidades financieras, podría haberse reducido hasta el medio millón.
¿Tiene IRPH en su hipoteca? ¿Sabe qué cláusulas abusivas tiene y cómo combatirlas? Por ello Cconsúltenos sin compromiso : LETRADOX Tlf: 912980061 / 645958948.  info@letradox.es C/ Jorge Juan 141, Madrid (previa cita).
Mercedes de Parada Rodríguez
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Y también Abogado España.

ABOGADOS PARA ACCIDENTE DE TRABAJO. MADRID , ALCALÁ DE HENARES

Abogados Accidente de trabajo, Madrid, Alcalá de Henares y toda España. LETRADOX 

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Sede central: C/ Jorge Juan nº141. Madrid.
También disponemos de oficina en Alcalá de Henares.
Si necesita un abogado para accidente de trabajo, en Madrid o Alcalá de Henares , LETRADOX es la solución. 
 
 
 
¿Que es un accidente de trabajo? Un accidente de trabajo queda descrito en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social, consiste en “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.
Un accidente de trabajo puede sufrirlo tanto una persona que trabaja por cuenta ajena, un trabajador autónomo (persona que trabaja por cuenta propia), y las empleadas de hogar.
Se deben dar dos requisitos esenciales para que estemos ante un accidente laboral, son los siguientes:
    Debe de tratarse de una lesión corporal, como dice la ley. Una lesión corporal es todo daño o menoscabo corporal que ha sido provocado ya sea por una enfermedad, una herida o un golpe.
    Este accidente debe producirse debido al trabajo, es decir, debe de haber una relación directa de causalidad entre la lesión y el trabajo.
Si se cumplen estos dos requisitos estamos ante un accidente de trabajo.
Existen varios supuestos tasados por la ley, que son accidentes de trabajo, estos supuestos son:
Accidentes provocados por la realización de tareas dentro del ámbito laboral, estas tareas pueden ser las habituales que realice el trabajador, como diferentes a las habituales (art. 115.2c LGSS)
Los accidentes que se han producido durante la jornada laboral y en el lugar donde se realiza el trabajo son considerados accidentes laborales, sin embargo, cabe prueba en contrario, es decir, que se podría demostrar que pese a sufrir este accidente en el lugar y el centro de trabajo no tiene nada que ver con él.
Accidentes denominados “in itinere”, estos son los accidentes que tienen lugar tanto al ir como al volver del trabajo, pero no debe haber interrupciones entre el trabajo y el accidente, y debe emplearse un itinerario habitual.
Accidentes que se han sufrido por el trabajador al seguir el mandato del empresario, para realizar su tarea.
Los accidentes que sufren los trabajadores en el tiempo que tienen para sus actividades sindicales también se consideran como accidente laboral.
Las enfermedades provocadas por el trabajo, estas enfermedades deben relacionarse de forma verídica con el trabajo realizado por el trabajador, o las enfermedades agravadas por el trabajo son consideradas también como accidente laboral.
Pueden ser considerados como accidente laboral, aquellos accidentes por los cuales se hayan producido debido a un error o delito del empresario, de un compañero de trabajo o de alguna persona la cual este ligada a la empresa de alguna forma.
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hace por usted. Tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez Abogada nºcol. 118.218 ICAM
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Y Abogado España.

TODO SOBRE LA RECLAMACIÓN DE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

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TODO SOBRE LA RECLAMACIÓN DE LA PLUSVALÍA
¿Se puede reclamar la plusvalía?. Si ud ya abonó la plusvalía municipal, tiene que saber que ahora es factible la reclamación en algunos casos.
El impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), es el comúnmente conocido como plusvalía municipal. Este impuesto ha traído una gran controversia debido al estallido de la burbuja inmobiliaria. Este impuesto lo que grava es el incremento que se produce del valor de los terrenos urbanos sobre los que se ha edificado el inmueble en el momento de su transmisión. Y  este impuesto, se debe pagar aunque el contribuyente haya sufrido una pérdida en el valor.
 
                                                                                          Foto: Casa Franklin. Epstein Arquitectos
El impuesto de plusvalía municipal, ha sido recientemente declarado inconstitucional*  por parte del Tribunal Constitucional. Por lo que es recomendable plantear un recurso contra el mismo si su caso se encuadra en el supuesto de hecho . El importe a reclamar de este impuesto depende de la variación que ha sufrido el terreno. Pero se encuentra alrededor de entre 3.000€ y 6.000€, cantidad por tanto nada desdeñable.
El impuesto de plusvalía es un impuesto que siempre sale a pagar, independientemente del caso en el que el contribuyente haya tenido una ganancia o una pérdida en la transmisión, esto se debe a que la fórmula de cálculo del impuesto no es un porcentaje sobre dicha pérdida o ganancia originada por la transmisión, sino sobre el valor catastral del inmueble, en relación con el número de años que dicho inmueble haya estado dentro del patrimonio del contribuyente.
El tribunal constitucional ha declarado la inconstitucionalidad del tributo únicamente en los casos en los que queda demostrado que no se ha producido ningún tipo de incremento del valor en el momento en el que se ha llevado a cabo la transmisión del terreno/ vivienda.
En el caso de que podamos reclamar dicho impuesto, la ley nos remite a cumplir una serie de plazos, estos plazos dependen en gran medida de si la liquidación del impuesto la ha llevado a cabo el propio Ayuntamiento, o si ha sido el propio contribuyente el que ha presentado una autoliquidación.
Si nos encontramos en el primer caso, el contribuyente tiene un plazo de un mes para interponer el recurso, si no lo hace, la liquidación será firme y ya no se podrá reclamar.
Sin embargo, si nos encontramos ante el segundo caso, y es el propio contribuyente el que ha presentado su propia autoliquidación ante el Ayuntamiento, se tendrá un plazo de 4 años para poder reclamar el impuesto y la posterior devolución, plazo que empieza a computar desde el mismo momento en el que se ha producido el pago del impuesto.
Los recursos que se deben interponer para reclamar el impuesto dependen de si estamos ante un Ayuntamiento de “gran población” o no.
Si estamos ante un Ayuntamiento de “gran población” el recurso será potestativo, pudiendo ser el propio contribuyente el que pueda ir contra la liquidación en el plazo de un mes, si este recurso se desestima, se interpondrá un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Si estamos en el caso de un Ayuntamiento que no esté considerado de “gran población” se deberá interponer un recurso de reposición de forma obligada, en el plazo de un mes, en caso de desestimarse, el contribuyente solo podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente en un plazo de dos meses.
No obstante, siempre es mejor, contar con asesoramiento de LETRADOX ABOGADOS (TLF 645958948) para llevar a cabo los trámites y que, si procede en su caso, pueda obtener la devolución de lo pagado de más.
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hace por usted. Tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es.
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
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Abogado España.

FELIZ DÍA DE LA HISPANIDAD

  
 
Desde el Despacho de Abogados LETRADOX os deseamos a todos nuestros clientes y también followers de redes sociales un muy feliz día de la Hispanidad.

 

Tus abogados de confianza en Alcalá de Henares, Madrid, y también en toda España. LETRADOX
Muchas gracias,
Atentamente,
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Mercedes de Parada Rodríguez
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Nunca caminarás sólo”
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LEGALIZACION DE DOCUMENTOS

DESPACHO DE ABOGADOS LETRADOX
CALLE JORGE JUAN 141. MADRID
 
Tus abogados de confianza en Madrid, Alcalá de Henares, Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Boadilla del Monte. Y con amplia cobertura nacional e internacional
 
Dpto. de atención al cliente:
 
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
 
 
Abogados Madrid. Asesoramiento. Legalización de documentos
Para que un documento español tenga efectos en el extranjero (plenos efectos jurídicos), o bien un documento extranjero tenga plenos efectos en España. Es necesario que esté legalizado.
 
La legalización de documentos variará en sus trámites según el país en el que tenga que surtir efectos sea un país firmante del Convenio de la Haya o no. Si se trata de un país firmante del Convenio de la Haya. Los trámites son más sencillos y se realiza lo que se denomina como “Apostilla”, sello oficial por el cual se acredita que dicho documento está legalizado.
 
Algunos países, en cambio, no han firmado dicho Convenio, por lo que los trámites de la legalización de documentos son bastante más complejos y pueden suponer un verdadero via crucis burocrático.
 
Pongamos como ejemplo Emiratos Árabes, que es un país que no ha firmado el Convenio de la Haya. Pues bien, para que por ejemplo un título universitario de Máster tenga efectos allí, será necesario emprender las siguientes acciones:
 
En primer lugar habrá que acudir a la Notaría que tenga el reconocimiento de firma de los firmantes del documento, pedir cita en la misma y llevar el documento para que el Notario competente haga la legitimación de firma.
 
Posteriormente hay que acudir al Colegio Notarial para que acrediten que efectivamente la firma de ese Notario pertenece a un fedatario público integrante del Colegio de Notarios correspondiente.
A continuación habrá de acudir a la Calle La Bolsa (en Madrid), para que le legalicen el documento en el Ministerio de Justicia.
 
Más tardes, habrá que ir, una vez concertada cita previa, al Ministerio de Asuntos Exteriores para que le estampen en el documento la  legalización correspondiente.
 
Pero ahí no acaba el proceso. Es necesario que en la Embajada le estampen el sello oficial previo pago de las tasas que son 60 euros. Y que a su vez se tienen que ingresar en un Banco concertado. (ejem. Banco Santander).
 
El documento generalmente tendrá que ser traducido al inglés. Por lo que hay que contratar a un traductor jurado que le haga la traducción y posteriormente legalizar de nuevo esa traducción en el ministerio de Asuntos Exteriores.
 
Finalmente, el documento estará legalizado y surtirá efectos en el extranjero.
 
Si desea más información no dude en consultarnos en el tlf. +34 645 958 948 o bien info@letradox.es
 
Estaremos encantados de atenderle.
 
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INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA

INVERTIR EN ESPAÑA
Orientado al inversor chino y ruso
 
Artículo del despacho de abogados LETRADOX
 
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Civil, Penal, Mercantil, Hipotecario, Bancario, Inmobiliario.
Despacho de abogados en Madrid, Alcalá de Henares, Pozuelo de Alarcón. También  con amplia cobertura nacional e internacional.
INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA
 (Foto: Legaltem)
Cada vez son más los inversores chinos y rusos que se ven atraídos por la realización de inversiones en nuestro país, sobre todo de corte inmobiliario, sobre todo en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona y sitios turísticos emblemáticos como la Costa del Sol.
Por eso, las inversiones extranjeras en nuestro país tienen una regulación compleja en la que intervienen aspectos de derecho fiscal, derecho de extranjería, civil, mercantil, internacional …entre otras ramas del Derecho, de ahí que sea importante trabajar con profesionales que dominen el Derecho multidisciplinar. Como por ejemplo en el despacho de abogados LETRADOX. (www.letradox.com)
Además cada inversor que se pone en contacto con nosotros, recibe la máxima atención profesionalizada en su propio idioma, ocupándonos de todos los aspectos legales para que, simplemente sea cuestión del inversor cómo rentabilizar su dinero, pero sin preocuparse por otro tipo de trámites burocráticos.
Las cifras de crecimiento económico actual y la caída generalizada de precios  años atrás que han sufrido los inmuebles en nuestro país, ha hecho un efecto llamada a inversores, principalmente de China y Rusia, con capacidad de inversión en efectivo y que buscan rentabilizar su dinero al mismo tiempo que disfrutar de un país que les ofrece un clima templado ideal y un estilo de vida atractivo.
Las relaciones diplomáticas con China gozan de una buena salud. Y muestra de ello, es además la reciente visita del Primer Ministro Chino a España. El escenario de seguridad jurídica es importante, y se prevé que siga la tónica actual y que España se vea como una apuesta de futuro para extranjeros.
Por lo tanto no lo dude, y si está buscando asesoramiento jurídico profesionalizado para sus inversiones extranjeras en España, nuestro despacho le tiende la mano. Estamos a su disposición.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada. Social del despacho.
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LETRADOX CON LA SELECCIÓN

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Condiciones de la promoción «LETRADOX CON LA SELECCIÓN»:
Desde el despacho de abogados LETRADOX (Especialistas en Derecho del Deporte, entre otras materias), queremos apoyar a la selección española de fútbol en el Mundial de Brasil 2014; por ello, si contratas nuestros servicios en el mes de Septiembre de 2014 y España ha ganado el Mundial de fútbol, disfrutarás de un 10% de descuento respecto a los honorarios generales (no tiene efectos retroactivos), tan sólo con hacer constancia a esta promoción.
Así de fácil y sencillo.
Somos el primer despacho de abogados que te da estas ventajas si España gana el Mundial