Entradas

Normativa sobre Drones, LETRADOX ABOGADOS drones Madrid y Alcalá

 

 

Nueva regulación sobre drones
 

 

LETRADOX ABOGADOS

 

Despacho de abogados en Alcalá de Henares

 

Bufete en Madrid

 

Tlf. (+34) 645958948

 

 

 

 
NORMATIVA SOBRE DRONES
 
LETRADOX ABOGADOS
 
¿Cuál es la normativa sobre drones? 
 
En Letradox Abogados estamos al tanto de todas las novedades jurídicas en cuanto a drones. Los problemas jurídicos abundan y el asesoramiento jurídico se hace muy necesario. En este artículo repasamos la normativa sobre drones de la mano de Mercedes de Parada, abogada de LETRADOX ABOGADOS.

 

 

 

La ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Ha sido modificada por el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre. Por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotas por el control remoto.
Según se establece en la Exposición de Motivos del nuevo Real Decreto, éste ha modificado el artículo 50 de la Ley 18/2014. Y por su parte, establece temporalmente el régimen jurídico aplicable a las aeronaves de uso civil. En tanto en cuanto, se procede a la reglamentación del tal precepto en el real decreto.

 

 

Sigue mencionando en su art. 1 en relación con la exposición de motivos que, ‘’este real decreto establece el marco jurídico definitivo aplicable a la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) no sujetas a la normativa de la Unión Europea, tal es el caso de las aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) de masa máxima al despegue inferior a los 150 kg y las de masa máxima al despegue superior excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo o destinadas a operaciones de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, guardacostas o similares’’.

 

 

El uso del dron afecta a la seguridad ciudadana. Por lo que en desarrollo del art. 42 de la Ley 21/2003, de Seguridad Aérea, se expresan los requerimientos establecidos para ‘’los usuarios de las aeronaves pilotadas por control remoto destinadas exclusivamente a actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como a las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguetes, para evitar que interfieran y pongan en riesgo la seguridad y regularidad de las operaciones aéreas’’. Según dispone el Real Decreto 1036/2017.

 

 

En suma, para analizar los cambios, se hace imprescindible mencionar el art. 2 del Real Decreto de 2017 en relación con los sujetos a los que se les aplicará su régimen jurídico.

 

      Así, es de aplicación ‘’a las aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPA) cuya masa máxima al despegue sea inferior a los 150 kg o, cualquiera que sea su masa máxima al despegue, cuando estén excluidas de la aplicación del Reglamento (CE) 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008.

 

      También será de aplicación a las aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPA), cualquiera que sea su masa máxima al despegue, que efectúen actividades de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contraincendios, guardacostas o similares. 

 

      Por último, es de aplicación a los elementos que configuran el sistema de aeronave pilotada por control remoto (RPAS, por sus siglas en inglés «Remotely Piloted Aircraft Systems»)’’.

 

 

En esta línea, es importante recalcar que, hasta entonces, solamente era posible el uso de los drones en el medio rural; sim embargo, tal como dispone el Real Decreto, será posible en ciudades, siempre y cuando se respete la seguridad ciudadana y se encuentre usted en posesión de un certificado de aeronavegabilidad, entre otros requisitos a cumplir.

 

 

De acuerdo con estas novedades, los desplazamientos de los drones en las zonas urbanas oscilará entorno a los 100 metros, mediando una distancia mínima de 50 metros en horizontal con respecto de los edificios y personas.

 

En consecuencia, las empresas de envíos, no podrán utilizar el medio aéreo pues las distancias serían mayores a las permitidas.

 

 

Por lo que respecta al uso del dron como divertimento, es necesario conocer que el uso nocturno se prohibe y los vuelos en la ciudad también, excepto que el dron pese menos de 250 gramos y se encuentre el usuario a 8 km como mínimo de los aeropuertos, a 120 metro de altura como máximo sin lluvia, viento o niebla, y en espacio aéreo no controlado.

 

 

No hay que olvidar que el dron como juguete se define como aquella aeronave ‘’no tripulada diseñada para el juego de niños menores de 14 años o cuyo uso esté previsto para dicho fin’’, de conformidad con Reglamentos de la UE (2006, 2007 y 2010).

 

 

En conclusión, es un tema de actualidad, que puede influir incluso en el uso de los niños de sus juguetes, y que, no está de más, conocer de primera mano sus consecuencias. Por ello, Letradox se pone manos a la obra para estudiar su régimen jurídico para estar a disposición de sus clientes.

 

 

¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOX puede hacer por usted. Tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es

 

Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.

 

Atentamente,

 

 

 

LETRADOX    ABOGADOS

 

 

 

 

C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid

 

Oficina también en Alcalá de Henares

 

 

Tlf: 912980061 / Mvl: (+34) 645958948

 

Fax: 912980061 / info@letradox.es
 

 

 

 

 

En Letradox-Abogados

 

“Nunca caminarás sólo”

 

You will never walk alone

 

 

 

 

 

 

 

3 Consejos jurídicos por SAN VALENTÍN Abogados matrimonialistas Madrid

 

LETRADOX ABOGADOS

 

 

 

Despacho de abogados en Alcalá de Henares

 

Bufete de abogados en Madrid

 

Tlf. 912980061 y  (+34) 645958948

 

 

 

 

 

 

 

3 consejos jurídicos por San Valentín

 

Abogados Madrid y Alcalá de Henares

 

 

En este artículo de LETRADOX ABOGADOS matrimonialistas, te damos 3 consejos jurídicos por motivo de San Valentín y con motivo del amor…o el desamor.

 

Son muy frecuentes los “descuidos” u “olvidos” de trámites antes, durante y después del matrimonio o de establecimiento de una pareja de hecho, por ello, qué mejor que repasar estos 3 consejos para que estés bien asesorado desde el principio…y que no te nuble el amor…o te ciegue el desamor, ¿comenzamos?
 
 

 

 

1º) SEPARACIÓN DE BIENES

 

 

Si, lo entendemos, no resulta muy romántico, pero es muy práctico, así que …más vale prevenir que curar, y sí, recomendamos que si te vas a unir a una persona…para toda la vida, realices una separación de bienes.

 

¿Cómo se hace una separación de bienes? Pues como su propio nombre indica es un trámite legal mediante el cual se produce la no confusión de patrimonios de dos personas, siendo éstos masas independientes y no llegando a formarse una masa común, que luego siempre trae problemas de cara a las eventuales reparticiones. Este sistema, es aconsejable que se haga a través de un abogado, sin perjuicio del trámite notarial posterior, en el que se recojan además las peculiaridades de vuestros bienes o vuestros deseos económicos y de reparto de los gastos durante el matrimonio, entre otros muchos aspectos.

 

2º) MANTENIMIENTO DEL SISTEMA…

 

Este título puede chocar, pero el mensaje es claro, aunque se haya hecho el sistema de separación de bienes, siempre es recomendable en compraventas y adquisiciones de gran cuantía, que se refleje el cariz del dinero con el que se ha comprado, dado que, aunque no haya una masa común de bienes (como sí lo hay en la sociedad de gananciales, que es otro régimen económico matrimonial) eso no quiere decir que respecto a ciertos bienes se sea copropietarios, es decir, que sea de los dos… por ello, no está de más el realizar un documento ad hoc en determinados casos.

 

Para evitar que, a pesar de la buena intención, el documento no sea correcto, es mejor asesorarse antes, en LETRADOX ABOGADOS, os podemos ayudar a redactarlo www.letradox.com

 

 

3º) SI LLEGA EL DESAMOR….

 

Si por algún motivo no continúa la pareja, cabe la posibilidad de instar la separación o divorcio o incluso la nulidad del matrimonio. Aunque ya hemos hecho referencia a este apartado en muchos posts, simplemente apuntaremos a que lo principal es conocer si hay posibilidad de acuerdo en dicho trámite (en cuyo caso sería de mutuo acuerdo) o si no hay acuerdo (en cuyo caso sería contencioso) , dado que de eso dependerá el procedimiento judicial para llevarlo a cabo y también el tiempo y complejidad del asunto.

 

Esperamos que disfrutéis de este día, que os sirvan los consejos y que nos tengáis como referencia para cualquier asunto jurídico que necesitéis ¡Os esperamos!.

 

Coméntanos tu caso:

 

LETRADOX ABOGADOS

 

 

Tlfs: 912980061 / 645958948

 

 

C/Jorge Juan nº141, 3ºA. Madrid.

 

En toda España

 

Consejos para la ejecución hipotecaria.

CONSEJOS PARA LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA
 
LETRADOX ABOGADOS 
 
 

LETRADOX ABOGADOS


www.letradox.com 

 
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
 
Bufete de abogados en Madrid
 
Tlf. (+34) 645958948
Tlf: 912980061
info@letradox.es
CONSEJOS PARA LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA
 
 
En Letradox Abogados www.letradox.com estamos comprometidos en la defensa de consumidores y usuarios en procedimientos hipotecarios. Hoy en este artículo os damos unos valiosos consejos si estáis inmersos o podéis estarlo, en un procedimiento de ejecución hipotecaria.
 
También hemos hecho un vídeo para que os llegue mucho mejor y de una manera muy cercana la información. 
 
Os dejamos aquí el link: 

 

 

Si no podéis afrontar los pagos del préstamo hipotecario, el banco puede iniciar un procedimiento que se denomina «Ejecución Hipotecaria». Por nuestra experiencia como abogados os recomendamos que en primer lugar estéis muy atentos a las notificaciones y la correspondencia.
No es cierto, o al menos desde nuestra experiencia es así, que sea mejor el desentenderse del caso…y simplemente dejar que pase el tiempo. Eso no solucionará nada y lo único que hará es que el problema sea muy grande, cada vez más, hasta ser inconmesurable y no poderse afrontar.
Por ello, si estáis en situación de impago, recoged las notificaciones que os pueden llegar y sed muy diligentes en este punto. Si os llega la notificación y no la recogéis o lo hacéis tarde, es probable que no quepa la posibilidad de plantear la oposición a la ejecución y por tanto se habrá perdido una muy buena arma de defensa.
Tenemos experiencia en estos casos y por ello, el mejor consejo es sin duda el que os acabamos de dar. Además, eso depende solo y exclusivamente de vosotros. No obstante, hay otros aspectos en los que el particular, el consumidor, el deudor hipotecario no puede intervenir. Para ello, entra en juego el consejo número dos y es que , en cuanto tengáis noticia de que se ha abierto contra vosotros un procedimiento de ejecución hipotecaria, contactar con un abogado especialista (como en Letradox, www.letradox.com Tlfs: 912980061 / 645958948 email: info@letradox.es).
Nos personaremos lo antes posible en el procedimiento para saber todas las circunstancias relevantes, preparemos su estrategia de defensa y actuaremos en plazo y de manera profesional. Os garantizamos que pondremos todo de nuestra parte para que su problema se solucione.
Estos procedimientos no son rápidos, pueden demorarse en torno a un año llegando incluso a varios años, eso depende de la carga de trabajo de cada juzgado, pero independientemente de ello, lo relevante es el que cada actuación esté en plazo y haya un seguimiento judicial del caso.
En LETRADOX os queremos ayudar, por ello, puede contactar con nosotros en nuestros datos de contacto y descubrir por qué somos el despacho más recomendado.
LETRADOX ABOGADOS

En toda España

www.letradox.com   
Tlfs: 912980061 / 645958948
email: info@letradox.es
Mercedes de Parada
Abogada

 

 

 

 

Abogados Deporte

Los JJOO 2018 y el Derecho del Deporte. Abogado Deporte

LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete de abogados en Madrid
Tlf. (+34) 645958948
Los Juegos Olímpicos y el Derecho del Deporte
Como abogados especialistas en Derecho del Deporte, en LETRADOX www.letradox.com, hemos querido hacer este artículo con motivo de la inauguración de los Juegos Olímpicos de Invierno en Corea.
Hemos incluido esta foto de la medalla de oro de los JJOO “otorgada” a Letradox Abogados como acto simbólico de la gratitud que tenemos por la confianza de nuestros clientes en nosotros para su asesoramiento jurídico. ¡Muchas gracias!
Hoy han comenzando los XXIII Juegos Olímpicos de Invierno, en Pyeongchang, Corea del Sur.
Serán 15 modalidades deportivas. Tales como el curling, esquí de fondo, hockey sobre hielo, patinaje artístico, entre otras muchas disciplinas…
Además no hay que olvidar el último pronunciamiento del Tribunal Arbitral del Deporte de Lausanne, Suiza (TAS/CAS).
Ha desestimado diversos recursos, concretamente, 32 deportistas rusos implicados en la trama de dopaje, por ello los cuales no han podido acudir a Pyeongchang.
Desconocemos la solución sobre otros 15 deportistas, pues el TAS/CAS ha estimado sus recursos.
Ha anulado sus sanciones y consecuentemente permitiendo su participación en los Juegos Olímpicos.
No está claro dado que el TAS/CAS ha anulado las sanciones, pero el Comité Olímpico Ruso está suspendido, y, por ende, sus deportistas.
También es curioso observar como el deporte y la política se entremezclan.
Una de las soluciones propuestas por el Comité Olímpico Internacional ha sido crear un equipo de deportistas rusos para competir bajo bandera neutral en los propios Juegos.
Por ello al margen de los problemas políticos y jurídicos, los Juegos Olímpicos son el mayor exponente del deporte en el mundo.
Aglutinan a miles de deportistas y personas vinculadas al deporte bajo el lema de ‘’citius, altius, fortius’’, de Pierre Coubertin. Significa, más rápido, más alto, más fuerte.
Sin olvidarse de todos los valores expresados en La Carta Olímpica.
Veremos a ver qué hacen los deportistas españoles en los Juegos Olímpicos de Invierno, esperando que empleen al máximo ese lema de Coubertin.
Aprovechamos para comentar que en LETRADOX Abogados estamos especializados en el sector del deporte, entre otros, con el objeto de asesorar a aquellos deportistas o personas vinculadas al deporte.
¿Quiere asesoramiento en Derecho del Deporte? Llámenos a . (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es y le atenderemos encantados.
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
LETRADOX    ABOGADOS
C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid
Tlf: 912980061 / Mvl: (+34) 645958948
Fax: 912980061 / info@letradox.es

 

ABOGADOS para DERECHO DEL ARTE: LETRADOX

LETRADOX ABOGADOS Y DERECHO DEL ARTE
 
Sede central: C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. MADRID
Tlfs: 912980061 / 645958948
ABOGADOS para DERECHO DEL ARTE: LETRADOX
 
Asesoramiento jurídico ARTE
 
En este artículo repasamos las necesidades específicas del Derecho del Arte.  Y la ayuda que los abogados en esta materia le podemos brindar para su tranquilidad.
 
 
El Derecho del Arte es aquella disciplina del Derecho que trata sobre las necesidades específicas de los artistas y sus obras y de las diversas problemáticas jurídicas que pueden suscitarse en cualquier otra rama del Derecho en relación a éstos.
El Derecho Civil y el Derecho Penal son primordiales para ser experto en Derecho del Arte. Dado que numerosas de las cuestiones que surgen en este ámbito tienen su base en estas materias.
Los contratos en su más amplia extensión están muy presentes en el arte. Cesión de cuadros, compraventa, depósito, préstamo…etc. Son términos civilistas que aplicados al Arte añaden matices diferenciadores sin perder su origen.
Con ocasión precisamente de esos préstamos. Por ejemplo, o siendo  más rigurosos, cesiones temporales de las obras. Surgen otras cuestiones aparejadas tales como el transporte de las mismas y los seguros aparejados, dado que recordemos que nada se puede dejar al azar cuando se trata de importantes pinturas, esculturas, grabados y obras de arte en general. Una planificación previa tanto logística como jurídica evitará problemas.
Si esas cesiones traspasan nuestras fronteras, entran en juego otros dos conceptos, exportación e importación de obras, en donde la legislación específica del país de origen y receptor también tienen que ser conocidas para evitar sorpresas.
Las donaciones, inter vivos omortis causa, suelen ser también frecuentes. Tanto en vida del propietario, ya sea o no autor, como mortis causa, tras la muerte de éste, las partes implicadas quieren una solución específica para sus obras de arte que exigen de un asesoramiento particularizado.
Muchas veces los propios propietarios quieren valorar y hacer un peritaje de la obra, en este caso, también hay que articular una vía jurídica para que se haga con todas las garantías.
El Derecho penal como hemos dicho antes, lamentablemente, también está presente, dado que no son pocas las cuestiones de blanqueo de capitales, falsificaciones, estafas, robos…etc, para lo cual la preparación y conocimiento de estas materias resulta imprescindible para ayudar a los afectados.
Por último, un aspecto esencial en el Derecho del Arte es todo lo relacionado con Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, dado que los artistas deben y es muy recomendable que protejan sus obras y se reconozca su autoría.
Tanto para una labor preventiva como una vez que ha surgido el problema jurídico para procedimientos judiciales, en LETRADOX ABOGADOS  Derecho del Arte-Sector del lujo www.letradox.com , podemos ayudar a aportarle tranquilidad y seguridad en todas sus necesidades específicas.
Ya sea artista, propietario de arte, anticuario, marchante, galerista, empresa de subasta, coleccionista público o privado,  ya sea un museo o ya sea una fundación que promueva el arte, en LETRADOX ABOGADOS encontrará respuesta www.letradox.com .
LETRADOX ABOGADOS
 
C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. Madrid
Tlfs: 912980061 / 645958948

 

¿Cómo hereda una PAREJA DE HECHO?

 
LETRADOX ABOGADOS
 
Tlfs: 912980061 / 645958948
Sede central: Calle Jorge Juan 141, 3ºA. MADRID.
 
 
DERECHO SUCESORIO
 
 
en la PAREJA DE HECHO
 
 
 
¿Cómo se hereda en una pareja de hecho? 
En LETRADOX ABOGADOS ayudamos a las parejas de hecho a que resuelvan sus temas sucesorios y que si alguno fallece su pareja no quede desprotegida. Nuestro conocimiento del Derecho Civil y la legislación específica nos permitirá darle el asesoramiento que necesite.
 
 
Algunas de las preguntas que suelen surgir tales como ¿Tiene la pareja de hecho derecho a hereder? ¿Puede heredar la pareja de hecho sin firmas testamento? ¿Qué bienes de la herencia le corresponden a la pareja de hecho? las tratamos en este artículo.  
Lo primero que la pareja de hecho tiene que hacer, si quiere tener los mismos derechos que un matrimonio en caso de fallecimiento, es dejar por escrito su situación.Una opción es inscribirse en el registro de uniones de hecho, si existe en su comunidad, y la otra posibilidad es la de elevar su posición ante notario.
A partir de aquí, hay que tener en cuenta que el testamento será vital para que la herencia se garantice en todos los casos posibles en España.Sin embargo, existen diferencias entre autonomías.
¿En qué Comunidad Autónoma las parejas de hecho pueden recibir herencia sin firmar testamento?
La legislación española no dicta nada en referencia a las herencias entre parejas de hecho.Así que serán las autonomías las que rijan esta situación. En algunos casos, tendrán los mismos derechos que los matrimonios, y en otros no gozarán de ninguno:
      País Vasco, Navarra y Baleares ofrecen los mismos derechos de herencia a las parejas de hecho que a las personas casadas.
      Cataluña ofrece una cuarta parte, la mitad o el total de la herencia a la pareja de hecho, dependiendo de la familia que tenga.
      Aragón permite residir en la vivienda habitual de la persona fallecida, si vivían juntos allí, durante un año. Además, puede quedarse con el ajuar de la casa.
      Andalucía también permite residir un año en la vivienda habitual, aunque cuenta exactamente a partir de la fecha de fallecimiento del propietario.
      La Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, no contiene previsión alguna en materia sucesoria
El resto de autonomías, no ofrecen ninguna protección a las parejas de hecho. Todos los bienes ý derechos pasarían a manos de los hijos o de otros familiares. A menos, claro está, que hubiese un testamento.
Cómo redactar un testamento entre la pareja de hecho
Incluso en las autonomías donde gozan de prácticamente los mismos derechos que los matrimonios. El testamento es recomendable para todas las parejas de hecho. Pero, en el caso de que estén registradas en las autonomías donde no tienen derechos, sin testamento no tendrían nada a su nombre.
Con un testamento, trámite sencillo y poco costoso, se puede solventar esta disfunción. Antes de ello, mejor asesorarse. 
¿Cómo pueden repartirse las herencias las parejas de hecho?
-Los herederos naturales, sean hijos o padres, siempre tendrán derechos a heredar intocables. A menos que el fallecido no tenga padres ni descendencia. En ese caso, la pareja de hecho puede recibir el cien por cien de la herencia. Si se especifica en el testamento.
-Si la persona desaparecida tiene hijos, ellos se llevarán dos terceras partes de la herencia. Su compañera o compañero podrá recibir la tercera parte restante.
-Si no hay hijos pero sí están los padres del fallecido o fallecida, la mitad de la herencia es para ellos. Y la otra mitad puede ser para la pareja de hecho.
-Si dos personas en pareja de hecho compran una vivienda a nombre de ambos, la mitad de esa propiedad estará a nombre del miembro que sobreviva. Pero luego, el resto se dividirá entre ella y los padres, o con los hijos a dos terceras partes para ello. En este caso, es mejor llegar a un acuerdo y dejarlo todo ante notario. Si no se alcanza, la casa puede ser subastada.
Sin duda, el testamento es el documento más necesario en el caso de una pareja de hecho cuando hablamos de herencias.
No dejes que la persona a la que amas se quede desprotegida por haber olvidado este trámite.
Si necesitas asesoramiento específico en tu caso y requieres ayuda, ponte en contacto con nosotros.
Abogados expertos en Derecho Civil , Sucesorio.
LETRADOX ABOGADOS
Tlfs: 912980061 / 645958948
Sede central: Calle Jorge Juan 141, 3ºA. MADRID.

 

Cocina y Derecho: Una fusión interesante

LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete en Madrid
Tlf. (+34) 645958948
 
Cocina y Derecho: una fusión interesante.
Abogado reclamación intoxicación alimentaria , Propiedad intelectual platos
 
En este artículo de LETRADOX ABOGADOS con motivo del Madrid Fusión 2018, exploramos las facetas en las que un abogado resulta imprescindible en la cocina: Reclamación por intoxicación alimentaria alimenticia, propiedad intelectual de los platos de cocina, contratos, licencias… son solo algunos ejemplos. 
 
El Palacio Municipal de Congresos de Madrid acogerá entre los días 22 y 24 de enero a cientos de cocineros del mundo en un evento internacional: MADRID FUSIÓN 2018.
 
 
 
 
Se trata de ‘’Madrid Fusión’’, que viene celebrándose desde hace más de 10 años;  en él se realizan talleres, se preparan platos de lo más variopintos y novedosos, incluso, tienen lugar ponencias en las que se presentan nuevas técnicas y retos. Además, se congregan restaurantes del mundo, ofreciendo recetas y curiosidades sobre sus platos.
Pues bien, como en todas las facetas de la vida cotidiana, el Derecho encuentra su hueco en la gastronomía. ¿En qué sentido?
Una buena receta consistente en un conjunto de ingredientes, las fases y qué cantidades se han de echar en la sartén, pueden ser objeto de protección como modelo de utilidad. De hecho, es en el artículo 137 de la Ley 24/2015 donde se protegen las composiciones, cabiendo la posibilidad de integrar las recetas gastronómicas en el Registro de Patentes y Marcas.
Si bien es cierto que, para que tal protección ocurra deberá de atenerse a los requisitos: novedad aplicación industrial y actividad inventiva.
La actividad inventiva queda en entredicho en cuanto los ingredientes usados son sal, huevos, harina … productos que no son creativos, aunque su combinación denote cierta invención. 
Además, la propiedad intelectual juega un papel importante dado que podría interesar proteger su explotación económica. ¿Sería preferible el secreto industrial sin registro? O bien, ¿su protección a través del registro como patente durante 20 años, plazo en el que caduca tal protección?
Dejando a un lado la posibilidad de proteger el plato creado por el cocinero y su explotación económica y gastronómica. Por desgracia, en ocasiones, los productos utilizados o las consecuencias de comer en mal estado pueden dar lugar a intoxicaciones alimentarias. El Derecho también entra en la cancha de juego y en los fogones, para intentar dar una buena solución.
De este modo, el Derecho es y será una herramienta importante en las relaciones gastronómicas, no sólo por la protección de la receta o del problema de salud que en ocasiones aflora, sino también, los derechos de formación, la contratación en restaurantes, las licencias, y una larga lista de figuras jurídicas que pueden influir en gran medida en la cocina.
En fin, es un tema de actualidad y de interés para el mercado global por ser uno de los mayores placeres de la vida cotidiana, por todo ello, LETRADOX abogados dispone sus servicios jurídicos para asesorar en lo necesario sobre este sector culinario en los que el Derecho Civil vuelve a estar muy presente.  
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOX puede hacer por usted. Tlf. (+34) 645958948 o bien envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
LETRADOX    ABOGADOS
C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid
C/ Mayor nº26, 2ºB Oficina Ínsula. Alcalá de Henares
Tlf: 912980061 / Mvl: (+34) 645958948
Fax: 912980061 / info@letradox.es
En Letradox-Abogados
“Nunca caminarás sólo”
You will never walk alone

 

FITUR & LETRADOX ABOGADOS

FITUR con el sector turístico
LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete en Madrid
Tlf. (+34) 645958948
FITUR & LETRADOX
 
ABOGADOS   TURISMO 
La abogacía está unida al turismo dado que la problemática jurídica se desarrolla en este sector en muchas facetas. Por ello se necesita un abogado para problemas surgidos de interpretación de contratos en las contrataciones de viajes principalmente pero también desde el punto de vista de los hoteles, para ofrecer una serie de productos o servicios jurídicamente bien preparados y correctos o para defenderse de las eventuales reclamaciones.
 
 
 
Turista y sector hotelero son, junto con los países intervinientes, potenciales destinos, los protagonistas de Fitur, y además necesitan abogados, y esto es una realidad, generalmente son cuestiones del ámbito civil, en la que Letradox les puede ayudar y lo vemos constantemente,  máxime en España, dado que,  tal como dispone en una de sus estadísticas el Instituto Nacional de Estadística, España fue visitada por 7,3 millones de extranjeros, sobre todo, británicos, representado en un 22, 9 % del total. Le siguen Alemania y Francia, Estados Unidos, Países Bajos y Suiza.
Todo ello además sin perder de vista el ámbito internacional en el que se desenvuelve en el que los problemas por tanto de derecho de extranjería tampoco son infrecuentes.
Por ello con las estadísticas en la mano, el turismo internacional en España deviene de tal interés que, la Feria Internacional del Turismo celebrada en Madrid acogió un total de 9. 893 empresas pertenecientes a 165 países. La cifra total de visitantes ascendió a 109.134 personas.
Este año, la FITUR tiene lugar entre los días 17 y 21 de enero. Entre los participantes se encuentran mayoristas, agencias de viaje, hotelería y restauración, catering, incluso, organismos oficiales españoles, asociaciones profesionales …
Las ventajas que supone ser expositor en FITUR son muy variadas: desde la inacción de procesos de venta, a la organización de de reuniones con clientes potenciales, también incluyendo la presentación de nuevos productos y estrategias comerciales. Además no solo actividades referentes al canal de distribución, sino también la posibilidad de testar campañas de marketing, también nuevos productos y servicios, así como posicionamiento de marca, reforzando su situación. Asimismo, la entrada de medios de comunicación refuerza las opciones de publicitarse.
¿Por qué hacer una visita a FITUR? La feria ofrece la posibilidad de construir un networking de trabajo, además de nuevos canales de distribución, proyectar una nueva imagen, buscar novedades en los servicios turísticos, fortalecer las relaciones con los proveedores, también se obtiene información del sector de forma inmediata y actualizada, y además hay actividades de formación y reeducación para los clientes.
Por ello en cuanto a las actividades programadas, destacan la diversidad en las Conferencias sobre la sostenibilidad del turismo del siglo XXI, el futuro que viene, sobre el Turismo de salud, festivales programados. También el brexit y la afectación al turismo británico, cómo atraer turistas a través de un video interactivo, claves del mercado chino como comparación para crecer, la música y el turismo …
En fin, es un tema de actualidad y de interés para el mercado global, además, por todo ello, LETRADOX abogados dispone sus servicios jurídicos para asesorar en lo necesario sobre este sector de tal calado en la población mundial.
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOX puede hacer por usted. Tlf. (+34) 645958948 o también envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
LETRADOX    ABOGADOS
C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid
C/ Mayor nº26, 2ºB Oficina Ínsula. Alcalá de Henares
Tlf: 912980061 / 

Mvl: (+34) 645958948


Fax: 912980061 / info@letradox.es
En Letradox-Abogados
“Nunca caminarás sólo”
You will never walk alone

 

E-SPORTS Y LETRADOX ABOGADOS

LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete en Madrid
Tlf. (+34) 645958948 / 912980061 
ABOGADOS E-SPORTS 
 
ABOGADOS, VIDEOJUEGOS , E-SPORTS 
 
Millones de personas emplean su tiempo en cada uno de los videojuegos del mercado. En Estados Unidos casi unos 200 millones de personas lo hacen regularmente, sin olvidarse de los países asiáticos; en España 4 de cada 10, casi la mitad de la población; y así, en cada uno de los países la influencia de los videojuegos es indudable.
 
De acuerdo con un estudio anual llevado a cabo por la consultora Newzoo[1], se prevé que en el mercado mundial se facturen, aproximadamente, unos 700 millones de dólares (660 millones de euros). Además aumentará su participación en el sector el ámbito de los derechos audiovisuales (Orange, Movistar, Vodafone serán inversores en este sentido)[2].
Asimismo, el consumo de videojuegos; así como la visualización de competiciones a través de la televisión o por los canales habituales online; ticketing por eventos presenciales en grandes estadios; también el patrocinio; la publicidad; harán de este sector una auténtica fuente de ingresos en crecimiento.
Además ‘’Los e-sports inciden en tantos sectores del Derecho como uno se imagine’’, por ello, un jurista no puede pasar por alto esta actividad, que parece caminar hacia la consideración de Deporte.

Por ello suponiendo que el inmenso mundo de los videojuegos se tratare de una relación laboral, además de mercantil, por el volumen de negocio y consumo que operan, también la compra de multitud de licencias para el uso de cualquier videojuego en interés, las diferentes competiciones; la relación de los competidores con los organizadores, con los fabricantes de videojuegos; con las reglas del juego; la relación con las entidades de participación (o clubes), los salarios que perciben o deberían percibir de estas entidades, la actividad física e intelectual que supone, los patrocinios, derechos de imagen, la posibilidad de utilizar figuras de representación o agencia, derecho de marcas y patentes, y por último un etcétera de infinidad de particularidades que hacen de esta realidad una auténtica disciplina que, aparentemente, encaje dentro de una definición amplia de ‘’deporte’’ e incluso, dentro de la definición propia de deporte profesional del artículo 1 del Real Decreto 1006.

Finalmente todo ello favorece la aparición de especialidades enmarcadas dentro de esta realidad que pisan fuerte en el sector del deporte y de la digitalización.
 
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOX puede hacer por usted. Tlf. (+34) 645958948 o también envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
LETRADOX    ABOGADOS
C/ Jorge Juan nº141, 3ºA. 28028 Madrid
Tlf: 912980061 / Mvl: (+34) 645958948
Fax: 912980061 / info@letradox.es
En Letradox-Abogados
“Nunca caminarás sólo”
You will never walk alone


[1] Global Esports Market Report 2017, Newzoo.
[2] ‘’De esta cifra, 266,3 millones de dólares (250,6 millones de euros) corresponderán a la inversión en patrocinios, un 57,7% más que en el año anterior.  Además por publicidad se ingresarán 155,3 millones de dólares (146,2 millones de euros), un 21% más. También la categoría que más crecerá será la de los derechos audiovisuales, que subirán a 95,2 millones de dólares (89,6 millones de euros), un 81,5% más’’. Información extraída de https://www.palco23.com/marketing/radiografia-de-los-esports-650-millones-de-euros-y-200-millones-de-fans-en-2017.html

 

SOCIMIS: Lo que debes saber. LETRADOX ABOGADOS

LETRADOX ABOGADOS
Despacho de abogados en Alcalá de Henares
Bufete de abogados en Madrid
En toda España
Tlf. (+34) 645958948
Sede central: C/ Jorge Juan nº141. Madrid.
 
ABOGADOS SOCIMIS 
 
 
SOCIMIS: LO QUE DEBES SABER
 
Una figura esta resaltando de un tiempo a esta parte, se trata de las “socimis”. Son la versión española de los Reit, que nación en Estados Unidos en los años 60 y después llego a Europa
Se denomina SOCIMI a las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, cuya actividad principal es la inversión tanto de forma directa como indirecta de los bienes inmobiliarios para su alquiler.
 
 
En España, las Socimis se regularon en la ley 11/2009, sin embargo era una regulación la cual no encaja en las inversiones por lo que a finales del 2012, el Gobierno introdujo una serie de cambios en la normativa lo que incentivo a la creación de estas figuras.
Por ello en Letradox podemos ayudarle con lo relacionado a las Socimis, su regulación, funcionamiento y tributación.
Para crear una social se deben de cumplir una serie de requisito, como son los siguientes:
    La cartera de inmuebles debe de ser de al menos el 80% puestos a disposición de alquiler, indiferentemente de si son viviendas, locales, garajes, naves industriales, centros comerciales, hoteles, etc…
   También se debe de repartir los dividendos: 80% si provienen de alquiler, 50% si provienen de ventas de activos y el 100% si proceden de otras Socimi o Reit.
    Deben de tener un capital mínimo de 5 millones de euros y un inmueble.
    Además deben de cotizar en el Mercado Alternativo Bursátil, para ello debe ser valorada por un experto independiente, contar con un asesor registrado, y presentar resultados cada 6 meses.
Por último las Socimi se pueden endeudar hasta un limite del 70%, y tienen una serie de excepciones fiscales como la exención del pago del Impuesto de Sociedades, y también una fuerte bonificación (95%) en el ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).
¿Tiene alguna duda? Llámenos sin compromiso y conozca todo lo que LETRADOX ABOGADOS puede hace por usted. Tlf. (+34) 645958948 o también envíenos un email a info@letradox.es
Gracias a todos nuestros clientes y seguidores de redes sociales por hacer de LETRADOX el despacho más recomendado.
Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez Abogada nºcol. 118.218 ICAM
 
LETRADOX ABOGADOS
Abogado en Alcalá de Henares
Abogado Madrid
Y abogado España.