La Sentencia del Tribunal Supremo (2 de julio 2019) y los autónomos
La Sentencia que ha conseguido exonerar todas las deudas de los autónomos.
Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2019.
Desde el año 2015, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), lleva reclamando que el deudor pueda abonar de forma fraccionada las deudas (intereses y sanciones) contraídas con la Administración.
De hecho, cabe resaltar que el origen de todo ello, fue una sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (2015) en la cual una persona se había acogido a la Ley de Segunda Oportunidad.
Asimismo, este Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, tiene como fin el de amparar y permitir a toda persona física una nueva posibilidad.
De la misma forma, esta oportunidad está orientada a abrir nuevos horizontes pese haber fracasado económicamente en el ámbito tanto empresarial como personal.
De esta manera, por medio de esta Ley de Segunda Oportunidad, se quiere dar la posibilidad a la persona de poder arriesgarse a nuevas oportunidades e iniciativas sin tener que tener de por vida una deuda pública a satisfacer que resulta imposible.
Es por ello, que como recuerda ATA y el fallo de dicha sentencia, los tribunales pueden llegar a exonerar hasta un 70% de las deudas. Por consiguiente, dicho pasivo que se ha contraído con la Administración (tanto con Hacienda como con la Seguridad Social) y cómo se fraccionan los pagos.
Además, se ha establecido también en el fallo, que los Juzgados de lo Mercantil, sí van a poder actuar en lo relativo a las deudas públicas que hayan generado y contraído los autónomos.
Cuando nos referimos a los mecanismos de segunda oportunidad, tenemos que considerarlos como desincentivadores de la economía sumergida. En este sentido, se trata de mecanismos favorecedores de una cultura empresarial que siempre redundará en beneficio del empleo.
En definitiva, los poderes públicos no deberán nunca dejar de ofrecer mejoras y soluciones a todos los ciudadanos siendo el fin el de satisfacer el bien común, la seguridad jurídica y por supuesto, la justicia.
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