ABOGADOS EXPERTOS CATASTRO. LETRADOX
ABOGADOS EXPERTOS CATASTRO. LETRADOX
LETRADOX ABOGADOS
C/ Hermosilla nº144, 1ºE , Madrid
Tlfs. 912980061 / 645958948 Email: info@letradox.es
¿Necesita asesoramiento o realizar algún trámite con el catastro? En LETRADOX podemos ayudarle como venimos haciendo con cientos de clientes en estos casos desde hace años.
A continuación le indicamos algunas de las cuestiones que realizamos y una breve descripción de cada una de ellas:
- CAMBIO DE TITULARIDAD CATASTRAL
El cambio de titularidad catastral es el procedimiento que permite actualizar los datos de propiedad de un bien inmueble en el Catastro, reflejando quién es el actual titular. Este trámite es fundamental para que el Catastro y el Registro de la Propiedad estén actualizados, lo que facilita la correcta gestión fiscal y asegura que las obligaciones (como el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles) recaigan sobre el propietario actual.
- SOLICITUDES
Las solicitudes relacionadas con el Catastro permiten gestionar y actualizar distintos aspectos de los bienes inmuebles inscritos, facilitando que su descripción y datos correspondan a la situación real y jurídica. A continuación, se desglosan los principales tipos de solicitudes, con la normativa y el procedimiento correspondiente para cada caso.
2.1 MODIFICACIÓN DE COEFICIENTES DE PROPIEDAD
La modificación de coeficientes de propiedad en el contexto de la Propiedad Horizontal se refiere al cambio en las cuotas de participación asignadas a cada propietario en un edificio dividido en varios inmuebles independientes. Estas cuotas determinan el porcentaje de gastos comunes que cada propietario debe asumir y los derechos de voto en las juntas de propietarios y los coeficientes se calculan en función de la superficie, el uso o el valor de cada unidad.
Regulación legal específica:
- LPH Art. 17: Regula las relaciones entre propietarios en edificios divididos en unidades independientes, estableciendo que cualquier cambio en los coeficientes de propiedad requiere el acuerdo unánime de todos los propietarios.
2.2 MODIFICACIONES POR CAMBIOS DE USOS
La modificación por cambio de uso se realiza cuando el propietario cambia el destino del inmueble (por ejemplo, de uso residencial a comercial o viceversa). Este cambio debe reflejarse en el Catastro para que la valoración y el uso registrados correspondan a la realidad actual del inmueble, asegurando su correcta fiscalidad y concordancia con su destino real.
Regulación legal específica:
- LH Art. 201: Permite la rectificación de la descripción registral en el Registro de la Propiedad en ciertos casos de modificación de destino o clasificación del inmueble, siempre que el cambio esté debidamente justificado. Este artículo es aplicable en casos donde el cambio de uso implique una alteración significativa en el destino o características físicas de la finca.
2.3 BAJA DE INMUEBLES (POR VENTA O POR SER DE SU PROPIEDAD)
La baja de un inmueble en el Catastro se produce cuando una propiedad deja de ser titularidad de una persona, ya sea por transmisión de la misma (venta) o por su salida del ámbito catastral (por ejemplo, demolición).
2.4 CERTIFICADOS DE BIENES A NOMBRES DE PERSONAS FÍSICAS O SOCIEDADES (A NIVEL NACIONAL)
Este trámite permite solicitar al Catastro un certificado que acredite los bienes inmuebles inscritos a nombre de una persona física o jurídica en el ámbito nacional. Estos certificados son útiles para múltiples fines, como procedimientos judiciales, transacciones inmobiliarias, herencias, o para la gestión de patrimonios. El certificado refleja los datos catastrales de los inmuebles y puede ser solicitado tanto por el titular como por terceros que demuestren un interés legítimo.
Regulación legal específica:
- RCI art 83: Establece las especificaciones y procedimientos para la emisión de certificaciones catastrales, detallando los requisitos de identificación y los datos que deben incluirse en el certificado solicitado.
2.5 CARTOGRAFÍA CATASTRAL
La cartografía catastral es el conjunto de mapas y planos que reflejan la delimitación, forma y localización de los bienes inmuebles inscritos en el Catastro. Este servicio permite obtener información visual sobre la disposición y los límites de una parcela en relación con sus colindantes, y es de gran utilidad en casos de replanteo de límites, deslindes, gestión de obras y otros procedimientos. La cartografía catastral está disponible para consulta y puede ser solicitada en formato digital o impreso.
Regulación legal específica:
- RCI Art 80: Regula el acceso y uso de la cartografía catastral, estableciendo que los datos gráficos pueden ser consultados y obtenidos por cualquier interesado en la Gerencia del Catastro o a través de servicios en línea, como la Sede Electrónica del Catastro.
2.6 FOTOGRAFÍAS AÉREAS CON CERTIFICACIÓN DE FECHA DE VUELO
Este trámite permite a los interesados solicitar fotografías aéreas certificadas que incluyen la fecha exacta de vuelo, las cuales son útiles para verificar el estado o características de una propiedad en un momento específico. Estas imágenes son frecuentemente utilizadas en procedimientos judiciales, gestiones administrativas, conflictos de límites de propiedad y en la documentación de proyectos de urbanismo o medio ambiente.
Regulación legal específica:
- RCI art 80 Regula el acceso a las imágenes aéreas y establece los procedimientos para obtener copias certificadas con la fecha de vuelo. Este artículo asegura que las imágenes obtenidas tienen una validez oficial en cuanto a su origen y fecha.
- SUBSANACIÓN DE DISCREPANCIAS
El procedimiento de subsanación de discrepancias permite corregir errores en la información catastral sin necesidad de recurrir a la vía de revisión de los artículos 218 y 219 de la Ley General Tributaria (LGT). Su finalidad es ajustar las descripciones de los inmuebles (como superficie, número de plantas o características constructivas) a la realidad física del bien, ofreciendo una alternativa para corregir errores en el Catastro.
El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo de bienes inmuebles al servicio de Administraciones públicas, fedatarios y ciudadanos. Aunque no otorga fe pública sobre la titularidad ni derechos reales, lo cual es competencia exclusiva del Registro de la Propiedad, el Catastro tiene valor probatorio de los datos contenidos en sus registros, los cuales se presumen ciertos (TRLCI Art. 3.3), salvo prueba en contrario.
Tipos de Subsanación de Discrepancias
- Por Diferencias en Forma y Superficie: Este tipo de subsanación se aplica cuando existen discrepancias en la descripción física de la superficie o forma de una parcela. Los propietarios deben aportar documentación técnica y gráfica que justifique el cambio, permitiendo así que el Catastro refleje con precisión las características físicas de la propiedad.
- Por Diferencias por Falta de Plantas: Se utiliza cuando el número de plantas de un inmueble está incorrectamente registrado. Esto puede afectar a la valoración catastral y a la tributación. En estos casos, los titulares deben informar el número correcto de plantas, aportando la documentación pertinente para que el Catastro actualice los datos de acuerdo a la estructura real del edificio.
- DESLINDES
El deslinde catastral es el procedimiento que permite definir y actualizar los límites exactos entre parcelas colindantes, asegurando una correcta representación en el Catastro y evitando conflictos sobre la ubicación y extensión de las propiedades. Este procedimiento se divide en dos subprocesos clave: el replanteo de parcelas entre colindantes y la presentación de rectificaciones catastrales.
Subprocesos clave:
- Replanteos de parcelas entre colindantes: El replanteo de parcelas es el acto de verificar y acordar los límites entre propiedades vecinas. En este proceso, los colindantes, con o sin asistencia de un técnico, establecen de común acuerdo las líneas divisorias entre sus parcelas. Esto es particularmente relevante en caso de incertidumbre o conflicto sobre los límites físicos entre propiedades, que pueden afectar al Catastro y al Registro de la Propiedad.
- Presentación de Rectificaciones: La rectificación catastral permite corregir errores en los datos catastrales que afectan a los límites, la superficie o la forma de las parcelas. Estas rectificaciones pueden solicitarse cuando existen errores en la delimitación o en la cartografía que no coinciden con la realidad física. Este proceso garantiza que la información catastral sea precisa, lo cual es esencial para la correcta aplicación de impuestos y la prevención de conflictos.
- SEGREGACIONES Y/O AGRUPACIONES
La segregación es el proceso de dividir una parcela o inmueble en varias partes independientes, mientras que la agrupación consiste en unir dos o más parcelas o unidades en una sola. Este trámite es útil para adaptar la estructura de las propiedades a las necesidades del propietario, como la creación de nuevas unidades inmobiliarias o la fusión de parcelas para simplificar su gestión y administración.
Regulación Legal Específica:
- Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria: Introducir la necesidad de coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad en las operaciones de segregación y agrupación, asegurando que los datos registrales y catastrales coincidan y proporcionando seguridad jurídica en cuanto a la delimitación y superficie de las fincas.
- Ley del Suelo Estatal 8/2007 y PGOU (Plan General de Ordenación Urbana): En el caso de inmuebles urbanos, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y las leyes del suelo de cada comunidad autónoma determinan los requisitos para realizar segregaciones y agrupaciones. de parcelas urbanas. La Ley del Suelo de ámbito estatal regula el desarrollo urbanístico y establece los criterios mínimos para la parcelación urbana, como el tamaño mínimo de parcela y el acceso a servicios básicos.
- RECURSOS Y ALEGACIONES: NOTIFICACIONES CATASTRALES
Las notificaciones catastrales son actos administrativos mediante los cuales el Catastro informa a los titulares sobre cualquier cambio, actualización o valoración en los datos de sus inmuebles. Estas notificaciones son esenciales para mantener informados a los propietarios sobre decisiones que pueden afectar el valor catastral, la clasificación del suelo o la titularidad. En caso de desacuerdo, los titulares tienen derecho a presentar recursos o alegaciones.
- ALTAS DE INMUEBLES
El alta catastral de inmuebles es el proceso mediante el cual se incorporan nuevos bienes inmuebles al Catastro o se actualizan aquellos que han experimentado cambios físicos o estructurales relevantes. Este procedimiento permite que el Catastro mantenga una base de datos precisa sobre los inmuebles, asegurando una correcta valoración y clasificación de cada propiedad.
- CERTIFICACIONES DESCRIPTIVAS Y GRÁFICAS DE BIENES INMUEBLES
La certificación descriptiva y gráfica de un bien inmueble es un documento expedido por el Catastro que describe las características físicas, económicas y legales de una propiedad, incluyendo su representación gráfica y localización. Este certificado es útil para trámites de compraventa, herencias, hipotecas o cualquier acto jurídico que requiera información detallada del inmueble. Puede aplicarse tanto a bienes rústicos como urbanos y es fundamental para garantizar la transparencia en las transacciones y procedimientos legales que involucran el inmueble.
9. EMBARGOS, TRAMITACIÓN Y APLAZAMIENTOS
Este trámite permite al contribuyente gestionar situaciones de embargo o solicitar aplazamientos en el pago de deudas relacionadas con el IBI y otras contribuciones gestionadas por la Diputación Provincial. El aplazamiento puede facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales en situaciones de dificultad económica, mientras que la gestión del embargo busca resolver o negociar las deudas antes de la ejecución.
RECLAMACIÓN (POR DUPLICIDAD DE PAGOS U OTROS)
Este trámite permite reclamar a la Diputación Provincial en caso de errores en el cobro del IBI, como duplicidades de pago, errores en las importaciones o cualquier otra incidencia en el recibo. Las reclamaciones buscan corregir posibles errores administrativos y evitar cargos indebidos al contribuyente
Estamos a su disposición para ayudarle con todas las cuestiones extrajudiciales o judiciales en relación con el catastro o el Registro de la Propiedad.
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