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Vídeo sobre procedimiento de separación y divorcio

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PROCEDIMIENTOS DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
 
Este lunes, como cada semana, os traemos un vídeo con una explicación muy sencilla y breve.
En este caso se trata de qué tipos de  procedimientos de divorcio o separación existen.
Aunque ya hemos tratado en algún video blog esta materia, hoy vamos a hacer hincapié en qué tipo de procedimientos existen para resolver esta cuestión sobre la que muchos nos preguntáis.
Existen básicamente dos procedimientos. El procedimiento de mutuo acuerdo y el procedimiento contencioso.
El procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo es aquel en que ambas partes están de acuerdo en las medidas que regirán tras la ruptura.
Solamente es necesario un abogado y un procurador, aunque no hay problema si una de las partes quiere tener su propio abogado a fin de asesorarse de la mejor manera posible y defender sus intereses, pero en el ámbito judicial basta con que haya uno.
El procedimiento contencioso es aquel en el que los cónyuges no están de acuerdo en las medidas a tomar, tanto de tipo personal como patrimonial, por tanto cada parte se presenta con su abogado y su procurador.
El abogado como representación letrada, asistencia técnica: y el procurador como representación procesal.
Por ello para evitar incurrir en más costes, no es necesario un poder notarial; se puede otorgar el poder al procurador apud acta, es decir, ante el Secretario judicial (no tiene coste).
Por ello es importante que tanto si se lleva a cabo un procedimiento de mutuo acuerdo como uno contencioso, tener alguien al lado que le apoye, le asesore y resuelva todas las dudas jurídicas que se le puedan plantear. De ahí que es muy importante contar con un despacho como LETRADOX que ofrece este servicio y tiene muy en cuenta al cliente desde el principio del caso, hasta el final.
Muchas gracias por seguir el Blog, esperamos que esta información haya sido de su utilidad y además estamos a su disposición para cualquier aspecto que nos quiera comentar o llevarle su caso de separación o divorcio,
¡Hasta la semana que viene!
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada, nºcol. 118.218 ICAM
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MEDIDAS PATERNOFILIALES:Parejas no casadas con hijos en común

 

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MEDIDAS PATERNOFILIALES: Parejas no casadas con hijos en común
 
 
 ¡Buenas tardes a todos !
Una semana más os informamos de temas de vuestro interés y también en este caso a través del siguiente video blog al que accederéis pinchando en este link:
https://www.youtube.com/watch?v=USNgGrpgV0g
¿Dudas jurídicas sobre los efectos de los hijos en común de una pareja no casada? ¿Qué son las medidas paternofiliales? ¿Cómo se imponen dichas medidas? ¿En qué casos? ¿Dónde se regulan?…
Por eso todas estas preguntas y muchas más te resolvemos en el video blog de esta semana.
En él podrás resolver estas cuestiones que aquí también te adelantamos:
Al producirse la separación de una pareja que no ha estado casada pero ha tenido hijos en común, se plantean una serie de dudas. Además en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil se contiene la regulación de las medidas paternofiliales, aquellas que regulan estas cuestiones.
Es un procedimiento judicial, sí , sí, judicial, no por contrato, notario u otras fórmulas diferentes.
ES pues por un procedimiento judicial que se tiene que presentar con abogado y procurador.
Además puede ser de mutuo acuerdo o bien contencioso.
Si es de mutuo acuerdo significa que ambos miembros de la ahora ex pareja están de acuerdo con las medidas en relación a los hijos, mientras que será contencioso si no hay acuerdo al respecto.
¿Qué medidas son las que por lo tanto se regulan?. Aquellas que afectan a los hijos exclusivamente: es decir, la guarda y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia etc.
Estas medidas varían según las circunstancias y es necesario analizar cada caso en particular.
Por eso te esperamos para resolver cualquier duda o llevarte tu caso.
¡Hasta la semana que viene!
Mercedes de Parada
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LAS 5 CLAVES DE LAS NUEVAS BAJAS MÉDICAS PARA TRABAJADORES

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LAS 5 CLAVES DE LAS NUEVAS BAJAS MÉDICAS PARA TRABAJADORES
En este nuevo post del blog jurídico Letradox – Abogados , abordamos un tema de candente actualidad y que suscita algunas dudas, motivo por el cual algunos clientes nos requieren para asesoramiento jurídico al respecto.
Por ello dentro de la sección Derecho Laboral, tratamos hoy el nuevo sistema de bajas médicas para trabajadores. Espero que sea de vuestro interés y no dudéis en comentarnos cualquier aspecto a nuestro Departamento de Atención al Cliente info@letradox.esEstaremos encantados de responderos a la mayor brevedad.
A partir del 1 de diciembre próximo comenzará a regir el nuevo sistema.
1º) El parte de baja. Los tipos.
 
Los nuevos tipos de bajas médicas se clasifican de la siguiente manera, atendiendo a su duración:
1.       Muy corta: Inferior a 5 días naturales. (Ojo con la diferencia entre días naturales o días hábiles, dado que los días hábiles excluyen los sábados y domingos)
2.       Corta: De 5 a 30 días naturales.
3.       Media: de 31 a 61 días naturales.
4.       Larga: Más de 61 días naturales.
2º) Parte de baja. Novedades y duración.
 
El médico que de la baja a un trabajador tiene que señalar de manera aproximada el tiempo por el que se prevé que pueda estar en esa situación. Esto supone también un cambio respecto al sistema vigente.
En función de los estudios realizados en los últimos años y las estadísticas que los facultativos tienen en su poder, podrán prever el número de días necesarios para la curación de la patología, y por tanto el número de días que el trabajador estará de baja. No obstante, hay que estar a la evolución de cada paciente en concreto y observar si su mejoría es evidente a fin de acortar el tiempo.
3º) Nuevas facultades al médico.
 
Cuando se trata de bajas denominadas muy cortas, es decir, de menos de 5 días naturales de duración, como hemos visto en el punto 1º, será el médico quien en el mismo momento señale la baja y el alta. De esta manera nos ahorramos el desplazamiento de nuevo al médico para recoger “el alta” o “la vuelta al trabajo” como se venía haciendo. Se trata pues de una medida dinamizadora de la producción y de los trámites burocráticos a fin de que se agilicen los procesos de reincorporación cuando la baja ha sido de muy pocos días.
No obstante, cuando la baja es de más de 5 días, en la baja se hará constar la nueva visita al médico. ¿Cuándo será? Pues necesariamente cuando sean bajas cortas al 7º día, y al 14º día cuando sean bajas largas.
4º) Recepción de la baja por la empresa.
 
En los tres días siguientes a su expedición el trabajador tiene que presentar el parte de baja en su empresa, y el parte de alta , al día siguiente de cuando fue expedido.
La empresa, una vez reciba los partes, deberá comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social numerosos datos, a saber, datos de cotización del trabajador a fin de determinar la prestación económica que le corresponde, las claves tanto de la ocupación como de la provincia en donde radique el centro de salud, datos del proceso médico y datos de la empresa.
5º) Novedades con las MUTUAS.
 
Las mutuas de la Seguridad Social no podrán dar de alta a un trabajador que se encuentre de baja por enfermedad común, sino tan sólo en los casos de que la enfermedad sea por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Diferente es además que puedan animar a que el alta se realice en casos de enfermedad común pidiéndoselo a la inspección médica competente.
Si ésta no efectúa el alta a pesar del requerimiento y tras un plazo máximo de 5 días, entonces sí que directamente se puede solicitar el alta al INSS.
Para éstas u otras dudas que puedan surgiros en relación a Derecho Laboral, estamos a vuestra disposición, muchas gracias y ¡hasta la próxima semana!
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada. Nºcol. 118.218 ICAM
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SWAPS. Todo lo que debes saber



NO TE PIERDAS NUESTRO PRÓXIMO ARTÍCULO SOBRE LOS SWAPS. QUÉ SON, CÓMO TE AFECTAN…

 

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FELIZ DÍA DE LA HISPANIDAD

  
 
Desde el Despacho de Abogados LETRADOX os deseamos a todos nuestros clientes y también followers de redes sociales un muy feliz día de la Hispanidad.

 

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EL EURIBOR DESAPARECE ¿y ahora qué?

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EL EURIBOR DESAPARECE
Tal y como anunciábamos en nuestro post de la semana pasada en el Blog del despacho de Abogados LETRADOX (www.letradox.com/ Tlf 24h: 645 958 948) , el EURIBOR desaparece.
Según fuentes cercanas al Banco de España consultadas en exclusiva por LETRADOX – ABOGADOS , la desaparición del EURIBOR y la instauración de su sustituto, el EURIBOR PLUS, no tiene fechas establecidas y hay bastante desconocimiento del nuevo índice y cómo será y nos afectará incluso en las máximas autoridades bancarias.
No es de extrañar dado que, si bien, la máxima que se intenta establecer es la transparencia en los índices a los que están referenciadas las hipotecas; la transición entre un sistema y otro causa numerosas dudas y la regulación del nuevo Indice, impuesta por la Comisión Europea, deberá en cierta medida, paliar las mismas.
Recordemos que casi el 85% de las hipotecas españolas están referenciadas al EURIBOR, por lo que su supresión y establecimiento del EURIBOR PLUS será una cuestión que afectará a los numerosos deudores hipotecarios.
La gran cuestión que afecta a los deudores es si el EURIBOR PLUS supondrá un encarecimiento de sus cuotas hipotecarias, a lo que nadie se puede anticipar a responder. En cualquier caso, dado que el EURIBOR se encuentra en el mínimo histórico. Parece lógico pensar, que reducirse aún más no se hará…
Por último estaremos muy atentos a cualquier novedad que se produzca para comentárselo de primera mano a todos los clientes y seguidores en redes sociales de LETRADOX-ABOGADOS.
Por eso para esta o cualquier duda sobre su hipoteca que pueda tener. No dude en ponerse en contacto con nosotros.
Muchas gracias.
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho de Abogados LETRADOX.
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¿Qué es el IRPH de las Hipotecas?

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¿Qué es el IRPH de las Hipotecas?
 
 
A través de este artículo del despacho de Abogados LETRADOX (Abogados en Alcalá de Henares y Madrid. Tlf. 645 958 948), le resolvemos además las dudas más frecuentes acerca del IRPH de las hipotecas. Para cualquier consulta adicional o para comentarnos su caso específicamente no dude en poner en contacto con nosotros.
¿Qué es el IRPH de las hipotecas?
 
Es un índice hipotecario (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) . En España no obstante el índice al que suelen estar referenciadas las hipotecas es al EURIBOR.
 
¿Es el IRPH igual que el EURIBOR?
 
No. Son índices diferentes, y de hecho el IRPH es más conflictivo y “caro” que el EURIBOR. El IRPH en agosto de 2.015 ha estado en 2,152% mientras que el EURIBOR a 12 meses ha estado en mínimos históricos recientemente (menos de 1%) , por lo que la diferencia es más que considerable.
 
¿Supone un problema el tener el IRPH en la hipoteca?
 
En Octubre de 2013 desaparecieron dos de las variantes del IRPH (la de Bancos y la de Cajas), además estando actualmente vigente solamente la variante de IRPH de entidades.
Ha habido diversas sentencias que anulan el IRPH por diversos motivos jurídicos y se ha creado en algunos casos una cierta confusión entre los hipotecados que tenían su hipoteca referenciada a este Índice, si este es su caso o el de alguien que conozca, nuestro despacho LETRADOX, ofrece la posibilidad de negociación con la Entidad Bancaria y estudiar las alternativas judiciales más adecuadas que consigan la finalidad pretendida de intentar reducir su cuota hipotecaria y obtener certidumbre al respecto.
 
No dude en consultarnos las dudas legales sobre el IRPF a través de nuestro email info@letradox.eso también al teléfono 645 958 948.
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Aumento de DIVORCIOS después del verano.

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AUMENTO DE DIVORCIOS DESPUÉS DEL VERANO
 
En anteriores post nuestro despacho de abogados LETRADOX ha ahondado sobre algunos aspectos de interés de nuestros lectores en relación con esta materia de la separación y el divorcio, y explicábamos las diferencias entre la separación y el divorcio, qué pasos hay que seguir si es de mutuo acuerdo o si es amistoso, los plazos, las pruebas, y en definitiva la resolución de todas las dudas que como abogados matrimonialistas en separaciones y divorcios le podíamos ayudar a solventar.
Lo más adecuado y debido a la delicadeza de las cuestiones que se tratan es acudir a nuestros despachos de Madrid y Alcalá de Henares donde, de manera confidencial, trataremos su caso y les daremos las respuestas que se ajustan a lo que nos pide.
Hoy vamos a reparar en un dato curioso sobre esta materia. Aunque detrás de cada estadística hay una historia, dura en la mayor parte de los casos, las cifras son elocuentes y registran un mayor número de casos de divorcio tras el verano.
El convivir con la pareja más tiempo, la familia, los apuros económicos , el mayor tiempo para reflexionar y decidir qué es lo que realmente queremos, sin dejarnos llevar por la rutina diaria, hace que las decisiones de divorcio se produzcan en 1 de cada 3 casos , en estas fechas.
Si éste es su caso o el de algún familiar o amigo, la recomendación es que confíe desde el principio en un despacho líder y experto en la materia como LETRADOX,  para poder gestionar de la mejor manera posible el conflicto y sea su acompañante en los duros momentos personales que atraviesa, dado que con cada cliente, nos identificamos con su problema como si fuera nuestro y luchamos por la mejor defensa de sus intereses de la manera menos traumática posible y ajustándonos a cada caso particular.
Muchas gracias,
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TODAS LAS CLAVES PARA ELIMINAR LA CLAUSULA SUELO DE TU HIPOTECA

 

En LETRADOX- ABOGADOS te damos todas las claves para eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca. 
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Contáctanos por Tlf: 912980061/ Mvl: +34 645958948/ Email: info@letradox.es / Redes sociales: Letradox / C/Jorge Juan 141. Madrid. 




Una de las consultas más habituales en el ámbito hipotecario suele ser en referencia a las tan conocidas cláusulas suelo hipotecarias.

Si ud se encuentra en Madrid, Alcalá de Henares…o una población cercana, acérquese a nuestro despacho y le daremos la información sobre cláusula suelo sin compromiso.
También contamos con clientes por toda la geografía española , por tanto si reside en otra población, no hay inconveniente ninguno y estaremos encantados de poderle ayudar.

Es importante que el abogado pueda analizar su Escritura de préstamo hipotecario dado que ahí se encuentra el quid de la cuestión y podremos valorar si ud tiene dicha cláusula en su hipoteca.

Generalmente las cláusulas suelo suelen aparecer en el apartado relativo a los límites  a la variabilidad del tipo de interés. A veces aparece un suelo y techo, aunque no siempre es así.

Una vez que detectemos la cláusula, es importante analizar una serie de aspectos con el cliente, su perfil, la información precontractual que recibió de manera previa a la firma del contrato..etc. No se asuste por la tramitación porque nos encargaremos de todo y le asesoraremos y acompañaremos en todo momento.

Básicamente hay tres escalones primordiales que nos llevarán a conseguir nuestro objetivo: En primer lugar la reclamación ante el Departamento de Atención al Cliente de su entidad, posteriormente la reclamación al Banco de España y por último la demanda judicial.

No es excesivamente largo el procedimiento, pero unos cuantos meses sí que inevitablemente llevará a cabo la tramitación. No obstante los resultados merecen la pena. Dado que una vez eliminada la cláusula suelo aprox. supondrá un ahorro de 30.000 euros para usted. Por tanto, merece la pena llevar a cabo el proceso.

Es muy importante analizar cada caso. Dado que cada uno presenta unas particularidades propias y en ese sentido, el trato es 100% personalizado y la atención al cliente es primordial.

Si busca asesoramiento y un despacho de abogados especialista en cláusulas suelo, estamos a su disposición,

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INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA

INVERTIR EN ESPAÑA
Orientado al inversor chino y ruso
 
Artículo del despacho de abogados LETRADOX
 
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INVERSORES CHINOS Y RUSOS EN ESPAÑA
 (Foto: Legaltem)
Cada vez son más los inversores chinos y rusos que se ven atraídos por la realización de inversiones en nuestro país, sobre todo de corte inmobiliario, sobre todo en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona y sitios turísticos emblemáticos como la Costa del Sol.
Por eso, las inversiones extranjeras en nuestro país tienen una regulación compleja en la que intervienen aspectos de derecho fiscal, derecho de extranjería, civil, mercantil, internacional …entre otras ramas del Derecho, de ahí que sea importante trabajar con profesionales que dominen el Derecho multidisciplinar. Como por ejemplo en el despacho de abogados LETRADOX. (www.letradox.com)
Además cada inversor que se pone en contacto con nosotros, recibe la máxima atención profesionalizada en su propio idioma, ocupándonos de todos los aspectos legales para que, simplemente sea cuestión del inversor cómo rentabilizar su dinero, pero sin preocuparse por otro tipo de trámites burocráticos.
Las cifras de crecimiento económico actual y la caída generalizada de precios  años atrás que han sufrido los inmuebles en nuestro país, ha hecho un efecto llamada a inversores, principalmente de China y Rusia, con capacidad de inversión en efectivo y que buscan rentabilizar su dinero al mismo tiempo que disfrutar de un país que les ofrece un clima templado ideal y un estilo de vida atractivo.
Las relaciones diplomáticas con China gozan de una buena salud. Y muestra de ello, es además la reciente visita del Primer Ministro Chino a España. El escenario de seguridad jurídica es importante, y se prevé que siga la tónica actual y que España se vea como una apuesta de futuro para extranjeros.
Por lo tanto no lo dude, y si está buscando asesoramiento jurídico profesionalizado para sus inversiones extranjeras en España, nuestro despacho le tiende la mano. Estamos a su disposición.
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