visión jurídica de la huelga de taxi frente a VTC.
Abordamos la visión jurídica de la huelga de taxi frente a VTC.
Es plena actualidad y, seguro que nos ha afectado, la huelga indefinida declarada por el sector del taxi.
¿Cuáles son las claves de esta huelga?. Todo comienza en 2014 cuando llega el servicio de VTC a España. Este era ya prestado en otros países de la Unión Europea y se instaló en España de manera no poco controvertida. Enfocado legalmente como un servicio de intermediación ha hecho que los taxistas vean peligrar su posición.
Si bien es cierto que no se ha cumplido enteramente la normativa, se están intentando acuerdos.
Una de las medidas que debían llevarse a cabo es la limitación de un VTC por cada 30 Taxis. El ayuntamiento de Madrid ha llegado a pronunciarse sobre ello. Afirmó que efectivamente no se había implantado aún correctamente esta medida. Es decir, el número de VTC es superior al establecido por decreto. Actualmente la proporción es de un UBER o CABIFY por cada 7 taxistas.
Legalmente, al ser autónomos los taxis realmente estarían llevando a cabo un cierre patronal. Aunque sí se denomina huelga si, como se da en el sector, hay taxistas asalariados del dueño de la licencia. Por tanto, la paralización tiene una naturaleza híbrida. Aunque el objetivo sea el mismo. Esta situación pone en riesgo el derecho fundamental de libre circulación. Por ello podría entenderse que se trata de una huelga en un servicio esencial para la comunidad. Además se trata de un servicio público dado que las licencias son una concesión administrativa regulada. Aunque el servicio esencial no siempre es público aquí confluyen las denominaciones. Como en toda huelga en servicio esencial es mandatorio el establecimiento de servicios mínimos. ¿Están correctamente cubiertos? Deberemos tener en cuenta que el servicio mínimo no responde a un funcionamiento pleno.
La disputa es principalmente por el modelo empresarial de cada plataforma. Entendiendo por parte de los taxis que los VTC tienen mayores privilegios para un servicio casi homólogo. Los taxistas entienden que la liberación de su servicio público como solución solo puede ser perjudicial. La normativa del taxi responde al convenio colectivo nacional para el sector de auto taxis. Los VTC en cambio se rigen por el convenio colectivo de alquiler de vehículos con y sin conductor.
El problema para el ciudadano es la manera de llevar a cabo la huelga. ¿Se están poniendo en riesgo otros derechos fundamentales por ejercer el de huelga?. ¿Debe prevalecer el derecho de huelga al del resto de ciudadanos?. ¿Se está apostando por la defensa de un modelo ya arraigado o por innovarlo?. No hay que olvidar tampoco que la regulación de este sector se cedió a las autonomías. ¿Debería este sector regularse de manera estatal por su repercusión nacional?. ¿Es suficiente solución establecer períodos más largo de preconftratación del VTC?.
Son muchísimas las preguntas que abre la actualidad. Lo que sí se puede decir es que no debería ponerse en riesgo excesivo derechos fundamentales. Y Que las actuaciones no deberían ser extremas por ninguno de los bandos.
Preocupados por la actualidad y su enfoque legal, Letradox Abogados responderá a muchas de estas preguntas. Al fin y al cabo es cuestión de derechos y nosotros estamos al servicio del derecho. Abarcamos todas las visiones, desde Taxistas o VTCs hasta la repercusión como ciudadano.