Entradas

La Voz de Galicia: nuevo despacho de LETRADOX en Galicia

«La Voz de Galicia: nuevo despacho de LETRADOX en Galicia»

En el periódico del domingo de la Voz de Galicia en su contraportada aparece la noticia de que el despacho de Abogados LETRADOX desembarca en Viveiro y abre nueva oficina en la zona.

De esta manera Letradox acerca sus servicios jurídicos a Galicia a fin de dar un trato más directo y personal, sin perjuicio de que ya viene llevando casos en toda España desde hace más de 5 años.

El rotativo gallego se ha hecho eco de la especialidad en Derecho Bancario del despacho, si bien los letrados llevan con éxito asuntos en otras disciplinas tales como Civil, Laboral, Administrativo, Penal y Mercantil.

Los gallegos podrán reclamar judicialmente en nuestro despacho las cláusulas abusivas de sus préstamos hipotecarios, IRPH; Gastos de la Hipoteca; Vencimiento anticipado, Aval, Cláusula suelo…etc. así como Acciones Popular , Preferentes Bankia, entre otras especialidades.

Si ud. cree haberse visto afectado por estas cuestiones, estamos para ayudarle y defender sus derechos. Nos puede llamar sin compromiso a los teléfonos 912980061 ó 645958948 o bien nos puede escribir a info@letradox.es

Analizaremos sin compromiso su caso para darle una primera orientación, gratuita. Gracias por la confianza de nuestros clientes gallegos y nuestra gran acogida en la zona. Les esperamos en LETRADOX – Viveiro.

Cómo afecta el Brexit a las empresas. Letradox Abogados

Cómo afecta el Brexit a las empresas. Letradox Abogados .

Desde Letradox le podemos ayudar en todos los aspectos legales que atañen a las empresas españolas y británicas y su nueva situación ante el Brexit.

Algunas de estas materias que se verán afectados son:

✔️RESPONSABILIDADES EN LA CADENA DE SUMINISTRO

Con arreglo al Derecho de la UE, las empresas tienen distintas responsabilidades en función del lugar que ocupan en la cadena de suministro (fabricante, importador, distribuidor al por mayor, etc.). Por ejemplo, tras la retirada del Reino Unido, si las empresas de la EU-27 que adquieren bienes del Reino Unido son consideradas importadoras a efectos de la legislación de la UE en materia de productos, tendrán un conjunto diferente de obligaciones derivadas del Derecho de la Unión. Si recibe usted productos procedentes del Reino Unido, es el momento de empezar a evaluar sus responsabilidades con arreglo al Derecho de la UE.

✔️CERTIFICADOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES

Si su actividad requiere certificados, licencias o autorizaciones expedidas por las autoridades del Reino Unido o por organismos con sede en el Reino Unido —o de los que sea titular una persona establecida en dicho país—, estos podrían no seguir siendo válidos en la UE después del Brexit. Es posible que tenga usted que transferirlos u obtener certificados, licencias o autorizaciones nuevos expedidos por un organismo o autoridad de la EU-27. Este es el caso, en particular, de los certificados, licencias y autorizaciones expedidos para mercancías (por ejemplo, en los sectores del automóvil o de los productos sanitarios) y servicios (por ejemplo, en los ámbitos del transporte o la radiodifusión, o en el sector financiero). Es el momento para que adopte todas las medidas necesarias para la transferencia de certificados, licencias o autorizaciones expedidas en el Reino Unido a la EU-27, u obtener otras nuevas.

✔️DERECHOS DE ADUANA, IVA E IMPUESTOS ESPECIALES

En materia de aduanas y de impuestos indirectos, existe una gran diferencia entre desplazar mercancías dentro de la UE o hacia/desde un tercer país. Hacer negocios con el Reino Unido tras el Brexit será más complejo en términos de procedimientos aduaneros y relativos al IVA. Si comercia usted con empresas ubicadas en el Reino Unido, deberá familiarizarse con los procedimientos y las normas de la UE que se aplicarán después del Brexit, en particular si, hasta ahora, ha tenido poca o ninguna experiencia en el comercio con terceros países.

✔️NORMAS DE ORIGEN

Al exportar productos a terceros países con los que la UE tiene un Acuerdo de Libre Comercio, los exportadores pueden disfrutar de un tipo arancelario preferente si los productos tienen suficiente «contenido de la UE» con arreglo a las normas de origen. Después del Brexit, ya no podrá dar por sentado que los insumos del Reino Unido que contribuyan al producto acabado se consideran contenidos de la UE.

Por lo tanto, debe usted examinar sus cadenas de suministro y comenzar a tratar cualquier insumo del Reino Unido como «no originario», con el fin de garantizar el origen preferencial de la UE para sus mercancías.

✔️PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES DE LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS

A fin de proteger la salud, la seguridad y el medio ambiente, las normas de la UE restringen la importación o exportación de determinados bienes con destino a terceros países o procedentes de estos.

Es el caso, por ejemplo, de los animales vivos, de los productos de origen animal y de algunas plantas y productos vegetales, como los envases de madera.

 

Las importaciones o exportaciones de determinados productos están sujetas a permisos o notificaciones específicos, por ejemplo en el caso de los materiales o residuos radiactivos, o de algunos productos químicos.

Tras el Brexit, las mercancías destinadas al Reino Unido o procedentes de este estarán sujetas a estas normas de la UE.

Debe usted adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el respeto de las prohibiciones y el cumplimiento de las restricciones de la UE en materia de importación y exportación.

     

✔️TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES

En la actualidad, los datos personales pueden circular libremente entre los Estados miembros de la UE.

Tras la retirada del Reino Unido, la transferencia de datos personales de la UE al Reino Unido seguirá siendo posible, pero estará sujeta a condiciones específicas establecidas en el Derecho de la UE.

Las empresas que actualmente transmiten datos personales al Reino Unido deben ser conscientes de que dicha actividad se convertirá en una «transferencia» de datos personales a un tercer país.

Si el nivel de protección de los datos personales en el Reino Unido es, en esencia, equivalente al de la UE y se cumplen determinadas condiciones, la Comisión Europea podrá adoptar una decisión sobre el carácter adecuado de la protección, que permite la transferencia de datos personales al Reino Unido sin restricciones. Sin embargo, las empresas deben evaluar si, en ausencia de dicha decisión, resultan necesarias medidas para garantizar que dichas transferencias siguen siendo posibles.

  

El Brexit también puede afectar a las empresas en la EU-27 de muchas otras maneras.

Sucede así, por ejemplo, con las normas aplicables a las empresas registradas únicamente en el Reino Unido pero que tienen gran actividad empresarial en la EU-27.

La observancia de la legislación europea en cuanto a las mercancías introducidas el mercado de la UE.

La elección de auditores.

la elección de la jurisdicción en los contratos.

y el reconocimiento de las cualificaciones profesionales.

Si desea obtener más información y asistencia, contacte con nosotros en

LETRADOX Abogados

Tlfs: 912980061 / 645958948

info@letradox.es

www.letradox.com

Este contenido se entiende sin perjuicio de las negociaciones sobre el acuerdo de retirada y los debates sobre la futura relación entre la Unión Europea y el Reino Unido.

    Fuente: © Unión Europea, 2018

https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/factsheet-preparing-withdrawal-brexit-preparedness-web_es_0.pdf

  

¡SORTEO VIAJE 3 DÍAS POR EUROPA! CAMPANADAS. LETRADOX®

¡SORTEO VIAJE 3 DÍAS POR EUROPA! CAMPANADAS. LETRADOX®

Este año estamos en el equipo muy satisfechos con el trabajo realizado en LETRADOX. Cada vez son más los clientes particulares y empresas que confían en nuestro despacho para el asesoramiento y defensa judicial así como el número de seguidores en redes sociales que forman parte de nuestra Comunidad. Los resultados son maravillosos y los clientes así lo confirman. Queremos celebrar sobre todo un año de éxitos y victorias judiciales.

Por eso, una manera de celebrarlo con todos vosotros es realizando un sorteo muy especial.

Es muy sencillo participar ¡y hemos simplificado los pasos iniciales a fin de llegar a más personas!

Hemos publicado en todas las redes sociales del despacho la imagen promocional de las Campanadas 2019 (En Facebook, Twitter, Instagram, Linkedin)

Para participar en el sorteo, sígue la cuenta del despacho en la red social en la que hayas visto la foto; comparte la imagen; y menciona a  dos amigos. Se podrá participar hasta las 21.00 horas del día 30 de diciembre de 2019.

Entre todos los PARTICIPANTES en todas las redes sociales sortearemos un maravilloso viaje para dos personas:

Un estupendo regalo de la empresa Smartbox valorado en alrededor de 200 euros cuyos detalles podéis consultar en este link: 3 días por Europa al destino que elijas (dos noches con desayuno para dos personas) . ¡Participa y disfruta de la experiencia Letradox!

https://www.smartbox.com/es/nuestras-smartbox/estancias/3-dias-magicos-por-europa-849922.html

El sorteo lo realizaremos entre todos los acertantes en el mes de enero de 2020 y comunicaremos el mismo día al ganador en todas las redes sociales.

Los ganadores deberán permitir hacer una foto en redes sociales con la entrega del premio así como hacer, al menos, una foto y etiquetar al despacho mientras que disfrutan del viaje.

¡Os deseamos una muy feliz Navidad y un próspero Año Nuevo! ¡Avisad a todos vuestros amigos para participar y difundir y poder llegar a más personas!

Podéis ya participar. ¡Mucha suerte!

LETRADOX ABOGADOS

www.letradox.com

¡SORTEO VIAJE 3 DÍAS POR EUROPA! CAMPANADAS. LETRADOX®

«El Confidencial» recoge la opinión de Letradox® en la polémica por el «Clásico». Letradox® Abogados

El periódico «El Confidencial” recoge la opinión de abogados de LETRADOX®  en la polémica por la Marca “El Clásico” entre Real Madrid y Barcelona con La Liga.

Ayer día 18 de diciembre de 2019 tuvo lugar una de las rivalidades más importantes de nuestro país; «El Clásico».

El equipo de los blancos y el de los azulgrana protagonizaron sobre el césped uno de los eventos más importantes del panorama deportivo. Parece que cuando ambos equipos se enfrentan, el mundo se para.

Si embargo, a pesar de que sean notables rivales en el campo, ambos equipos tendrán que ir  por una cuestión en el mismo bando.

Ambos se enfrentan a la Liga Nacional de Fútbol Profesional. Y es que el 22 de noviembre de 2019, el organismo impugnó ante el TJUE la última resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE.

En esta resolución, se denegaba la solicitud que la Liga había solicitado para registrar el «Clásico» a su nombre.

Por su parte la Oficina de la Liga Nacional de Fútbol Profesional considera que a pesar de que dicho término suela identificarse con el  notorio encuentro futbolístico, transciende más allá de la Liga. 

El Confidencial recabó la opinión de Letradox® Abogados para arrojar luz sobre cuestiones jurídicas de esta noticia.

Adjuntamos extracto del periódico:

«Por su parte, los especialistas en patentes y marcas de la firma Letradox remarcan también que dejaría en una situación complicada tanto a Real Madrid como a Barcelona;  que «son los oponentes de este partido;  y , sin embargo, sería la competición la que tendría el derecho en exclusiva a utilizar su imagen; y  a prohibir que otros la utilicen». Por ello, “si quisieran explotar el partido que ambos protagonizan, no podrían, o incluso tendrían que pagar al dueño de esto, por lo que sus derechos se limitan”.

(Link a la noticia del periódico El Confidencial: https://www.elconfidencial.com/empresas/2019-12-18/clasico-real-madrid-barcelona-laliga-tebas_2378944/?fbclid=IwAR11YZ957XqHkdh0hsVfsoGVcb0LEc41FWtY7Un03F2XigJFRrnJ6PoGLsI  )

 

Para cualquier duda o consulta en sus asuntos jurídicos cuente con su despacho: Letradox® Abogados. 

Contactar con cita previa

Despacho en Madrid:

Calle Jorge Juan nº141 Esc.Izd. 3ºA (junto a metro O´Donnell).

Despacho en Alcalá de Henares:

Calle Mayor nº26, 2ºB “Oficina Insula”.

(Contactar para reservar cita previa)

Email: info@letradox.es

Teléfonos: 912980061 – 645958948

Mercedes de Parada interviene en el vídeo WLW sobre Mentoring.

La abogada y fundadora de Letradox® Abogados, doña Mercedes de Parada  es una de las mentoras del Programa Mentoring llevado a cabo por la Universidad Villanueva y Women in a Legal Word.

Doña Mercedes,  intervino  junto con otras socias de Women in a Legal World,  como Clara Cerdán, Directora Asesoría Jurídica Grupo Ferroatlántica y Pilar Cuesta, Letrada del Consejo de Estado en dicho vídeo, el cual se hace eco de las experiencias de este primer Mentoring WLW. Asimismo, todas ellas son Mentoras cuyo objetivo es el de  ayudar y asesorar a otras jóvenes mujeres estudiantes de Derecho sin tanta experiencia («Mentee»).

Woman in a Legal Word une a las mujeres en el mundo jurídico, tomando como motor principal la educación para poner en marcha esta iniciativa y de esta manera,  entusiasmar a la gente joven.

Os dejamos el link del vídeo:

https://www.youtube.com/watch?v=M4Egk-xStfY&fbclid=IwAR1xLX3JNYSCdzy1H1fZiqaWK847UITwR2ROPIusnYbqYxz2yN2rnTtmy30&app=desktop

El objetivo del Programa Mentoring, es poder tener más fuentes de información de personas profesionales que estén inmersas en este mundo del Derecho. Esta iniciativa se posiciona como una alternativa innovadora, interesante y persigue «aprender enseñando, e inspirar liderando»

 

 

 

Nuevas tecnologías en el mundo jurídico

Reclamación de pagos electrónicos. Letradox® Abogados

Nueva Directiva europea sobre pagos digitales 

El día 14 de septiembre de 2019 entró en vigor una nueva regulación europea. Esta misma aboga y persigue la seguridad para el comercio efectuado electrónicamente ya sea con tarjeta de débito o crédito. 

Así pues, con el objetivo de regular este nuevo panorama, se ha confeccionado la Directiva Europea de Servicios de Pago. También es conocida como PSD2 (por sus siglas en inglés: Payment Services Directive). 

Fue aprobada en el año 2015 en la UE pero, en España su implantación no se ha hecho exigible hasta la fecha señalada ut supra  (14/09/2019). 

Al igual que su predecesora (PSD), persigue la creación de un único mercado europeo de pagos en el cual se vele por la seguridad. Así como, por la competencia y la protección de los usuarios en todo el conjunto de las operaciones derivadas  del comercio electrónico. 

Así pues, pretende ofrecer la debida protección que pueden acarrear los fraudes bancarios realizados a través de internet. Todo ello, bajo la premisa de hacer frente a los nuevos retos tecnológicos que aparecen con los distintos métodos de pago. 

En consecuencia, las entidades bancarias deberán realizar lo que se conoce como “open banking”. Es decir, ofrecer a los terceros la opción de poder acceder a los datos de pago de sus clientes. 

Asimismo, para evitar posibles riesgos, se ha creado un nuevo sistema de autenticación reforzada, conocido como “Strong Customer Authentication” (SCA). 

Cambios que plantea la normativa: 

En primer lugar, el pago podrá efectuarse desde la propia página web donde se esté realizando la compra, por lo que dicha operación será más segura y rápida.  

Además, tanto los comercios electrónicos como las entidades bancarias, deberán emplear la autenticación en dos pasos (2FA). 

Por un lado, deberán comprobar la identidad de comprador; ya sea  bien por móvil, o por tarjeta de crédito o débito o por certificado digital. 

Por otro lado, podrá hacerse por medio de un número PIN o contraseña. 

O bien, haciendo uso de medios de reconocimiento como: huella digital, reconocimiento facial o iris.

Sin embargo, en el supuesto de que se trate de un pago inferior a la cantidad de treinta euros no será necesario

Esto se debe a que la tarjeta o el número de la misma, se presume es que es algo que solo y exclusivamente posee el titular. 

Igualmente, en el supuesto del PIN o la clave enviada por el Banco, es algo que solo conoce el titular. 

Y por último, la huella dactilar, o reconocimiento facial, es un dato que nos confirma que ese sujeto es quien dice ser. 

En tercer lugar, en el caso de que se produzca un uso fraudulento, extravío o robo de tarjeta, se introduce la reducción de la cantidad de 150 euros a 50 euros. 

Todo ello  en el caso de que el cliente se encuentre con alguna de estas situaciones presentadas. 

Asimismo, se acorta el periodo de  plazo de respuesta para la resolución por parte de las entidades de las reclamaciones de los usuarios de servicios de pago. Pasará a ser de  quince días frente a los dos meses que anteriormente se habían establecido. 

Igualmente, las principales medidas  van permitir  tanto a empresas como a los particulares usar proveedores externos para poder realizar los pagos. O bien, unificar en una app toda la información financiera que tienen los usuarios en distintas cuentas o bancos. 

Además, gracias a la implementación de mecanismos y sistemas de control más sólidos se garantiza una mayor seguridad en los pagos electrónicos. 

Por otro lado,  se prohíbe el cobro de cargos adicionales en pagos realizados con tarjetas de crédito o débito ( tanto en online como en tiendas físicas). 

Con esta medida se prevé que los consumidores consigan un mayor ahorro a la hora de efectuar sus compras. 

En lo relativo a los cambios que se producen en el sector bancario;

Hemos mencionado anteriormente que las entidades bancarias podrán colaborar con proveedores externos de servicios de pago (PSP), que tendrán acceso a las cuentas de los clientes. 

Por tanto, será imprescindible que el usuario otorgue el consentimiento expreso para autorizar dicho tratamiento de sus datos.  

Estos proveedores podrán ser tanto servicios de iniciación de pagos (permiten realizar pagos desde la cuenta bancaria sin hacer uso de tarjetas de débito o crédito). O tratarse de  servicios de información sobre cuentas ( permite unificar en una sola plataforma la información de la(s) cuenta(s) del usuario).

Este tipo de medidas se aplicarán a todo tipo de proveedores de pagos (empresas FinTech o semejantes). 

Respecto de los cambios que se producen para los consumidores en relación con el comercio electrónico; 

Se facilitará la entrada de otros proveedores de servicios de pago. Por lo que se aumentará la competencia y por lo tanto, la oferta. Así pues, el consumidor tendrá más opciones y con un ahorro mayor. 

A su vez, el consumidor podrá llevar un control mayor de sus gastos, ya que podrá unificar en una única plataforma todas sus cuentas. 

Por último, respecto del procedimiento de pago; 

Esta Directiva dispone que a la hora de efectuar un pago por Internet, el comprador debe autorizar al vendedor online a solicitar el cobro directamente a su cuenta bancaria. 

Este proceso se va a llevar a cabo a través de una app que reduce el procedimiento (menos intermediarios). 

De esta manera, los Bancos deberán diseñar y confeccionar apps con diferentes funciones,  características y métodos de pago. Ante todo, ofreciendo seguridad y agilidad  a la hora de efectuar las compras. 

Con todo ello, la Directiva2115/2366, el RD-Ley 19/2018 establece la obligación de todo empresario o profesional de ofrecer a los consumidores la posibilidad de usar instrumentos de pago aceptados legalmente. Como mecanismo alternativo  al dinero en efectivo transacciones cuyo importe supere la cantidad de 30 euros. 

El  método o instrumento de pago disponible deberá  de anunciarse en algún lugar visible del local del empresario o profesional. 

Antes del 13 de enero de 2021 se deberá revisar la aplicación y las repercusiones de la Directiva PSD2 en su conjunto.

Desde Letradox® Abogados, confiamos en el cambio y en el progreso tecnológico que beneficie a los usuarios. En el caso de que usted quiera reclamar contáctenos.

Contactar con cita previa

Despacho en Madrid:

Calle Jorge Juan nº141 Esc.Izd. 3ºA (junto a metro O´Donnell).

Despacho en Alcalá de Henares:

Calle Mayor nº26, 2ºB “Oficina Insula”.

(Contactar para reservar cita previa)

Email: info@letradox.es

Teléfonos: 912980061 – 645958948

Defensa de los consumidores europeos. Letradox® Abogados

El Consejo de la Unión Europea ha alcanzado un “acuerdo de compromiso”. Asimismo, así lo ha reflejado. por medio de la nueva Directiva europea sobre acciones colectivas para los consumidores (sin mención expresa a la Asistencia Jurídica Gratuita). 

En este contexto, se trata de la nueva Directiva del Parlamento y del Consejo relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores; y por la que se deroga la Directiva 2009/22/CE. 

La presente propuesta persigue reemplazar y actualizar la Directiva 2009/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009. 

Esta misma, está relacionada con las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores. 

Lo que se pretende es impulsar y fomentar que los consumidores europeos defiendan sus derechos de forma colectiva. Todo ello, de una forma más eficiente respecto de lo que engloba el actual panorama europeo. 

Así pues, la Abogacía europea, llevó a cabo una reunión en el Comité de Acceso a la Justicia de CCBE. En este misma, se mostró intranquila dado que en el nuevo texto aprobado por el Consejo se ha suprimido el precepto decimoquinto (art.15). El cual disponía lo relativo a la expresa a la asistencia jurídica gratuita para el caso de los procedimientos colectivos. 

De la misma manera, se desatiende el hecho de que la Asistencia Jurídica transfonteriza actualmente ya está regulada  en la Directiva 2003/28/CE. A propósito de  regular  todo lo relacionado con asuntos civiles y mercantiles a nivel transfonterizo. 

En lo que respecta a esta situación, el Parlamento Europeo, en su informe del día 30 de abril de 2013, ya se había pronunciado sobre la misma exponiendo su preocupación. A causa de,  la aplicación de la Asistencia Jurídica civil y mercantil respecto de los colectivos más vulnerables. 

Por lo tanto, la presente propuesta es consecuencia del control de adecuación REFIT de la legislación de la Unión Europea, relativa a consumidores y comercialización (23/05/2017). 

Además, esta misma, abarcó la Directiva sobre sobre acciones de cesación y del Informe de la Comisión (25/01/2018). En relación a los principios comunes aplicables a los mecanismos de recurso colectivo de cesación o de indemnización en los EEMM;  en caso de violar los derechos reconocidos por la UE. 

Se ha demostrado por parte de varias evaluaciones realizadas por la UE; que el riesgo de infracciones del Derecho de la Unión cada vez es mayor. Así pues, afecta a los intereses colectivos de los consumidores y aumenta  como consecuencia de la globalización y digitalización de la economía. 

Dicho de otro modo, aquellos comerciantes que no cumplen con el Derecho de la UE puede ocasionar un perjuicio a millones de consumidores. Por ejemplo, publicidad engañosa, o contratos desleales.

Así pues, el proyecto de Directiva pretender establecer un sistema de acciones representativas para proteger a consumidores. Tanto en lo referido a sus intereses colectivos, como frente a las infracciones derivadas del Derecho de la Unión. 

Este nuevo sistema recogerá acciones tanto por mandato judicial como por reparación. 

Del mismo modo, dicha Directiva otorga la posibilidad  que las entidades que estén cualificadas, ( las que abarcan las organizaciones de consumidores ) busquen diferentes tipo de medidas. Esto es; medidas cautelares a la par que  medidas de reparación (compensación, reemplazo de un nombre o grupo en caso de haber sido perjudicado). 

Es por eso que, estos actos jurídicos pasarán a ser el reflejo de las evoluciones recientes en el ámbito de protección del consumidor. Ya que, a día de hoy, los consumidores intervienen en un mercado más digitalizado, moderno, amplio. 

En resumen, por medio de esta propuesta se persigue:

Respecto del ámbito de aplicación de la Directiva, se ampliará. Tiene por objeto abordar otros medios e instrumentos de la UE que protejan los intereses colectivos de los consumidores en diferentes sectores. Por ejemplo: sector económico (energía, telecomunicaciones, medio ambiente y salud). 

Por medio de esta propuesta se persigue que el procedimiento adquiera una mayor capacidad de reacción.  En relación a  las posibles infracciones como consecuencia de las prácticas ilícitas de algunos comerciantes. 

Seguidamente, lo relativo a las acciones de representación por parte de entidades habilitadas. En base a que dicha propuesta se fundamenta en el planteamiento de la actual Directiva relacionada a las acciones de cesación. Estas entidades habilitadas deberán seguir unos parámetros mínimos de reputación. 

En relación a las acciones colectivas de indemnización, las entidades habilitadas deberán informar sobre su capacidad financiera. A la par que ,sobre   la fuente de procedencia de los fondos que respaldan la acción. Quienes estarán facultados para evaluar dichos acuerdos de financiación por parte de terceros serán las autoridades administrativas y los órganos jurisdiccionales. 

En tercer lugar, se persigue la eficiencia del procedimiento. De este modo, dicha propuesta pasará a exigir a los EEMM la diligencia debida en relación a los procedimientos. El fin es que las costas procesales dejen de ser una barrera económica  a la hora de interponer acciones de representación. 

En el supuesto de hallarse con una resolución definitiva de un órgano jurisdiccional o de una autoridad competente, que concluyan que un comerciante ha vulnerado la ley se producirá lo siguiente. En este sentido, pasará a ser una prueba irrebatible en las acciones de reparación. O de otro modo, pasará a considerarse una presunción refutable de que efectivamente ha ocurrido la infracción (en los supuestos presentados en otro Estado Miembro). 

Por último, en lo que concierne a las acciones de cesación y de indemnización la propuesta va a permitir a las entidades habilitadas poder interponer acciones de representación. El propósito es obtener distintos tipos de medidas en función de la circunstancia que se presente. Así pues, encontramos medidas cautelares o definitivas (cese o prohibición de la práctica de una comerciante en el caso de producirse una infracción). U otro tipo de medidas que supriman los efectos derivados y continuados de dicha infracción (órdenes de reparación y resoluciones declarativas). Con el fin de determinar la responsabilidad del comerciante respecto con los consumidores que han sido perjudicados. 

Con todo lo expuesto, se pretende resaltar el importante papel que presentan los consumidores hoy en día. Ya que, opera en un mercado cada vez más amplio y digitalizado. Por lo tanto, se persigue conseguir un alto nivel de protección en diferentes áreas (servicios financieros, energía, telecomunicaciones, protección de datos). El propósito es que todo ello se consiga por medio de dicha Directiva ademas de la ley general del consumidor. 

 

Desde Letradox®Abogados confiamos en las propuestas de normativas y directivas europeas que protejan y den respaldo a los consumidores frente a las posibles infracciones que se le puedan ocasionar como consecuencia de una mala praxis o vulneración de la norma( Derecho Europeo).

Contactar con cita previa:

Despacho en Madrid:

Calle Jorge Juan nº141 Esc.Izd. 3ºA (junto a metro O´Donnell).

Despacho en Alcalá de Henares:

Calle Mayor nº26, 2ºB “Oficina Insula”.

(Contactar para reservar cita previa)

Email: info@letradox.es

Teléfonos: 912980061 – 645958948

Cumbre del clima y empresas sostenibles. Letradox® Abogados

 

La capital española, Madrid, acogerá desde el día 2 de diciembre hasta el día  13 del mismo mes, la Cumbre del Clima. Tiene como fin forzar a países como Estados Unidos, China y Rusia para que adopten y acojan medidas efectivas para salvaguardar el planeta. 

¿Qué es la Cumbre del Clima?

Se trata de un foro político en la que participan distintas partes (empresas, organizaciones y grupos) contando con más de 200 representantes de distintos países.

Entre tanto, el punto más importante de dicho encuentro es el garantizar que se siga cumpliendo con el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Concretamente, en conseguir implementar el único aspecto que queda sin acordar para la operatividad   plena de dicho acuerdo; que es el relacionado con el artículo 6 (Acuerdo de París), referido a la regulación de los mercados de carbono. 

Por lo tanto, todo se centra en  conseguir  disminuir los efectos del cambio climático.

¿Dónde tendrá lugar?

En este final de año de 2019, tendrá lugar en Madrid la edición número 25 y se espera a un total de 25.000 asistentes. Se celebrará en el espacio IFEMA, donde se hará uso de siete pabellones con una disponibilidad total de 113.000 metros cuadrados.  Habrá dos espacios bien diferenciados.

Por un lado,  se encontrará la Zona Verde; la cual estará dedicada a la “Agenda de Acción Climática Global”. Esta zona está destinada a eventos que efectúan las ONG y otros colectivos con múltiples jornadas temáticas.

Por otro lado, estará la Zona Azul, que será administrado por Naciones Unidas, donde se llevarán a cabo las negociaciones políticas. España contará con un pabellón dentro de la Zona Azul, en el que además de agenda de gobierno se desarrollarán 64 actividades propuestas.

El foco principal de dicha cita es que los países firmantes anuncien y proclamen su voluntad de aumentar la ambición climática. Con todo ello, incrementando sus contribuciones nacionales de rebajar el CO2. Algo que debería expresarse y efectuarse a lo largo del siguiente año, en el 2020. 

¿Quiénes serán los asistentes?

Destacarán personalidades activistas y políticas. 

Por ejemplo, asistirá  la joven sueca Greta Thunberg que acude desde los EEUU en el catamarán de una familia influencer australiana. La joven, tras veintiún días de viaje, desembarcó en Lisboa el día 3 de diciembre de 2019. Y se espera que llegue a Madrid cuanto antes para que pueda participar en la manifestación del viernes 6 de diciembre de 2019. 

En relación a, la representación de organismos internacionales, estará presente Antonio Guterres, secretario general de las Naciones Unidas.  Éste,  manifestó en una rueda de prensa su deseo de que haya  “una mayor voluntad política”. Resaltó su deseo de  conseguir hacer menos “inalcanzable” el reto contra el cambio climático. 

A su vez,  se contará con la asistencia  del presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, el secretario general de la OCDE, Ángel Gurría y la secretaria iberoamericana, Rebeca Grynspan. 

Una vez que se inaugure el evento  (sobre las 11:30) ,  tendrán lugar diferentes actividades. En primer lugar, se procederá a la apertura de un debate con los jefes de Estado y de Gobierno. En ella el copresidente será el presidente del Gobierno en funciones; Pedro Sánchez, la presidenta de la COP25 y la ministra chilena de Medio Ambiente, Carolina Schmidt. 

En segundo lugar, por la tarde, el Rey Felipe VI, en el Palacio Real recibirá a todos estos invitados y durante el tiempo de dicho acto, se reunirá con todos en el marco de la Cumbre. 

Todo esto se debe al preocupante estado del medio ambiente que ha encendido las alarmas. La principal consecuencia son  los notables cambios que se han dado en nuestro entorno. 

Es por ello, que ha sido necesario la implantación y el desarrollo de medidas para confeccionar lo que se conoce como: la responsabilidad medioambiental. Esta misma sirve para poder evaluar y tener conocimiento sobre nuestras prácticas. Es decir, hasta qué punto y cómo podemos  ayudar al planeta.

Además, este tipo de responsabilidad medioambiental, alude al grado de compromiso que deben acoger tanto las personas, organizaciones, empresas y otros agentes. 

¿Qué postura mantiene la Unión Europea  respecto de  esta situación ?

La Política de la Unión Europea,  ayuda a  que la economía de la misma sea más consciente y respetuosa con el medio ambiente. Esto se debe a que la UE, posee uno de los estándares medioambientales más elevados del mundo. 

Dentro de esta Política, se persigue la premisa de proteger los recursos europeos naturales, así como, la preservación de la salud y el bienestar de los ciudadanos. Es fundamental que contemos con una buena calidad medioambiental. Ya que este hecho, repercutirá de forma positiva en nuestra economía y bienestar. 

Esta  misma, se basa en los artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. A su vez, siendo de notorio interés el artículo 191. El cual hace referencia a  la lucha contra el cambio climático;  es un objetivo explícito de la política medioambiental de la UE. 

El objetivo principal  para Europa, es el desarrollo sostenible. El cual se compromete a lograr un “alto  nivel de protección y mejora de la calidad del medio ambiente” (art. 3 del Tratado de la UE).

La pretensión principal de las políticas medioambientales y la legislación de la UE es la de proteger los hábitats. Así como,  eliminar residuos y favorecer a las empresas a lograr una economía sostenible. 

Resaltar que a nivel nacional contamos  con el nuevo Decreto Ley 16/2019 de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables. Y es que la actividad legislativa y reglamentaria posterior a la Ley 16/2017 del 1 de agosto, sobre el cambio climático ha puesto su foco en poner en marcha nuevos instrumentos ya previstos en esta Ley. Dicho propósito se centra en la búsqueda de medidas que den respuesta a esta situación de urgencia respecto del contexto actual. Y especialmente sobre la latente  necesidad  de incrementar la producción de energías que sean de origen renovable y reducir los gases de efecto invernadero.

A este respecto, los países de la UE han acordado cumplir diferentes objetivos en los próximos años. 

Es por ello que,  ¿ si eres empresario cómo puedes lograr que tu empresa sea sostenible? 

Consideramos que tienes que tener en cuenta los siguientes elementos, para lograr que tu empresa sea sostenible. 

En primer lugar; te recomendamos que controles y reduzcas el consumo energético. 

En segundo lugar, que ahorres papel y gestiones de forma eficiente los recursos. Seguidamente, te aconsejamos que colabores con acciones sociales; con el objeto de conseguir promover acciones que beneficien a la sociedad y medio ambiente. 

En cuarto lugar, sería beneficioso que puedas llevar un control sobre tu huella ambiental y de carbono.  Con el fin de reducirla en el caso de que seas una empresa que produzca su propia actividad.

En quinto lugar, te recomendamos que elijas a tus proveedores y que promuevas ante todo, el uso de medios de transporte sostenible. Con todo ello,  te animamos a que integres el ecodiseño. Esto es, concebir tus productos o servicios desde un punto de vista ambiental donde se tenga en cuenta todo el proceso productivo (creación hasta el fin del producto). Podrás hacer uso de materiales que procedan de fuentes renovables o que sean de bajo consumo energético.

En relación con los clientes, te invitamos a que incentives en ellos comportamientos sostenibles y responsables con  el medio ambiente. 

En definitiva, debemos concienciarnos de los grandes retos a los que se está enfrentando el mundo y la Unión Europea. Algunos de ellos como; el cambio climático, el consumo y producción insostenibles o la contaminación. 

Como se mencionó anteriormente, cada vez son más los países que están acordando cumplir con varios y diversos objetivos a lo largo de los años. Todo ello,  en base a la premisa que persigue la UE, que es la de asegurar la adecuada aplicación del Acuerdo de París y aplicar el régimen de comercio de derecho de emisión de la UE. 

Asimismo, la UE pretende garantizar que las preocupaciones relativas al se clima se lleven a cabo de forma correcta en consideración en otros ámbitos políticos ( transporte y energía). De esta manera, fomenta que las tecnologías emitan bajas emisiones de Co2 y que se lleven a cabo medidas de adaptación. 

Letradox®Abogados, apoya y aboga por el desarrollo de políticas medioambientales que favorezcan el crecimiento de las  empresas para que con avancen hacia una economía sostenible. 

En el caso de que tenga cualquier duda o consulta que quiera realizarnos, cuente con nosotros. Letradox® Abogados es su despacho de confianza. 

Para más información: https://www.letradox.com/sin-categoria/la-responsabilidad-medioambiental-de-las-empresas-letradox-abogados/

Contactar con cita previa:

Despacho en Madrid:

Calle Jorge Juan nº141 Esc.Izd. 3ºA (junto a metro O´Donnell).

Despacho en Alcalá de Henares:

Calle Mayor nº26, 2ºB “Oficina Insula”.

(Contactar para reservar cita previa)

Email: info@letradox.es

Teléfonos: 912980061 – 645958948

Asistimos a Foro LATIBEX . Letradox® Abogados

Asistimos a Foro Latibex 

Los socios del despacho de abogados Letradox, Mercedes de Parada, CEO,  y Marcos Rivas, COO,  han acudido durante los días 21 y 22 de noviembre al Foro Latibex en la Bolsa de Madrid.

Latibex, el Mercado de Valores Latinoamericanos en Euros.

Ha albergado desde su inicio en 1999 a casi 40 compañías, alcanzando una capitalización conjunta de más de 500.000 millones de euros.

En sus 21 años de vida: Latibex se ha convertido en el mercado de referencia en Europa. Sobre todo para los grandes valores latinoamericanos.

Además, ofrece a estas empresas una fórmula eficaz. Tanto para mejorar su visibilidad entre los inversores europeos como para una interesante vía de acceso al mercado de capitales en euros.

 

 

 

ABOGADO URGENTE EN MADRID 24 HORAS. LETRADOX® ABOGADOS

¿NECESITA ABOGADO URGENTE EN MADRID O ALCALÁ DE HENARES? 

Cuente con su despacho de abogados profesionales y especialistas : LETRADOX® ABOGADOS.

Letradox® Abogados es un equipo de abogados expertos y profesionales.

Usted podrá contar con NUESTRO SERVICIO  tanto ENTRE SEMANA  como los FINES DE SEMANA. 

En el caso de que reciba  una notificación de última hora no se preocupe, llámenos y tendrá RESPUESTA EN MENOS DE 24 HORAS.

Nos pondremos en contacto con usted desde la comodidad de su casa, sin necesidad de que se desplace. 

Le asesoraremos  y llevaremos su caso con toda la profesionalidad y el éxito que nos representa. 

Sabemos que es habitual que, en ocasiones, de forma repentina se produzcan situaciones inesperadas. Y que, por este motivo, no sepamos a quién acudir. Pues eso ha terminado. Ahora usted podrá contar con un equipo de abogados especialistas en todas las materias (civil, penal, administrativo, laboral…) EN TODO MOMENTO QUE NECESITE. 

Póngase en contacto con nosotros a cualquier hora y en cualquier momento. 

 Escríbanos un e-mail con sus datos de contacto a la dirección de correo: info@letradox.es. A raíz de él, nos pondremos lo antes posible, en contacto con usted. Asimismo,  si lo prefiere, puede  llamarnos a los teléfonos que aparecen a continuación: 912980061 – 645958948. 

Le garantizaremos un TRABAJO RÁPIDO,  EFECTIVO Y ECONÓMICO. 

Llámenos ahora mismo y le atenderá uno de nuestros abogados en menos de 24 horas en Madrid o Alcalá de Henares. 

Y no se olvide, desde  Letradox® Abogados, le garantizamos un excelente servicio.  Tanto de  urgencia las 24 horas, como festivos y fines de semana en Madrid y Alcalá de Henares.

 

Si tiene alguna urgencia llámenos, no lo dude.

¡Llámenos! Letradox® Abogados, SIEMPRE  A SU SERVICIO. 

Contactar con cita previa:

Despacho en Madrid:

Calle Jorge Juan nº141 Esc.Izd. 3ºA (junto a metro O´Donnell).

Despacho en Alcalá de Henares:
Calle Mayor nº26, 2ºB “Oficina Insula”.

(Contactar para reservar cita previa)

Email: info@letradox.es

Teléfonos: 912980061 – 645958948