Referentes de LETRADOX. Eugenio Gay Montalvo

Referentes de LETRADOX. Eugenio Gay Montalvo

 

En Referentes® de LETRADOX® Abogados recibimos a D. Eugenio Gay Montalvo, abogado; que fue miembro del Tribunal Constitucional de España desde 2001 a 2012 y Vicepresidente en los años 2011 a 2012.

Ha sido Presidente del Consejo General de la Abogacía Española (1993-2001) y es miembro del consejo de Administración y del Patronato de La Caixa entre otras actividades jurídicas y empresariales en las que participa.

En esta conversación con la letrada dña. Mercedes de Parada y Rodríguez , CEO de Letradox y el socio COO de la firma, D. Marcos Rivas y Fernandez repasamos algunos de los hitos de su trayectoria profesional y abordamos asuntos de la actualidad jurídica.

Las conversaciones con los referentes del Derecho, de la empresa y de la sociedad civil en España, en LETRADOX® www.letradox.com

 

Referentes de LETRADOX. Eugenio Gay Montalvo

 

 

Abogados Fiscalidad Internacional Madrid. LETRADOX

Abogados fiscalidad internacional en Madrid. LETRADOX®

 

Nuestro equipo de abogados en LETRADOX® tiene la preparación y la experiencia que los clientes más exigentes necesitan para proteger y ofrecer seguridad y certidumbre a sus actividades empresariales internacionales y ofrecer el más eficaz y completo asesoramiento en materia de fiscalidad internacional e inversiones.

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Sede del despacho: Calle Hermosilla 144, 1ºE Madrid

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Abogado para desahucio

¿Qué es la hipoteca Redal? LETRADOX ABOGADOS

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¿Qué es la hipoteca Redal? LETRADOX ABOGADOS

Resolvemos las dudas sobre este tema. Si ud tiene problemas con su hipoteca Contáctenos sin compromiso en:

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LETRADOX Abogados

Un contrato de préstamo o crédito hipotecario (de interés variable) tiene un sistema de amortización Redito ad Libitum (abreviado, REDAL, que significa “devolución a voluntad”) cuando no se ha pactado un importe determinado para la cuota mensual que resulta al cambiar el tipo de interés.»

Al firmar la escritura de un préstamo hipotecario, se establecen diversos acuerdos, siendo los más relevantes aquellos relacionados con el plazo de devolución del préstamo y la cuantía correspondiente a las cuotas e intereses.

Para calcular los valores correspondientes a los intereses y la amortización que se abonan mensualmente en un préstamo hipotecario, se deben emplear dos fórmulas distintas. La primera fórmula determina el importe de los intereses, mientras que la segunda fórmula establece el importe de la cuota total mensual (que incluye tanto intereses como amortización) o directamente la cuantía que se amortizará de capital cada mes.

Sin embargo, no es raro encontrarse con situaciones en las que no se ha acordado la segunda fórmula, lo que podría invalidar su aplicabilidad. En estas circunstancias, nos encontraríamos sin un acuerdo específico que defina el método de devolución del capital, limitándose únicamente a establecer el interés a abonar mensualmente. Este escenario es lo que Guillem Bou ha denominado como «hipoteca REDAL».

Es decir, en caso de problemas económicos, el hipotecado puede devolver el préstamo en cantidades más pequeñas que las que estaba abonando hasta esa fecha, pero siempre que cuente con una sentencia favorable, lo que podría ayudarles a evitar el embargo de su vivienda si tienen dificultades económicas. Si de la lectura e interpretación del contrato de préstamo se puede deducir que no está claro cómo debe ser la amortización del préstamo, ni la cantidad que debe abonarse cada mes, de modo que el hipotecado no puede saber lo que va a pagar ni lo que queda pendiente de pago a lo largo del préstamo, puede interpretarse como una Hipoteca REDAL.

La esencia de la cláusula REDAL es que se basa en la falta de información al hipotecado, es decir, que el banco o entidad financiera no ha informado de forma detallada y comprensible de las condiciones esenciales de la hipoteca que ha firmado y que en el contrato hipotecario no se han detallado de forma específica, clara y comprensible las condiciones de devolución del préstamo recibido.

REDAL no es una cláusula hipotecaria en sí misma, sino una construcción doctrinal, al igual que la cláusula “rebus sic stantibus”. Como no se ha establecido de forma exacta la devolución del dinero, el hipotecado, cuando tiene dificultades económicas para hacer frente a la devolución, puede acogerse a que ha firmado un préstamo REDAL y que, por tanto, si hace un pago periódico el banco no puede solicitar la resolución del contrato o la ejecución hipotecaria.

Hay ya varias sentencias de Audiencias Provinciales sobre la cláusula REDAL, pero se trata de una construcción doctrinal, con lo que no hay una normativa específica sobre cuándo un préstamo hipotecario se puede considerar que cumple con estas circunstancias ni tampoco existe jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto.

Esta cláusula es “la pura interpretación de los contratos que se establece en los artículos 1281 a 1289 del Código Civil. Y es precisamente esa facultad de interpretación la que tienen los jueces y tribunales, siendo muy importante lo que establece el artículo 1288, en el sentido de que la interpretación de las cláusulas oscuras no puede favorecer a quien hubiera ocasionado la oscuridad, y que los contratos de préstamo hipotecario son contratos de adhesión, es decir, impuestos por la prestamista, sin negociación en la gran mayoría de sus cláusulas”. ->

  • 1281 CC: Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.

Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas. (arts. 1281 y ss CC)

Si las dudas de cuya resolución se trata en este artículo recayesen sobre el objeto principal del contrato, de suerte que no pueda venirse en conocimiento de cuál fue la intención o voluntad de los contratantes, el contrato será nulo.

Todo esto se establece en el informe financiero sobre el sistema “redito ad libitum” (REDAL) en los contratos hipotecarios, encargado por la Dirección General de Consumo del Govern balear al matemático Guillen Bou, permite evitar el desahucio y flexibilizar el pago de la deuda en determinadas hipotecas firmadas antes del 2011 ya que, según demuestra, se rubricaron pese a contener graves errores, cláusulas abusivas, falta de transparencia financiera y otro tipo de irregularidades.

Así tendríamos varios «tipos de hipotecas REDAL» o situaciones a examinar, según los pactos de cada escritura hipotecaria concreta:

Es decir:

  • La hipoteca REDAL pura sería la que no se pacta fórmula de cálculo de la cuota de amortización o de la cuota mensual total.
  • La REDAL de cláusula serían casos en los que la escritura de préstamo hipotecario contiene un pacto financiero para calcular la cuota mensual, pero es erróneo.
  • El REDAL de lenguaje tiene que ver con escrituras que contienen un pacto financiero «correcto», pero solo si se interpreta con el lenguaje especializado interno de la propia entidad financiera.

 

¿Qué hipotecas pueden ser REDAL?

 

Según el informe, al menos se podrían encontrar hipotecas REDAL firmadas antes de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios; momento en que el Banco de España establece la información que ha de incorporar la FIPER (hoy FEIN).

En todo caso, es posible encontrar escrituras posteriores a octubre de 2011 que coincidan con las diferentes definiciones de la hipoteca REDAL.

Esto puede significar un cambio radical en las obligaciones de los clientes endeudados con hipotecas anteriores a 2011, mucho más beneficiosa que el límite de ingresos que requiere el código de buenas prácticas aceptado por las entidades bancarias para modificar las hipotecas variables.

 

Consecuencias de tener una hipoteca REDAL

 

Explica el informe que este tipo de casuística tiene una importante relevancia en las ejecuciones hipotecarias:

«Cuando el banco presenta una ejecución hipotecaria está obligado a presentar un documento llamado “acta de liquidación de saldo”. Dicho documento viene a ser la “factura” que presenta la entidad y debe ser certificada por un notario. Es decir, el notario debe dar fe que la cantidad que exige el banco es correcta.

En el caso de las hipotecas REDAL sucede que, al no haber establecido el importe de las cuotas mensuales, el notario no puede certificar los importes que presenta la entidad como cuotas impagadas. Dicho de otro modo: las cantidades que aparecen en la “factura” no emanan de los pactos financieros del contrato.»

El Banco de España ocultó información, según el informe.

Pese a todo, y aunque el Banco de España reconoce la existencia de las hipotecas REDAL -que conoce desde el año 2002-, ha ocultado la situación a los consumidores, según aseguran los autores, quienes afirman que si tal circunstancia se hubiera sabido y explicado con transparencia hubiera surgido una vía para solucionar, en parte, el problema de los desahucios. “Si el Banco de España era conocedor del problema REDAL ya en 2002, hubiera podido hacer algo en la grave crisis de 2007-2008”, destaca el informe y añade que ante “la avalancha de desahucios”, el Banco de España podría haber pedido al poder legislativo que desarrollara normas o incluso podría haber publicado circulares que “hubieran supuesto, sin duda, una mayor protección de a los consumidores”.

“En efecto, la primera exigencia desde el punto de vista de la transparencia y defensa del consumidor es que el deudor pueda calcular y verificar autónomamente con exactitud la cuota de amortización del préstamo que le exige el prestamista, cosa que en un préstamo a interés variable necesita hacer cuando menos en el momento de estudiar posibles ofertas alternativas, en el de la contratación y cada vez que corresponda actualizar el tipo de su préstamo”, detalla, sobre esta cuestión, la Asociación Hipotecaria Española (AHE), organismo que agrupa a los bancos y otras entidades de crédito. La AHE advierte de que los préstamos REDAL “esconden mala fe”, ya que no se respetan los derechos de los consumidores ni tampoco la libre competencia.

Criterio avalado por la justicia europea.

 

Las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de manera reiterada, establecen que la Directiva 93/13, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores tiene que interpretarse siempre en los contratos hipotecarios en el sentido que el consumidor debe conocer “basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de dicha cláusula sobre sus obligaciones financieras”.

Debido a los problemas que suscitaron las hipotecas REDAL, y pese a que el Banco de España, organismo supervisor, era conocedor de la situación al menos desde el 2002, no actuó hasta finales de 2011. En una orden del 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, indica que “si el tipo de interés aplicable fuera variable o variable limitado, la entidad incluirá ejemplos numéricos que indiquen claramente de qué modo los cambios en el pertinente tipo de interés de referencia afectarán al importe de las cuotas”. El Banco de España añade que estos ejemplos de variación del tipo de interés “serán realistas y simétricos, y ofrecerán siempre información sobre los efectos de supuestos desfavorables”.

El Alto Tribunal europeo ya advertía, en la Directiva 93/13, de que el prestatario debe conocer la carga económica del contrato. “El cambio legislativo es la prueba de que se incumple una directiva europea de protección al consumidor, luego es obvio que el contrato anterior a la Orden EHA/2899/2011, si no adjunta una tabla de escenarios sobre el importe de las cuotas, no es válido”, concluye.

ANATOCISMO LEGAL: El anatocismo legal es el establecido por la ley para reclamar judicialmente los intereses vencidos y no satisfechos, originando desde ese instante el devengo de intereses sobre intereses.

ANATOCISMO CONVENCIONAL: El anatocismo convencional consiste en un pacto de acumulación de los intereses vencidos al capital para la producción sucesiva de nuevos réditos por el conjunto.

RÉDITO: renta obtenida de una inversión, en la mayoría de los casos en forma de pago de intereses o dividendos. El rédito es una de las formas en que una inversión puede hacer ganar dinero a un inversor, y la otra es la venta del activo.

 

SENTENCIAS AUDIENCIA PROVINCIAL SOBRE LA CLÁUSULA REDAL

 

  • La Audiencia Provincial nº3 de Palma, en la resolución 127/2017, de 27 de septiembre, desestima una ejecución hipotecaria por no contener pacto de liquidación del préstamo.
  • La Audiencia Provincial nº5 de Cádiz, en la sentencia 200/2021 de 4 de marzo, resuelve la nulidad de la cláusula de amortización por falta de transparencia y ante un sistema de amortización complejo.

 

Hemos ayudado ya a cientos de clientes con problemas hipotecarios y también podemos ayudarle a ud. En cualquier lugar de España e el que se encuentre.

 

Le adjuntamos algunas de nuestras intervenciones en Televisión en el Telediario de TVE como abogados expertos en Hipotecas:

 

-Frecuentemente entrevistados en el Telediario de TVE y los principales portales inmobiliarios como Fotocasa e Idealista, ponencias con empresas como Metrovacesa, ADEVINTA etc.

– Ponencia sobre Inmobiliario y Proptech con METROVACESA y la multinacional Adevinta

https://www.letradox.com/sin-categoria/letradox-metrovacesa-y-adevinta-el-futuro-y-las-inmobiliarias/

– Artículos en Idealista:

https://www.idealista.com/news/finanzas/hipotecas/2019/06/24/776381-como-saber-si-tienes-irph-en-tu-hipoteca-y-como-te-afectara-la-proxima-sentencia-del

– Intervención en el Telediario de TVE – 1ª

https://www.youtube.com/watch?v=_CfP_B3z5R8

 – 2ª Intervención Telediario TVE 

https://www.youtube.com/watch?v=x8Rs1QHnRqQ

– Cursos y artículos en FOTOCASA. 

Podcast. Top 5 de los más escuchados de España sobre Derecho Inmobiliario: 

https://blogprofesional.fotocasa.es/el-podcast-de-fotocasa-pro-academy-claves-juridicas-del-mercado-inmobiliario/

Curso sobre aspectos legales del sector Inmobiliario:

https://www.letradox.com/sin-categoria/aspectos-legales-del-sector-inmobiliario-letradox-abogados/

Profesora de formación para profesionales del sector hipotecario e inmobiliario:

https://www.letradox.com/formacion/

Ponencia sobre Derecho hipotecario en el Colegio de Abogados de Madrid:

https://www.instagram.com/p/BiAjZz8j_e1/?utm_medium=copy_link

Ponencia en el Colegio de Abogados de Madrid:https://www.instagram.com/p/Bot-Ea8jOEX/?utm_medium=copy_link

Ponencias en diversas Universidades:

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Experiencia en numerosos juicios inmobiliarios e hipotecarios destacados.

 

 

Si ud tiene problemas con su hipoteca Contáctenos sin compromiso en:

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¿Qué es la hipoteca Redal? LETRADOX ABOGADOS

 

TERESA FREIXES REFERENTES LETRADOX

Hoy en REFERENTES® de LETRADOX®: Teresa Freixes

Hoy en REFERENTES® de LETRADOX®: Teresa Freixes

Hoy en Referentes® de LETRADOX® recibimos a doña Teresa Freixes, referente en Derecho Constitucional y de la Unión Europea.

Ha participado en la elaboración del Tratado de Amsterdam, la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea y el Tratado de Lisboa.

Ha sido Catedrática de Derecho Constitucional de la Universitat Autònoma de Barcelona y es miembro del Jurado de los premios Princesa de Asturias entre otros hitos destacados de su carrera profesional.

Hoy hablamos de Europa: pasado, presente y futuro y cómo afrontar los desafíos a los que nos enfrentamos. #referentes #Letradox #TeresaFreixes

Abogados expertos en coliving Madrid. LETRADOX

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Abogados expertos en problemas colivings y espacios habitables

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COLIVINGS Y ESPACIOS HABITABLES

 

En los últimos años, tanto la forma de vivir como de trabajar ha experimentado cambios significativos. El auge del coworking ha transformado la dinámica laboral de los freelancers de manera imparable. Ahora, ante la creciente dificultad de acceder a viviendas en las grandes ciudades, el coliving emerge como una solución consolidada.

 

CONCEPTO DE COLIVINGS

 

El coliving no solo es un fenómeno residencial con características distintivas, sino también un estilo de vida en evolución que se está convirtiendo en una alternativa muy atractiva en España, especialmente entre los jóvenes, como solución para acceder a una vivienda.

El coliving implica compartir las áreas comunes del edificio con los vecinos, pero va más allá al fomentar la interacción, compartiendo experiencias, momentos y proyectos, al mismo tiempo que se garantiza un espacio íntimo personal. Esta filosofía promueve la socialización a nivel personal, en paralelo al efecto que el coworking tiene en el ámbito profesional.

Aunque guarda similitudes con las residencias estudiantiles, el enfoque del coliving está dirigido principalmente a jóvenes profesionales: aquellos que se desplazan para cursar un máster o un doctorado, los que empiezan su primer trabajo lejos del hogar, o quienes buscan independizarse sin contar con los recursos económicos suficientes.

Aunque inicialmente concebido para este perfil, el coliving para personas mayores está ganando popularidad. Desde la perspectiva empresarial, los inversores muestran un gran interés en el coliving, así como las empresas dedicadas a gestionar la construcción de edificios para este fin.

La disposición de un apartamento de coliving puede variar según el diseño y la visión de los desarrolladores, pero generalmente sigue un esquema que promueve la convivencia comunitaria y la privacidad de los residentes.

CARACTERÍSTICAS COLIVINGS

 

A continuación, se presenta una descripción general de cómo se estructura un edificio de coliving:

  • Espacios Comunes: Constituyen el núcleo del apartamento de coliving y están diseñados para fomentar la interacción entre los residentes. Estos espacios pueden incluir áreas de estar compartidas, cocinas comunes, zonas de coworking, áreas de recreación, gimnasios, entre otros. Son ideales para socializar, trabajar o relajarse.
  • Habitaciones Privadas: Cada residente dispone de su propia habitación privada. Estas habitaciones suelen ser eficientes en términos de espacio y están diseñadas para ofrecer comodidad y privacidad. Pueden contar con baños privados, mobiliario funcional como camas y escritorios, así como acceso a Internet de alta velocidad.
  • Gestión y Servicios: La gestión de estos edificios se encarga de asegurar la comodidad de los residentes. Esto implica servicios como limpieza regular de áreas comunes, mantenimiento para resolver problemas o averías, organización de eventos y actividades para promover la interacción entre los residentes.
  • Seguridad y Acceso: La seguridad es una prioridad en los apartamentos de coliving. Por ello, suelen contar con sistemas de acceso controlado, como tarjetas de identificación o códigos, para garantizar la seguridad de los residentes y de sus pertenencias.
  • Ubicación Estratégica: La vivienda de coliving suele estar estratégicamente ubicada cerca de zonas comerciales, de entretenimiento y de transporte público. Esto facilita la vida de los residentes y les proporciona acceso a servicios y comodidades cercanos.

 

INCONVENIENTES DE LOS COLIVINGS Y NUEVAS FORMAS DE HABITABILIDAD

 

  • Privacidad Limitada: Compartir espacios comunes puede resultar en una reducción de la privacidad individual. Para algunas personas, esto puede ser un inconveniente significativo, especialmente aquellos que valoran la tranquilidad y el tiempo a solas.
  • Conflictos de Convivencia: La convivencia con personas de diferentes hábitos y estilos de vida puede dar lugar a conflictos y tensiones. Las diferencias en la limpieza, el ruido y otras preferencias personales pueden generar fricciones entre los residentes.
  • Dependencia de la Comunidad: Para quienes prefieren un estilo de vida más independiente, la dependencia de la comunidad en los colivings puede ser un desafío. La necesidad de compromiso y participación en actividades comunitarias puede no ser adecuada para todos.
  • Regulaciones y Seguridad: En algunos lugares, la regulación de los colivings puede ser ambigua o inexistente, lo que puede plantear problemas legales o de seguridad para los residentes.
  • Limitaciones Espaciales: Aunque los colivings suelen ofrecer espacios compartidos bien equipados, el espacio privado en las habitaciones individuales puede ser limitado en términos de tamaño y comodidades.

NUEVAS FORMAS DE HABITUALIDAD

 

Con el avance de los nuevos tiempos, también se han intentado buscar nuevas formas de convivir y nuevas formas de habitualidad para ahorrar dinero y espacio. En España, al igual que en otros lugares del mundo, están surgiendo nuevas formas de habitualidad que reflejan cambios en los estilos de vida, las necesidades y las preferencias de la población. Algunas de estas formas emergentes de habitabilidad incluyen:

  • Microapartamentos y Espacios Compactos: Con el aumento de la población urbana y los precios de la vivienda en las ciudades, los microapartamentos y espacios compactos están ganando popularidad. Estas unidades ofrecen soluciones habitacionales eficientes y funcionales, optimizando el uso del espacio y a menudo están ubicadas en áreas urbanas convenientes.
  • Viviendas Colaborativas: Al igual que los colivings, las viviendas colaborativas se centran en compartir espacios y recursos con otros residentes. Sin embargo, a diferencia de los colivings tradicionales, las viviendas colaborativas pueden incluir hogares compartidos entre amigos, familias o comunidades intencionales que comparten valores y objetivos similares.
  • Rehabilitación de Espacios Urbanos: La revitalización de áreas urbanas degradadas o infrautilizadas está impulsando la creación de nuevos proyectos residenciales. Estas iniciativas pueden incluir la rehabilitación de edificios históricos, la conversión de antiguas fábricas o almacenes en lofts residenciales, y la transformación de espacios industriales en comunidades habitacionales modernas y sostenibles.
  • Viviendas Modulares y Prefabricadas: La construcción modular y prefabricada está siendo cada vez más utilizada para crear viviendas rápidas, eficientes y personalizadas. Estas viviendas pueden ser una solución rentable para satisfacer la demanda de vivienda en áreas urbanas y rurales, ofreciendo diseños modernos y flexibles que se adaptan a las necesidades de los residentes.
  • Cohousing: El cohousing es una forma de habitabilidad comunitaria en la que los residentes colaboran en el diseño y la gestión de su comunidad. Cada hogar es privado, pero los residentes comparten áreas comunes, como jardines, cocinas y salas de estar. Esta opción promueve la interacción social, la sostenibilidad y el sentido de comunidad.

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PROBLEMAS QUE SURGEN CON LAS NUEVAS FORMAS DE HABITUALIDAD.

La implantación de nuevas formas de habitualidad en España puede traer consigo una serie de desafíos en términos de convivencia y para el país en su conjunto. Algunos de estos problemas incluyen:

 

PROBLEMAS DE CONVIVENCIA:

Conflictos entre Residentes:

En entornos de convivencia compartida, como los colivings o viviendas colaborativas, pueden surgir conflictos entre los residentes debido a diferencias en hábitos de vida, limpieza, ruido, uso de espacios comunes, entre otros. La falta de comunicación y normas claras de convivencia puede exacerbar estos conflictos.

Privacidad Reducida:

La convivencia en espacios compartidos puede resultar en una reducción de la privacidad individual, lo que puede generar tensiones y malestar entre los residentes que valoran la tranquilidad y el tiempo a solas.

Gestión Comunitaria:

La gestión y organización de comunidades habitacionales compartidas puede ser compleja y requerir un esfuerzo adicional por parte de los residentes y los administradores. La falta de una estructura de gobierno clara y eficiente puede dificultar la resolución de problemas y la toma de decisiones.

 

 

PROBLEMAS LEGALES PARA REGULAR LAS NUEVAS FORMAS DE HABITUALIDAD.

Con la implantación de nuevas formas de habitualidad en España, surgen una serie de problemas legales y regulatorios que requieren atención y soluciones adecuadas. Algunos de los problemas legales que pueden surgir incluyen:

Regulación de Uso del Suelo

La utilización de espacios urbanos para nuevas formas de habitualidad, como los colivings o viviendas colaborativas, puede encontrarse con regulaciones de uso del suelo que no se adaptan a estas nuevas modalidades. La adaptación de las normativas existentes o la creación de nuevas regulaciones puede ser necesaria para regularizar estas prácticas.

Normativas de Seguridad y Salubridad:

Las nuevas formas de habitualidad deben cumplir con normativas de seguridad y salubridad, asegurando que los espacios habitacionales sean seguros y saludables para los residentes. Esto puede incluir requisitos de acceso a servicios básicos, como agua potable y saneamiento, así como medidas de seguridad contra incendios y otras emergencias.

Derechos de los Inquilinos:

En el caso de colivings y viviendas compartidas, es importante definir claramente los derechos y responsabilidades de los residentes, especialmente en términos de arrendamiento, depósitos de seguridad y términos contractuales. La falta de regulación clara puede conducir a conflictos entre propietarios e inquilinos.

Protección del Consumidor:

En el caso de viviendas prefabricadas o modulares, es importante garantizar que los consumidores estén protegidos contra prácticas comerciales desleales, defectos de fabricación y otros problemas relacionados con la calidad del producto y el servicio.

Impacto Ambiental:

La construcción y operación de nuevas formas de habitualidad pueden tener un impacto en el medio ambiente, como la pérdida de hábitats naturales, el aumento del tráfico y la generación de residuos. Es importante evaluar y mitigar estos impactos mediante la aplicación de normativas ambientales y la promoción de prácticas sostenibles.

En resumen, la implantación de nuevas formas de habitualidad en España plantea una serie de desafíos legales y regulatorios que deben abordarse para garantizar su adecuada implementación y funcionamiento. La colaboración entre las autoridades, los desarrolladores, los propietarios y los residentes es fundamental para encontrar soluciones equitativas y sostenibles a estos problemas.

 

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Abogados expertos en coliving Madrid. LETRADOX

LETRADOX Abogados nuevamente en la Prensa nacional

LETRADOX Abogados nuevamente en la prensa nacional 

 

El destacado periódico digital «El Cierre Digital» se hace eco de la nueva sede de LETRADOX Abogados.

En el reportaje se incluye una entrevista a la letrada Mercedes de Parada Rodríguez, abogada, socia directora y fundadora de la Firma así como algunas fotografías del nuevo despacho.

La noticia completa la pueden leer en este enlace:

https://elcierredigital.com/realidad-autonomica/234231123/letradox-abogados-estrena-sede-bufete-anade-clasicismo-innovacion-nuevo-despacho.html

Abogado para defensa por accidente de trabajo. LETRADOX

Abogado para defensa por accidente de trabajo. LETRADOX

 

¿Ha sufrido un accidente de trabajo?

En LETRADOX Abogados podemos ayudarle como venimos haciendo con cientos de clientes que han cobrado elevadas indemnizaciones y se ha hecho justicia. Contáctenos sin compromiso.

 

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En este artículo repasamos algunas de las características de los accidentes de trabajo. Si usted ha sufrido un accidente en su puesto de trabajo o yendo al trabajo, contáctenos y le obtendremos lo que le corresponde por ley. Nuestro prestigio y casos de éxito nos avalan.

 

ACCIDENTE DE TRABAJO.

El artículo 156 LGSS regula todo acerca del accidente de trabajo regulando lo que se considera o no accidente de trabajo y aportando además una breve definición: 1. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

 

REQUISITOS PARA APRECIAR ACCIDENTE DE TRABAJO.

  1. CONCURRENCIA DE LESIÓN CORPORAL: siendo esta todo daño o perjuicio corporal generado por heridas, traumatismos o enfermedades, asimilándose a este concepto las secuelas o enfermedades tanto psíquicas como psicológicas.
  2. EL TRABAJO SE HABRÁ PRESTADO POR CUENTA AJENA.
  3. RELACIÓN DE CAUSALIDAD TRABAJO – LESIÓN: en tanto que la lesión trae causa en el trabajo prestado por cuenta ajena y el desarrollo del mismo. La jurisprudencia (STS de 27 de febrero de 2008, RCUD nº 2716/2006), precisa:
  • Interpretación estricta (“por consecuencia”): causa por la cual se produce el accidente.
  • Interpretación amplia (“con ocasión”): no se exige que el trabajo sea la causa determinante del accidente, sino que es suficiente la existencia de una causalidad indirecta. Se trata de una condición sin la cual el accidente no se habría producido.

 

PRESUNCIONES DE ACCIDENTE DE TRABAJO.

  1. IURIS TANTUM (Art. 156.3 LGSS): salvo prueba en contrario, se presume que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
  • Se invierte la carga de la prueba: la mutua y/o la empresa demostrarán que la lesión no trae causa en la ejecución del trabajo.
  • Sentencia del Tribunal Supremo nº 325/2018 (RCUD nº 2942/2016), de 20 de marzo: lesión cardiovascular. Aplicación de la presunción de laboralidad. El TS considera accidente de trabajo una lesión cardiovascular con síntomas que aparecieron cuando se encuentra en pleno desarrollo de su trabajo, pero que se agravaron mientras practicaba deporte en el gimnasio de la empresa. La presunción de laboralidad no se excluye porque se haya acreditado que el trabajador padeciera la enfermedad con anterioridad o porque se hubieran presentado síntomas antes de iniciarse el trabajo, lo que se valora es la acción del trabajo como causa de la lesión cardiaca.
  1. IURIS ET DE IURE (Art. 217.2 LGSS): no admite prueba en contrario. se reputarán de derecho muertos a consecuencia de accidente de trabajo o de enfermedad profesional quienes tengan reconocida por tales contingencias una incapacidad permanente absoluta o la condición de gran inválido.
  • Si no se da este supuesto, debe probarse que la muerte se debe al accidente de trabajo.
  • Para lo anterior, la prueba se admitirá únicamente si el fallecimiento ha ocurrido dentro de los 5 años siguientes al momento en que ocurrió el accidente.
  • Si el fallecimiento obedeció a enfermedad profesional, no hay plazo.

SUPUESTOS DE ACCIDENTE DE TRABAJO.

  1. ACCIDENTE IN ITINERE (Art. 156.2 a) LGSS): al ir o al volver del lugar de trabajo. Trae causa en lesiones súbitas y violentas producidas por agentes externos.

REQUISITOS PARA SU CONCURRENCIA:

  • Teleológico: siendo lo esencial el ir al lugar de trabajo o volver del lugar del trabajo.
  • Cronológico: el accidente ocurre en un tiempo razonablemente inmediato o próximo al inicio o finalización de la prestación de servicios.
  • Topográfico o geográfico: trayecto adecuado normal, usual o habitualmente utilizado.
  • Modal/ mecánico: medio de transporte utilizado racional y adecuado.
  1. Sufridos con ocasión o como consecuencia del DESEMPEÑO DE CARGOS ELECTIVOS DE CARÁCTER SINDICAL (Art. 156.2 b) LGSS).
  2. Ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas distintas a las de su grupo profesional ejecutadas en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa (Art. 156.2 c) LGSS).
  3. ACTOS DE SALVAMENTO y de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo (Art. 156.2 d) LGSS).
  4. ENFERMEDADES, no incluidas en Art. 157 (enfermedad profesional), CONTRAÍDAS CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo (Art. 156.2 e) LGSS).
  5. Enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad, que SE AGRAVEN COMO CONSECUENCIA DE LA LESIÓN CONSTITUTIVA DEL ACCIDENTE (Art. 156.2 f) LGSS).
  6. ENFERMEDADES INTERCURRENTES (Art. 156.2 g) LGSS). Complicaciones derivadas de una intervención que empeoraron la pérdida de visión de un ojo producida tiempo atrás por un accidente de trabajo [Sentencia del TSJ de Extremadura nº 324/2009 (RSU nº 4/2009), de 26 de junio].

Abogado para defensa por accidente de trabajo. LETRADOX

EXCLUSIONES DE ACCIDENTE DE TRABAJO.

RUPTURA DEL NEXO TRABAJO – LESIÓN.

FUERZA MAYOR: aquellos accidentes que traen causa en una fuerza extraña al trabajo y que no guarda relación alguna con el que se realiza en el momento de sobrevenir el accidente.

EXCEPCIÓN: no constituyen supuestos de fuerza mayor.

 

¿Ha sufrido un accidente de trabajo?

En LETRADOX Abogados podemos ayudarle como venimos haciendo con cientos de clientes que han cobrado elevadas indemnizaciones y se ha hecho justicia. Contáctenos sin compromiso.

 

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Abogado para defensa por accidente de trabajo. LETRADOX

Indemnización por ciberataque a Banco. LETRADOX Abogados

Indemnización por ciberataque a Banco. LETRADOX Abogados

 

¿Tu banco ha sufrido un ciberataque y han robado tus datos personales?

 Reclama la indemnización al banco y realiza a través de nuestro despacho los trámites necesarios para impedir que te roben el dinero.

Cada día son más frecuentes los ciberataques a entidades bancarias con el fin de robar información de datos personales a los clientes.

Recientemente el banco Santander se ha visto afectado por uno de estos ciberataques y han sido víctimas de ello numerosos clientes en España.

CIBERATAQUES

¿Ha sido una de las víctimas de estos ciberataques a bancos? Si el banco le ha informado de que sus datos personales han sido robados tiene que realizar una serie de actuaciones dado que es probable que le roben el dinero en cuentas y que sea victima de fraudes.

En muchos casos los clientes, no hacen lo debido y días o semanas después del ciberataque son estafados sin apenas darse cuenta. Para evitar esto, conozca qué debe hacer poniéndose en manos de profesionales ya asesorándose sobre todos los pasos a dar para evitar tener problemas financieros graves.

En LETRADOX® Abogados llevamos años asesorando con éxito a empresas y particulares de toda España para que protejan su patrimonio y para recuperar el dinero estafado o robado por ciberataques.

Consúltenos y le informaremos cómo proceder de inmediato.

 

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Abogada experta vivienda

Abogados expertos en casas modulares. LETRADOX

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Abogados expertos en casas modulares y problemas jurídicos con la vivienda.

 

La experiencia de LETRADOX Abogados en materia de vivienda sea probablemente de las más amplias y destacadas de los bufetes de España.

A continuación te adjuntaremos algunas de las intervenciones de los letrados de LETRADOX en medios de comunicación y en ponencias impartidas en los últimos años.

Si tienes problemas con tu vivienda modular o vivienda por módulos, te asesoraremos en LETRADOX como venimos haciendo con miles de clientes en toda España en los más de 11 años de experiencia.

 

– Ponencia sobre Inmobiliario y Proptech con METROVACESA y la multinacional Adevinta

https://www.letradox.com/sin-categoria/letradox-metrovacesa-y-adevinta-el-futuro-y-las-inmobiliarias/

– Artículos en Idealista:

https://www.idealista.com/news/finanzas/hipotecas/2019/06/24/776381-como-saber-si-tienes-irph-en-tu-hipoteca-y-como-te-afectara-la-proxima-sentencia-del

– Intervención en el Telediario de TVE – 1ª

https://www.youtube.com/watch?v=_CfP_B3z5R8

– 2ª Intervención Telediario TVE

https://www.youtube.com/watch?v=x8Rs1QHnRqQ

– Cursos y artículos en FOTOCASA.

Podcast. Top 5 de los más escuchados de España sobre Derecho Inmobiliario:

https://blogprofesional.fotocasa.es/el-podcast-de-fotocasa-pro-academy-claves-juridicas-del-mercado-inmobiliario/

Curso sobre preguntas y respuestas en Derecho Inmobiliario para Fotocasa:

https://cursosonline.fotocasa.es/cursos/webinar-en-directo–-30-06-20—10h—live–preguntas-y-respuestas-sobre-derecho-inmobiliario-45?edicion=45&tab=info

https://www.letradox.com/sin-categoria/webinar-de-fotocasa-con-mercedes-de-parada-letradox/

Curso sobre Ley blanqueo de capitales en inmobiliarias para Fotocasa:

https://blogprofesional.fotocasa.es/como-afecta-ley-blanqueo-capitales-agencia-inmobiliaria/

Los 10 consejos legales imprescindibles en protección de datos en inmobiliarias:

https://pro.fotocasa.es/landing-webinar-141021/?fbclid=IwAR22-115r1QhEM0gqSvu_jrcgsfgHlKguC85Lb6vhOCDZgy4NLPCbKVmkrY

Curso sobre aspectos legales del sector Inmobiliario:

https://www.letradox.com/sin-categoria/aspectos-legales-del-sector-inmobiliario-letradox-abogados/

Profesora de formación para profesionales del sector hipotecario e inmobiliario:

https://www.letradox.com/formacion/

Ponencia sobre Derecho hipotecario en el Colegio de Abogados de Madrid:

https://www.instagram.com/p/BiAjZz8j_e1/?utm_medium=copy_link

Ponencia Protección de Datos en Pymes en Colegio de Abogados de Madrid:https://www.instagram.com/p/Bot-Ea8jOEX/?utm_medium=copy_link

Ponencias en diversas Universidades:

https://www.letradox.com/formacion/

Experiencia en numerosos juicios inmobiliarios e hipotecarios destacados.

 

Llámanos para ayudarte con tu caso:

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Abogados expertos Industria Armamento. LETRADOX

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Abogados expertos en Defensa, Armamento e Industria Armamentística

 

En LETRADOX Abogados ayudamos a particulares, empresas y Estados en todo lo relativo al asesoramiento en relación a las armas.

 

  1. LEGISLACIÓN BÁSICA

 

Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana

Ley Orgánica del Código Penal (parcial)

  1. ARMAS

 

Reglamento de Armas

Medidas de seguridad en las armerías

Modificación y ampliación de las normas sobre expedición de esposas y grilletes

Circulación, venta y tenencia de juguetes que puedan ser confundidos con armas de fuego

Concesión de licencias de armas a miembros de los Cuerpos de Policía Autónoma y Local

Control de la fabricación y comercialización de armas, municiones y artefactos

Licencia de armas correspondiente a miembros de Policía Autónoma y de Entidades Locales

Emisión de informes de aptitud necesarios para obtener licencias, permisos y tarjetas de armas

Declaración de transferencias de armas de fuego por armeros autorizados

Modelos de licencias, autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia para documentar armas

Régimen aplicable a los «sprays» de defensa personal de venta permitida en armerías

Forma de etiquetado de los paquetes conteniendo armas para su transporte

Utilización por parte de armeros de procedimientos informáticos para llevar los libros-registros

Características del soporte y diseño del registro para informatización de los libros-registro

Armas de fuego a utilizar por Guardas particulares del Campo en funciones de vigilancia

Régimen aplicable al lanzador de ayudas

Pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas

Regulación de las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas

Ámbito de aplicación sobre pruebas de capacitación para obtener licencias de armas

Régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes

Régimen aplicable a artefactos denominados lanzadores de objetos para adiestramiento de perros

Normalización de impresos de solicitud de licencias de armas de fuego y otras autorizaciones

Modelo de guía de pertenencia de las armas de la Guardia Civil, policías y Vigilancia Aduanera

Seguridad de los juguetes (parcial)

Régimen aplicable a armas utilizables en actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball

Desarrollo del régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas

Medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas

Pruebas capacitación obtención autorización especial uso de réplicas armas fuego antiguas

Desarrollo del régimen aplicable a las pistolas y los revólveres detonadores

Autoridades para la expedición de guías de pertenencia de armas de fuego

Armas que, amparadas con licencia de armas «F», son consideradas de concurso

Medidas de seguridad para almacenamiento de armas de fuego durante el transporte

Medidas de seguridad mínimas de cajas fuertes o armeros para guardar armas en domicilios

III. EXPLOSIVOS

 

Reglamento de Explosivos

Ley sobre precursores de explosivos

Intervención administrativa del Estado sobre el nitrato amónico de «grado explosivo»

Detonabilidad de los productos a base de nitrato amónico de alto contenido en nitrógeno

Criterio Técnico sobre condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los polvorines

Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus ITC MIE APQ 0 a 10

Modelos de solicitud y licencia para adquirir precursores de explosivos restringidos

  1. PIROTECNIA Y CARTUCHERÍA

 

Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería

  1. SEGURIDAD PRIVADA

 

Ley de Seguridad Privada

Reglamento de Seguridad Privada

Instrucciones para la realización de ejercicios de tiro del personal de seguridad privada

Armas de fuego a utilizar por Guardas particulares del Campo en funciones de vigilancia

Modelos oficiales de los Libros-Registro

Acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas

Modelos de informes de aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas

Modificación de determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada y de Armas

Empresas de seguridad privada

Comisiones Mixtas de Coordinación de la Seguridad Privada

Funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada

Medidas de seguridad privada

Personal de seguridad privada

Normas de formación de vigilantes de seguridad privada encargados de seguridad en buques

Reconocimiento de cualificaciones profesionales para el ejercicio de profesiones de seguridad

  1. MATERIAL DE DEFENSA, DOBLE USO Y FUERZAS ARMADAS

 

Ley sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso

Reglamento de control comercio exterior de material de defensa y tecnologías de doble uso

Restricciones a la circulación de ciertos bienes y mercancías

Ley de creación de Bancos de prueba de armas portátiles de fuego y sus municiones

Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portatiles y sus Municiones

Instrucciones de aplicar el Reglamento de Armas a miembros de fuerza de la OTAN en España

Creación del Subregistro de Fábricas de Armas de Guerra

Delegación competencia para las autorizaciones del artículo 117 del Reglamento de Armas

VII. OTRAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

 

Composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos

Delegación de determinadas atribuciones y delegaciones efectuadas por otras autoridades.

 

 

 

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